30 julio 2026

RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO N° 117/2026 - REGLAMENTO DE COMPRA Y VENTA DE DÓLARES ESTADOUNIDENSES

 En el marco de sus atribuciones constitucionales y legales, el Directorio del Banco Central de Bolivia (BCB) ha emitido la Resolución de Directorio N° 117/2026, mediante la cual se aprueba el nuevo Reglamento de Compra y Venta de Dólares Estadounidenses. Esta normativa surge como respuesta a la implementación de un régimen cambiario flexible determinado por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, con el fin de preservar la estabilidad macroeconómica y la competitividad externa del país.

Objetivos estratégicos y estabilidad cambiaria

El nuevo reglamento tiene como propósito fundamental mitigar fluctuaciones no deseadas en el mercado cambiario y facilitar la acumulación de Reservas Internacionales. Es importante destacar que estas operaciones se realizarán sin inducir a un nivel específico del Tipo de Cambio Oficial (TCO), permitiendo una mayor adaptabilidad del sistema financiero.

Modalidades de operación para entidades financieras

La normativa establece que las Entidades de Intermediación Financiera (EIF) que mantengan cuentas corrientes o de encaje en el BCB podrán participar en estas operaciones, ya sea por cuenta propia o para terceros. Se han definido dos modalidades principales para la gestión de divisas:
Compra y Venta Directa: El BCB comunicará diariamente las condiciones (monto y tipo de cambio) a las 8:30 a.m., y las entidades adjudicadas deberán concretar la transferencia de fondos hasta las 3:00 p.m. del mismo día.

Sistema de Subasta Electrónica de Divisas: Un mecanismo transparente que consta de etapas de "orientación" y "magnitud", permitiendo al BCB y a las EIF determinar un precio uniforme de adjudicación basado en la oferta y demanda del mercado.

Compromiso con la transparencia

Para garantizar la eficiencia del sistema, los resultados de cada jornada de adjudicación serán difundidos públicamente a través de la página web institucional del BCB. Asimismo, se ha dispuesto que estas operaciones estarán exentas del cobro de comisiones establecidas en la tabla general del ente emisor, incentivando la participación activa de los actores financieros
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Con la entrada en vigencia de esta resolución a partir de su publicación, el BCB reafirma su rol como única autoridad monetaria y cambiaria, velando por el fortalecimiento de las reservas y el normal funcionamiento de los pagos internacionales
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29 julio 2026

El FMI alcanza un acuerdo a nivel del personal técnico con Bolivia sobre un acuerdo en el marco del Servicio Ampliado del FMI (SAF)

  •      El personal técnico del FMI y las autoridades bolivianas han alcanzado un acuerdo a nivel del personal técnico sobre un nuevo acuerdo en el marco del Servicio Ampliado del FMI (SAF) para respaldar el programa integral de reformas económicas de las autoridades del gobierno boliviano. El acuerdo está sujeto a la aprobación del Directorio Ejecutivo del FMI.
  •     El programa de reformas de las autoridades busca restablecer la estabilidad macroeconómica, reconstruir las reservas internacionales, reducir las vulnerabilidades fiscales y externas, fortalecer las redes de protección social y fomentar un crecimiento sostenible impulsado por el sector privado.
  •     Las autoridades del gobierno boliviano tienen previsto implementar una ambiciosa agenda de reformas estructurales, que incluye medidas para proteger a los hogares más vulnerables, fortalecer la gobernanza y la transparencia, modernizar los marcos monetario y cambiario, y reforzar la resiliencia del sector financiero.


Washington, D.C.: Un equipo técnico del Fondo Monetario Internacional (FMI), encabezado por la Sra. Joana Pereira, sostuvo conversaciones con las autoridades bolivianas en Bolivia y en Washington, D.C., entre mayo y julio de 2026 sobre un posible Servicio Ampliado del FMI (SAF). Al concluir las deliberaciones, la Sra. Pereira emitió la siguiente declaración:

“Las autoridades bolivianas y el personal técnico del FMI han alcanzado un acuerdo a nivel del personal técnico sobre un programa de 36 meses en el marco del Servicio Ampliado del FMI (SAF), por aproximadamente US$1.900 millones, equivalentes a DEG 1.369 millones, o 570 por ciento de la cuota, destinado a respaldar el programa de reformas económicas del gobierno boliviano. El acuerdo está sujeto a la aprobación del Directorio Ejecutivo del FMI y a la implementación de las acciones previas acordadas.

“Se espera que el programa respaldado por el FMI ayude a catalizar financiamiento adicional del Banco Mundial, el Banco Interamericano de Desarrollo y otros socios para el desarrollo, contribuyendo a un paquete de financiamiento más amplio de al menos US$ 5.000 millones durante el período del programa.

“Bolivia ha enfrentado importantes desafíos macroeconómicos en los últimos años, provocados por déficits fiscales persistentes, la disminución de la producción de hidrocarburos, la reducción de las reservas internacionales, una elevada inflación y distorsiones en los mercados cambiarios y de productos. Estos desequilibrios han limitado la actividad económica, incrementado las vulnerabilidades externas y erosionado los ingresos reales.  El nuevo gobierno ha puesto en marcha un plan de reformas para abordar estos desafíos y restablecer la estabilidad macroeconómica. El programa respaldado por el FMI está diseñado para apoyar estos esfuerzos, fortalecer la resiliencia y contribuir a encauzar la economía hacia una trayectoria de crecimiento sostenible y generador de empleo”.

“Los elementos clave del programa de las autoridades del gobierno boliviano incluyen:

“Restablecer la sostenibilidad fiscal. Las reformas fiscales buscarán situar la relación deuda pública/PIB en una firme trayectoria descendente. La mejora necesaria del balance del sector público no financiero se centrará en la racionalización del gasto —mediante una mayor focalización y eficiencia de este, al tiempo que se incrementa la protección social— así como en la movilización de ingresos y el fortalecimiento de las instituciones fiscales para respaldar la planificación, la gestión de las finanzas públicas, la transparencia y la rendición de cuentas.

“Fortalecer las redes de protección social. Se asignarán recursos presupuestarios adicionales al gasto en protección social para garantizar que la consolidación fiscal no recaiga sobre los pobres y los más vulnerables. Los esfuerzos también se centrarán en mejorar la prestación y focalización de los programas sociales, aumentar la eficacia de la red de protección social, reducir la informalidad y generar mejores oportunidades de empleo.

“Modernizar el régimen monetario y cambiario. Las recientes medidas adoptadas por las autoridades del gobierno boliviano para ajustar la política monetaria, fortalecer el marco monetario y avanzar hacia un régimen cambiario más flexible son esenciales para respaldar la estabilidad de precios, eliminar las distorsiones del mercado cambiario y reconstruir las reservas internacionales. Las reformas seguirán apoyando el desarrollo de un sistema cambiario basado en el mercado y fortaleciendo la eficacia de la política monetaria, como primeros pasos hacia la futura adopción de un régimen de metas de inflación. Las autoridades del gobierno boliviano mantienen su compromiso de preservar el financiamiento monetario cero del déficit fiscal y fortalecer la gobernanza y la autonomía operativa del banco central.

“Reforzar la resiliencia del sector financiero. Se adoptarán medidas para fortalecer la supervisión financiera y la preparación y anticipación de posibles crisis. Las reformas se centrarán en alinear los marcos regulatorios y de supervisión de Bolivia con las mejores prácticas internacionales, mejorar los marcos de resolución bancaria y seguro de depósitos, fortalecer el monitoreo de los riesgos bancarios y sistémicos —incluida una mayor coordinación interinstitucional—, profundizar los mercados financieros y reforzar los marcos de lucha contra el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo.

“Mejorar la competitividad, la gobernanza y la productividad. Las autoridades del gobierno boliviano impulsarán reformas integrales para mejorar el clima de negocios, reducir las distorsiones en los mercados de productos y fortalecer las instituciones. Las medidas también buscarán mejorar la eficiencia de la inversión pública y fortalecer los marcos legales para promover la inversión privada, liberando así el potencial de crecimiento de Bolivia. El programa también respaldará las iniciativas dirigidas a fortalecer la rendición de cuentas, mejorar las prácticas de contratación pública y reforzar los marcos de lucha contra la corrupción.

“El equipo del FMI desea agradecer a las autoridades del gobierno boliviano y a los demás interlocutores por las conversaciones constructivas y productivas. Tras la implementación de las acciones previas acordadas, el acuerdo será sometido a la consideración del Directorio Ejecutivo del FMI.”

26 junio 2026

Banco Central aprueba nuevo Reglamento de Operaciones Cambiarias y define mecanismo para el Tipo de Cambio Oficial

La Paz, 26 de junio de 2026.- El Directorio del Banco Central de Bolivia (BCB) aprobó el nuevo Reglamento de Operaciones Cambiarias mediante la Resolución de Directorio N.º 88/2026, estableciendo los procedimientos para la determinación del Tipo de Cambio Oficial (TCO) en el marco del nuevo régimen cambiario flexible dispuesto por el Órgano Ejecutivo.

La nueva normativa deja sin efecto el Reglamento de Operaciones Cambiarias vigente desde 2013 e incorpora mecanismos actualizados para la determinación diaria del tipo de cambio oficial del boliviano respecto al dólar estadounidense. Asimismo, establece que el nuevo reglamento entrará en vigencia a partir de su publicación.

De acuerdo con la disposición, el Tipo de Cambio Oficial será calculado diariamente mediante un promedio ponderado de las operaciones de compra de dólares realizadas por los bancos múltiples, bancos PyME y el Banco Público con sus clientes. La información deberá ser remitida al BCB hasta las 17:00 de cada día hábil y el tipo de cambio será publicado diariamente a las 20:00 en la página web de la entidad.

La resolución establece además que el TCO será la referencia para las operaciones cambiarias realizadas por los agentes económicos y el público en general. Asimismo, se dispone que las entidades financieras no podrán vender dólares estadounidenses por encima del valor referencial de venta, el cual se obtendrá sumando diez centavos de boliviano al Tipo de Cambio Oficial.

El Banco Central de Bolivia, en coordinación con la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), realizará inspecciones periódicas para verificar la correcta remisión de información por parte de las entidades financieras. El suministro de información falsa o la omisión de operaciones podrá ser sancionado conforme a la normativa vigente.

La medida forma parte de la implementación del nuevo régimen cambiario flexible aprobado por el Gobierno nacional, orientado a preservar la estabilidad monetaria, contribuir al control de la inflación y fortalecer el equilibrio del sector externo.

Gobierno dispone transición hacia un régimen cambiario flexible para fortalecer la estabilidad económica

La Paz, 26 de junio de 2026.- El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas aprobó la Resolución Ministerial N.º 245, mediante la cual se establece un régimen cambiario flexible con el objetivo de fortalecer la estabilidad macroeconómica, preservar la competitividad externa y contribuir al equilibrio de la balanza de pagos del país.

La resolución señala que la medida responde a la necesidad de adecuar la política cambiaria a la actual coyuntura económica, caracterizada por una reducción de las Reservas Internacionales Netas (RIN), la disminución de ingresos provenientes de las exportaciones de hidrocarburos y la creciente demanda de divisas en el sistema financiero.

El documento destaca que el nuevo esquema permitirá que el tipo de cambio oficial refleje de manera más transparente y continua el equilibrio entre la oferta y la demanda de divisas en el sistema financiero, contribuyendo además a reducir las distorsiones generadas por la coexistencia de diferentes tipos de cambio.

De acuerdo con la resolución, el Banco Central de Bolivia (BCB) será la entidad encargada de ejecutar la transición al nuevo régimen cambiario, en el marco de las atribuciones conferidas por la Ley N.º 1670 y tomando como base el comportamiento diario de la oferta y demanda de divisas.

El Ministerio de Economía sostuvo que la medida busca preservar la estabilidad económica y financiera del Estado, mejorar la competitividad de las exportaciones y mitigar los efectos de los choques externos sobre la economía nacional.

Asimismo, la resolución dispone la publicación de la norma en medios de circulación nacional y en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.

28 mayo 2026

Fechas establecidas por el BCB para la devolución de depósitos en dólares

 La devolución de depósitos en dólares ya tiene fechas establecidas por parte del Banco Central de Bolivia (BCB), medida que aplica tanto para personas naturales como jurídicas, de acuerdo con la información reflejada en los canales digitales de la entidad estatal.

Según las cifras, se prevé devolver un total de $us 1.028 millones a personas naturales hasta agosto de 2027. Y $us 1.056 millones a personas jurídicas hasta diciembre de 2028, retiros que serán voluntarios.

El cronograma establecido es el siguiente para personas naturales:

Entre $us 1.001 y $us 3.000: desde el 15 de julio de 2026 (se prevé devolver $us 48 millones en total).

Entre $us 3.001 y $us 5.000: desde el 14 de agosto de 2026 ($us 39 millones).

Entre $us 5.001 y $us 8.000: desde el 15 de septiembre de 2026 ($us 51 millones).

 Entre $us 8.001 y $us 10.000: desde el 15 de octubre de 2026 ($us 33 millones).

Entre $us 10.001 y $us 15.000: desde el 16 de noviembre de 2026 ($us 67 millones).

Entre $us 15.001 y $us 20.000: desde el 15 de diciembre de 2026 ($us 55 millones).

Entre $us 20.001 y $us 30.000: desde el 15 de enero de 2027 ($us 91 millones).

Entre $us 30.001 y $us 50.000: entre el 15 de febrero y el 16 de marzo de 2027 ($us 60 millones por mes).

Mayores de $us 50.000: entre el 15 de abril y el 15 de julio de 2027 ($us 107 millones por mes).

 Remanente de $us 95 millones: desde el 14 de agosto de 2027.

Fechas establecidas por el BCB para la devolución de depósitos en dólares


PERSONAS JURÍDICAS


Hasta $us 10.000: desde septiembre (se contempla la devolución de $us 16 millones).

Entre $us 10.001 y $us 20.000: desde octubre ($us 13 millones).

Entre $us 20.001 y $us 50.000: entre noviembre y diciembre ($us 22 millones por mes).

Entre $us 50.001 y $us 100.000: entre enero y abril de 2027 ($us 27 millones por mes).

Entre $us 100.001 y $us 200.000: entre mayo y julio de 2027 ($us 31 millones por mes).

Entre $us 200.001 y $us 500.000: entre agosto de 2027 y enero de 2028 ($us 40 millones por mes).

Entre $us 500.001 y $us 1 millón: entre febrero de 2028 y junio de 2028 ($us 50 millones por mes).

Entre $us 1.000.001 y $us 2 millones: entre julio y agosto de 2028 ($us 53 millones por mes).

Mayores de $us 2 millones: desde septiembre de 2028 hasta diciembre de ese año ($us 49 millones por mes).
 

Fechas establecidas por el BCB para la devolución de depósitos en dólares


21 abril 2026

Bolivia pierde juicio internacional y deberá pagar $us 105 millones a BBVA por nacionalizar las pensiones

  Bolivia deberá pagar una indemnización de 105 millones de dólares al banco español BBVA, luego de perder definitivamente un arbitraje internacional relacionado con la nacionalización del sistema de pensiones. El fallo quedó firme tras la decisión del Tribunal Supremo de los Países Bajos, que rechazó el último recurso presentado por el Estado boliviano.

El conflicto se remonta a 2010, cuando el gobierno de Evo Morales decidió nacionalizar la administración de los fondos de pensiones, hasta entonces gestionados por empresas privadas como Previsión BBVA AFP. La medida dio paso a la creación de una gestora pública, pero el proceso de transición fue cuestionado por la entidad financiera.

BBVA argumentó que la transferencia del sistema fue irregular, con retrasos y decisiones que afectaron sus operaciones. En 2018, el banco llevó el caso ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi), alegando trato arbitrario, inseguridad jurídica y perjuicios económicos durante la implementación del cambio.

En 2022, el Ciadi falló a favor del banco y ordenó al Estado boliviano pagar una compensación de 105 millones de dólares. Aunque el Gobierno intentó anular ese laudo en instancias judiciales internacionales, primero en tribunales de La Haya y luego ante la máxima instancia judicial neerlandesa, todos los recursos fueron rechazados.

Según fuentes jurídicas, la decisión del Tribunal Supremo neerlandés es definitiva y no admite nuevas apelaciones, lo que obliga a Bolivia a cumplir con el pago. Además, el país fue condenado a cubrir los costos del proceso.

El banco sostuvo en su momento que su reclamo no se centraba en la nacionalización como tal, sino en la forma en que se ejecutó el traspaso hacia el sistema público, el cual —según su versión— fue “caótico” y perjudicial.

Por su parte, el Estado boliviano había cuestionado el laudo arbitral, señalando que no se valoraron adecuadamente sus argumentos sobre las dificultades en la transición. Sin embargo, con este último fallo, se cierra la vía legal internacional para revertir la decisión.


07 abril 2026

Circular ASFI 938 Modificaciones al reglamento de tasas de ínteres, comisiones y tarifas