Este plazo rige para todas las empresas que hubiesen cerrado la gestión fiscal del 1 de abril de 2015 al 31 de marzo de 2016, las que deberán presentar su Declaración Jurada a través del formulario 500 v2 (para empresas obligadas a llevar registros contables), señaló el presidente Ejecutivo del SIN, Mario Cazón Morales.
Asimismo, la entidad recordó que los contribuyentes, en cumplimiento de las normas en vigencia, deberán remitir sus Estados Financieros a través de la Oficina Virtual, adjuntando el formulario 605 v5, con lo cual se evitarán multas y sanciones.
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