15 febrero 2017

SIN no exige Matrícula de Comercio para inscribirse en el padrón


El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) aclara que desde septiembre de 2014 las personas jurídicas, personas naturales o empresas unipersonales no tienen la obligación de presentar la matrícula de comercio o el certificado de actualización de matrícula de comercio en el momento de su inscripción en el Padrón Nacional de Contribuyentes Biométrico Digital.

La administración tributaria hace esta aclaración porque el lunes (13 de febrero) un dirigente cívico de Cochabamba declaró a un medio radial que el SIN pedía esta documentación a personas naturales o empresas unipersonales que se registraran en Fundempresa para inscribirse en el Padrón Nacional de Contribuyentes Biométrico Digital.

El SIN dejó sin efecto la obligación de presentar la matrícula de comercio o el certificado de actualización de matrícula de comercio, mediante la resolución Normativa de directorio (RND) Nº 10-0026-14, 'Modificación de Requisitos para el Registro en el Padrón Biométrico (PBD-11)', del 19 de septiembre de 2014, que modifica la RND Nº 10-0009-11 y la RND Nº 10-0018-12, de 6 de julio de 2012, informó la institución.

En este sentido, las personas jurídicas y personas naturales o empresas unipersonales no deben presentar en el SIN la matrícula de comercio o certificado de actualización de matrícula de comercio, extendido por Fundempresa, encargada del registro de comercio en el país.

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