El decreto 822 puso en vigencia el reglamento de desarrollo parcial a la Ley 065 de Pensiones en materia de prestaciones de vejez, prestaciones solidarias de vejez, prestaciones por riesgos, pensiones por muerte derivadas de éstas y otros beneficios. En la misma se establece el cálculo del referente salarial de vejez o referente salarial solidario.
Decreto modificatorio
El representante de la Confederación de Maestros Urbanos de Bolivia ante la COB, Jorge Valdivieso, dijo, por su lado, que una vez que el Ejecutivo apruebe el decreto modificatorio que fue acordado entre ambas partes, se pondrá en vigencia de forma inmediata.
“Hemos terminado la revisión de los artículos del decreto (822) que estaban observados, que eran 18 y que ahora están aprobados. Estamos esperando la promulgación del decreto supremo”, afirmó el dirigente / ANF
No hay comentarios:
Publicar un comentario