13 febrero 2008

Se facilitará el acceso a la jubilación

Los trabajadores independientes, a los 60 años, podrán beneficiarse con una renta de jubilación equivalente a un salario mínimo (Bs 567, a la fecha). El único requisito es que aporten Bs 80 mensuales durante 15 años (180 cotizaciones).

Con las modificaciones realizadas por el Gobierno a la Ley de Pensiones, los trabajadores independientes de bajos ingresos, al cumplir 60 años, podrán jubilarse con una renta equivalente al salario mínimo (Bs 567, a la fecha) tan sólo aportando de forma voluntaria Bs 80 mensuales durante 15 años, informó el ministro del sector, José Luis Pérez.
La autoridad explicó que esta figura es parte de la “pensión mínima” establecida en el Decreto Supremo 29423, del 16 de enero, que reglamenta la Ley 3785.

Este tipo de pensión mínima está vinculado especialmente a los trabajadores independientes, quienes no tienen una relación obrero-patronal, como choferes, campesinos, artesanos, comerciantes, minoristas, albañiles, empleadas domésticas, entre otros sectores que hacen la mayor parte de nuestra población, indicó el Viceministro.

El funcionario aclaró que el aporte voluntario de Bs 80 a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) corresponde al 14% del aporte sobre un salario mínimo nacional de Bs 567. Esto quiere decir 10% para la cuenta individual, 1,71% para el riesgo común, 1,71% para el riesgo laboral y el 0,05% de comisión.

Los trabajadores independientes, al iniciar estos aportes mínimos, tienen la ventaja de obtener la cobertura para los riesgos común y profesional, lo que significa que en caso de accidentes ya pueden recibir una renta de invalidez y si fallecen, dejar una pensión vitalicia para la viuda.

“Por ejemplo, un chofer de 45 años de edad que no hizo ningún aporte al sistema de pensiones puede tener una pensión mínima si aporta los Bs 80 mensuales durante 15 años. En este tiempo cumplirá 60 años y ya tendrá los requisitos para poder jubilarse con la pensión mínima. Y si vive un periodo similar al tiempo que aportó, a los 75 años habrá recibido mensualidades de Bs 567 durante 15 años, existiendo una relación de ocho a uno”, explicó.

En las modificaciones, el Ejecutivo bajó la edad de jubilación a 60 años, además estableció que los trabajadores dependientes puedan jubilarse con el monto que hayan aportado o recibir una pensión mínima si sus aportes no les alcanzan. Al respecto, la AFP Previsión señala que una menor edad para jubilarse y menos aportes significan menos capital y una pensión de menor cuantía.

Glosario

JUBILACIÓN • Haber pasivo (sueldo) que recibe mensualmente la persona jubilada.

RENDIMIENTO • Es la rentabilidad o ganancia generada por ahorro o inversión.

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