23 agosto 2012

Banca y casas de cambio deben cobrar máximo Bs 6,97 por dólar


El martes, La Razón informó que el proyecto de Ley de Modificaciones al Presupuesto General del Estado (PGE) 2012 prevé aplicar a partir de este año una nueva carga tributaria a las entidades bancarias, no bancarias y casas de cambio por la venta de dólares.

El Impuesto a la Venta de Moneda Extranjera (IVME) regirá por 36 meses (tres años) y las entidades financieras así como las casas de cambio pagarán un impuesto del 0,70% por cada operación gravada. Por ejemplo, si un cliente compra $us 100, las entidades cancelarán un tributo de $us 0,70.

El ministro de Economía, Luis Arce, aseguró ayer en conferencia de prensa que “quien paga el impuesto no es el público (sean personas naturales o jurídicas)”, sino “las entidades bancarias, no bancarias y las casas de cambio”.

El martes, el presidente de la Asociación de Casas de Cambio de La Paz, Ernesto del Barco, advirtió que el costo del nuevo tributo por la venta de dólares será trasladado a los usuarios. Al respecto, el ministro Arce afirmó que “no existe posibilidad” de que el nuevo impuesto se cargue a los usuarios, porque “desde hace muchos años” el Banco Central de Bolivia (BCB), que está excluido de la medida, regula la compra y venta de dólares.

Recordó que hay una disposición vigente que establece límites a las entidades financieras y a las casas de cambio en la compra y venta de la moneda extranjera a un centavo de boliviano por encima y otro por debajo del precio oficial de la divisa (ver infografía).

“Lo máximo que uno puede pagar aún en vigencia de la propuesta (para la aplicación) de este tributo que presentamos a la Asamblea Legislativa es de Bs 6,97” por cada dólar, dijo Arce.

Por tal motivo, el ministro señaló que la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (Asfi) y el BCB “van a ser sumamente estrictos en controlar en que estas operaciones de compra y venta de dólares, que estamos especificando en este impuesto, guarden relación a lo que está establecido en el proyecto de ley”.

Utilidades. Arce explicó que la aplicación del nuevo tributo tiene el propósito de profundizar la política de bolivianización, que impulsa el Gobierno desde 2006, y redistribuir los ingresos de la banca. “Con esto se encarece al sistema financiero y no a las personas”.

“Nuevamente aquí no es un tema de recaudación de impuestos, es un tema de redistribución del ingreso, porque acabo de mostrarles (dijo a los periodistas) las ganancias que obtuvieron las entidades bancarias. (...) Va a ser dañada la utilidad, la rentabilidad de los bancos, no del público, el público no va a tener ningún efecto con esta medida”, afirmó.

En ese marco, Arce detalló que en 2011 las utilidades del sistema bancario por la compra y venta de dólares alcanzaron los Bs 575,3 millones (unos $us 83 millones). Sostuvo que con la aplicación de la medida, el Tesoro General de la Nación (TGN) participará tan sólo de una “partecita” de un “negocio tan lucrativo” por la compra y venta de divisas. Arce estimó que el Estado prevé obtener con la aplicación de este nuevo impuesto $us 20 millones.

El miércoles, la Asociación de Entidades Financieras Especializadas en Microfinanzas (Asofin) pidió una reunión al Ejecutivo para que explique los alcances de la norma. Arce dijo que están dispuestos a aclarar el tema.

Arce justifica ampliación en prescripción de deudas

El ministro de Economía y Finanzas Públicas, Luis Arce, justificó ayer la ampliación del plazo para la prescripción de las deudas tributarias debido a que “hay empresas” que defraudaron al fisco durante más de 15 años. “Con las fiscalizaciones que hemos hecho” se han detectado empresas que “han estado defraudando al fisco” por años, “no solamente seis o 15 años”, precisó la autoridad.

Con la modificación del Código Tributario, dijo, “esto va a extenderse hasta 10 años” con el objetivo de “cobrarles los impuestos que han defraudado al fisco las empresas privadas”. El Ejecutivo aplicará desde 2013 el aumento progresivo de los años para la prescripción de las deudas impositivas y, a partir de 2018, la prescripción del adeudo será de 10 años.

Así lo establece la Disposición Adicional Sexta del proyecto de Ley de Modificaciones al Presupuesto General del Estado (PGE 2012), que modifica el artículo 59 del Código Tributario Boliviano, aprobado en agosto de 2003.

‘Las ganancias extraordinarias’ serán gravadas

El ministro de Economía y Finanzas Públicas, Luis Arce Catacora, no descartó ayer la aplicación de nuevas cargas tributarias a aquellos sectores que obtengan “ganancias extraordinarias”. Consultado sobre si el Gobierno prevé aplicar otros impuestos al sector financiero y otros sectores, Arce indicó que “eso siempre va a estar en función de la evolución que vemos en la economía y por supuesto con esta línea que el Gobierno tiene de redistribuir el ingreso, allá donde observemos ganancias extraordinarias y que no estén suficientemente socializándose con la gente. El Estado, en nuestro nuevo modelo económico social, comunitario y productivo, va a intervenir para corregir estas distorsiones”.

Estas declaraciones las hizo el ministro tras explicar los alcances del proyecto de Ley de Modificaciones al Presupuesto General del Estado (PGE) 2012 que crea el Impuesto a la Venta de Moneda Extranjera (IVME) que gravará los ingresos obtenidos por entidades bancarias, no bancarias y casas de cambio por la venta de dólares.

En julio, la entonces viceministra de Política Tributaria, Gabriela Mendoza, afirmó en una entrevista con este medio que se verificó que en los últimos años los ingresos del sistema financiero tuvieron un crecimiento “importante”, pero que no se comparan con el nivel de sus aportes al fisco. Por ello, a partir de este año, se aplicará a las entidades financieras una alícuota adicional del 12,5% sobre sus utilidades obtenidas.

“En el análisis nos llamó la atención los ingresos del sistema financiero debido a que la recaudación que obtenía el Estado de este sector no era sustancial respecto a los ingresos que percibe”.


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