El SIN puso en vigencia el 1 de diciembre 2015 la resolución que establece, en la parte de anexos, un total de 71 sanciones por incumplimiento de deberes formales para el régimen general, que atañen a personas naturales y jurídicas, empresas unipersonales y sucesiones indivisas.
“Desde nuestro punto de vista no debería haber sanciones, deberíamos tener otro tipo de sanciones o de llamadas de atención, puesto que este tipo de sanciones van en contra del empresario (…). Este tipo de sanciones lo único que hace es estrangular al empresario legalmente establecido”, manifestó a la ANF el presidente del Colegio de Contadores de La Paz, Félix Carreño. /ANF
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