La institución tributaria señaló que todos los sujetos pasivos que operan en el país deben cumplir con el deber fundamental de contribuir al país, de acuerdo a su capacidad económica. Es decir, aquellas actividades económicas como las peluquerías pequeñas, aquellas que funcionan en los barrios, y que realizan un corte de cabello por un precio módico, que generalmente oscila entre 5 y 12 bolivianos, pueden estar inscritas en el Régimen Tributario Simplificado y no están obligadas a emitir notas fiscales.
Sin embargo, aquellas peluquerías grandes, los salones de belleza, los conocidos SPA, lugares donde se ofrecen servicios de corte, lavado, peinado, tintes del cabello, masajes, entre otros, y cuyos costos por servicio son mayores a los señalados deben estar registradas de manera obligatoria en el Régimen General y emitir la correspondiente factura por servicios.
En este sentido, los ejecutivos del SIN manifestaron que la administración tributaria realiza continuamente operativos formativos y también lleva adelante capacitaciones a los interesados, todo con el propósito de que los propietarios y/o administradores de negocios y comercios cumplan sus obligaciones impositivas, como corresponde. Indicaron que la recaudación que se logra beneficiará a toda la población.
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