Con la norma se conseguirá la conclusión de los procesos de liquidación de las mencionadas entidades financieras que quebraron en la década de los años 80 y 90.
Estas entidades deberán transferir, en calidad de pago, a favor del Banco Central de Bolivia (BCB) los activos registrados en sus respectivos balances generales que incluye los saldos de la “cartera castigada y aquellos que no fueron entregados al Tesoro General del Estado”.
El Ministerio de Economía dispondrá auditorías a la tarea de los intendentes liquidadores.
La ASFI (Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero) continuará los procesos penales contra los accionistas, ex directivos y ex ejecutivos de los bancos en liquidación hasta llegar a su ejecución y sentencia.
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