30 noviembre 2018

Bolivia registra deuda externa más alta desde 1970

El Gobierno contrató desde 2007 deuda externa por alrededor de $us 5.000 millones, habiendo alcanzado a octubre pasado a 9.896 millones de dólares, el stock más elevado de obligaciones de financiamiento con acreedores internacionales en las últimas décadas. Un documento divulgado por la Fundación Jubileo atribuyó esta situación de alto endeudamiento al excesivo gasto del Gobierno central en contraposición con la reducción de ingresos por las exportaciones de gas natural.

La deuda pública aún está en un margen sostenible, pero si continúa en el ritmo actual de nuevo endeudamiento se corre el riesgo de insostenibilidad, advirtió el analista económico de Fundación, René Martínez. La deuda externa en 2007 fue de $us 2.200 millones, diez años después llegó a más de $us 9.400 millones.

DEUDA-DÉFICIT

“Empezamos con superávit, entre 2006 y 2014, posteriormente empezó un déficit fiscal, el más alto de -7,8 del Producto Interno Bruto (PIB) en 2017, y sería este año de -8,7%, el más alto”, señaló.

Durante la presentación del reporte “Pasado y presente: deuda pública 1970-2017”, el experto en presupuestos dijo que la proyección del Presupuesto General del Estado (PGE-2018) muestra la tendencia de mayor endeudamiento a pesar que el período de bonanza económica pasó y el país ingresó a la fase de contracción económica.

“Hay ingresos que han disminuido, pero los gastos del nivel central tienden a seguir creciendo, ¿y cuál es el resultado, es el déficit? que se está profundizado, tenemos más gastos que ingresos, y para este año estaremos con el 8,3 % de déficit del PIB, cuando se acerca al 10 % ya es un nivel muy preocupante”, aseguró.


MÁS CIFRAS


De acuerdo con datos oficiales del Banco Central de Bolivia, al 30 de junio de este año la deuda externa llegó a $us 9.713 millones con un saldo por desembolsar de $us 5.529 millones. “Si seguimos con el ritmo de endeudamiento del 2017 a mediano plazo estaríamos en una situación de insostenibilidad”, aseveró.

Para cubrir el déficit; es decir, el actual nivel de gastos –dijo Martínez– el sector público está contratando grandes cantidades de nueva deuda. “El crecimiento tan acelerado de la deuda externa podría resultar en una situación de insostenibilidad en el mediano plazo y dejar un peso demasiado grande para las generaciones futuras”, según informe de ANF.

El 80% de la inversión pública proviene de recursos estatales



En los últimos 12 años, el Estado logró captar los excedentes producidos por los sectores estratégicos de la economía y destinarlos para financiar la inversión pública, que en 2017 representó el 80% de los recursos propios y sólo el 20% correspondía a fuentes externas.

De acuerdo con el libro 12 años de estabilidad económica de Bolivia, presentado el martes por el Ministerio de Economía, en 2005 tan sólo el 37% de la inversión pública era solventado con fuentes internas y el 67% correspondía a recursos externos, a través de créditos y donaciones.

Al respecto, en un acto de socialización del mencionado documento, realizado ayer en la Universidad de Aquino Bolivia de la ciudad de Santa Cruz, el viceministro de Presupuesto y Contabilidad Fiscal, Jaime Durán, mencionó que “el 80% de los recursos que utilizamos para la inversión provienen de fuentes internas, provienen del trabajo que realizamos los bolivianos”.

De acuerdo con la autoridad, el nuevo Modelo Económico Social Comunitario Productivo, implementado desde 2006, permitió la apuesta importante por una inversión del Estado bien planteada, con el fin de convertir al país en referente sudamericano en crecimiento y desarrollo.

Los datos oficiales señalan que antes de 2005 el promedio anual de la inversión pública era de $us 562 millones, pero entre 2006 y 2017 dicho monto aumentó a $us 2.858 millones.

El nivel de inversión ejecutado en 2017 alcanzó a $us 4.772 millones, es decir, el 12,6% del Producto Interno Bruto (PIB), y fue —por tercer año consecutivo, según la cartera de Economía— el índice más alto registrado en Sudamérica, seguido por Ecuador con 8,5%, Colombia 5,6%, Paraguay 5,3%, Perú 5,2%, Uruguay 4,3%, Argentina 0%, Chile 2,6% y Brasil 1,6%.

Analistas internacionales: Cuatro pilares apuntalan el crecimiento económico sostenible de Bolivia



La nacionalización de los recursos naturales, la redistribución de la riqueza, el fortalecimiento del mercado interno y la industrialización son los cuatro pilares que hacen del crecimiento económico de Bolivia un caso único en medio de una crisis que viven los países de la región.

El sociólogo y escritor Antonio Abal, citado por el periodista argentino Santiago Mayor en el portal de noticias Rusia Today (RT), enumeró que "los ejes del sostenido crecimiento de la economía de Bolivia se trata de una política basada en nacionalizaciones de sectores estratégicos, como las comunicaciones, los hidrocarburos y la minería; la redistribución de los ingresos estatales sobre todo en infraestructura productiva; el fortalecimiento del mercado interno con una política monetaria de apreciación de la moneda nacional, es decir, una desdolarización de la economía; y finalmente una fuerte inversión en procesos industriales como el litio, lácteos, textiles, además del fomento de las pequeñas y medianas empresas, con facilidades en los soportes crediticios".

En comparación con sus pares, exceptuando el caso uruguayo, Bolivia logró consolidarse como un modelo social, político y económico estable que no sufrió las crisis económicas y políticas de Venezuela o Nicaragua ni perdió el Gobierno mediante golpes de Estado e 'impeachments'–como en Brasil, Honduras y Paraguay, o elecciones –como en Argentina–. ¿A qué se debe esta excepcionalidad?

Según los datos del Banco Mundial, en 2006 el Producto Bruto Interno (PBI) boliviano era de 11.452 millones de dólares. Para 2017 ese número había aumentado más de tres veces llegando a $us 37.509 millones. En el mismo período de tiempo, el ingreso anual per cápita pasó de $us 1.120 a $us 3.130 y la esperanza de vida subió de 64 a 71 años. A su vez, el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) sostiene que la pobreza se redujo del 59,9% cuando asumió Evo Morales al 36,4% el año pasado.

El investigador y máster en Desarrollo Económico y Sostenibilidad Sergio Martín-Carrillo, asegura que Bolivia "fue el país suramericano que mayor crecimiento económico experimentó, incluso manteniendo un ritmo por encima del 4% a pesar del contexto de debilidad que vive la región desde el año 2015". Esto fue acompañado de un descenso constante de la inflación, que pasó de un 12% en 2007 a menos de un 2% en lo que va de 2018.

Políticas públicas de redistribución


A esto se suma una serie de programas sociales que acompañaron la mejora económica y fueron los dispositivos que garantizaron una redistribución de la riqueza. En ese sentido, Martín-Carrillo enumeró tres que considera los más importantes: el Bono Juancito Pinto, la Renta Dignidad y el Bono Juana Azurduy.

Santiago Mayor detalla uno a uno los logros de los bonos sociales, logrando reducir la deserción escolar, aumentando los ingresos para las personas adultas mayores y el nacimiento de niños en centros de salud.

También menciona el incremento sustancial del Salario Mínimo Nacional, que pasó de 57 a 298 dólares en 12 años, además del pago de un segundo aguinaldo, mientras que en la contraparte se encuentra la reducción de la inflación que bajó del 12 al 2% en el mismo periodo.

Una revolución con futuro


El periodista argentino señala que los procesos políticos nacionales difícilmente pueden sobrevivir mucho tiempo aislados, además de sus fortalezas internas, Bolivia cuenta todavía con aliados en el continente. Más allá de sus propios conflictos están Venezuela, Nicaragua y también Cuba, países con los que integra la Alianza Bolivariana para los pueblos de Nuestra América (Alba). Cabe recordar que, con colaboración de La Habana, en 2008 se declaró "libre de analfabetismo" a todo el territorio boliviano.

La candidatura de Evo Morales para las nuevas elecciones de 2019 y una derecha por ahora dividida, aseguran la continuidad del proceso, dice el artículo escrito por Mayor y publicada en el portal de la red RT.

Por último, pero no menos importante, García Linera pronosticó en el reciente Foro Mundial de Pensamiento Crítico, llevado a cabo en Buenos Aires, que los gobiernos conservadores de la región durarán poco tiempo y luego vendrá un nuevo auge progresista y de izquierda.

"Estamos enfrentando una oleada conservadora neoliberal que tiene dos limites intrínsecos: es fosilizada y es en sí misma contradictoria", apuntó. Y detalló que en estos países se están "repitiendo las recetas que hace veinte años fracasaron", por lo que "no hay inventiva, no hay creatividad, no hay esperanza".

A su vez, "el neoliberalismo actual solamente moviliza odios y resentimientos". Es decir, que está "fundado en la negatividad y no en la proposición. No en la esperanza de mediano plazo, sino en el rechazo emotivo de corto plazo. Y eso tiene patas cortas", completó el vicepresidente boliviano.

Por eso, con optimismo, sentenció: "En vez de vivir una larga noche neoliberal, hemos de vivir una corta noche de verano neoliberal. Y ahí es donde nos toca a nosotros reconocer lo que hicimos bien, reconocer lo que hicimos mal, y prepararnos". "La izquierda tiene que volver a prepararse para tomar el poder en los siguientes años en el continente", concluyó.

BCB comercializará bono navideño a partir del 7 de diciembre



El Banco Central de Bolivia (BCB) anunció el jueves que comercializará oficialmente el bono BCB Navideño a partir del 7 de diciembre. El beneficio es una alternativa de ahorro para toda la población boliviana y ofrece una tasa de interés del 6% anual en un plazo de 119 días.

“Esta es una inversión a un plazo relativamente breve, es decir menos de un año, con la ventaja de que tiene una tasa de interés alta”, dijo el presidente del ente emisor, Pablo Ramos Sánchez.

Informó que los bonos pueden ser adquiridos hasta el 31 de enero de 2019 en las agencias o sucursales del Banco Unión, en todo el país, en los horarios habituales de atención, según un boletín de prensa de la entidad financiera estatal. También en la Plataforma de Atención al Cliente del BCB, en la calle Ayacucho esquina Mercado, de lunes a viernes de 08.30 a 18.30; y a través de Banca por Internet en el sitio web del BCB: www.bcb.gob.bo.

El requisito indispensable para la compra es ser mayor de 18 años y presentar un documento de identidad vigente (cédula de identidad o pasaporte). Los menores de edad adquirirán el paquete navideño de forma conjunta con una persona mayor.

Ramos explicó que cada bono navideño tiene un valor de Bs 1.000, con un límite máximo de compra de 100 bonos por cliente, equivalente a Bs 100.000, cantidad adicional a lo establecido para la tenencia de otros valores de venta directa emitidos por el BCB en bolivianos.

Indicó que en caso de que alguna persona requiera la devolución de su inversión, antes de la fecha de vencimiento, puede cancelar la inversión anticipadamente en cualquier agencia o sucursal del Banco Unión o en la Plataforma de Atención al Cliente del BCB.

Si la compra fue por Internet, también puede solicitar la anulación por este mismo medio. En estos casos se le pagará al comprador sólo los intereses ganados a partir del día 31. Antes de ese plazo no recibirá ningún interés.

Para mayor información sobre el bono BCB Navideño, los interesados pueden llamar a la línea gratuita 800-10-2004 o ingresar a la página web del Banco Central de Bolivia desde cualquier punto con conexión a Internet.

Ramos agregó que el beneficio tuvo un impacto positivo desde que fue instaurado porque se posicionó como una alternativa que ofrece una posibilidad de ahorro a la población.

Banco Unión estrena edificio en Quillacollo



El municipio de Quillacollo, en Cochabamba, se benefició ayer con la inauguración de un nuevo edificio del Banco Unión, que demandó $us 1,5 millones de inversión en su construcción. El centro de atención facilitará el servicio financiero a varias poblaciones aledañas.

“Es un edificio moderno, de cinco plantas, que cuenta con todas las medidas de seguridad que la labor exige; la inversión llegó aproximadamente a un millón y medio”, destacó el gerente general de la financiera estatal, Rolando Marín, en la ceremonia de entrega de la nueva agencia, acto en el que también participó el presidente Morales.

El banco cuenta con 18 cajas de atención al público y una sala con dos cajeros automáticos que funcionarán 24 horas, agregó Marín.

El nuevo centro atenderá todas las líneas de negocios demandados por las empresas, el sector agropecuario, microfinanzas, créditos de vivienda y de consumo.

Marín dijo que sólo en Quillacollo el Banco Unión atiende a 2.600 clientes, con una cartera de créditos de Bs 114 millones y más de Bs 100 millones en depósitos.

Por su parte, el presidente Evo Morales indicó que el objetivo de la banca estatal es que preste servicios en todo el país. Señaló que la construcción de nuevos edificios para las entidades estatales tiene la finalidad de terminar con “el Estado inquilino”.

“Este edificio es propio del Banco Unión y por lo tanto es del pueblo boliviano”, declaró.

En ese marco, realzó el desempeño económico del país como resultado de la nacionalización de los hidrocarburos el 1 de mayo de 2006.

El SIN recaudó Bs 852 millones con el ‘perdonazo’ tributario



Mediante la Ley 1105 del ‘perdonazo’ tributario, el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) recaudó hasta ayer Bs 852 millones en efectivo, recursos que fueron destinados a las arcas del Tesoro General de la Nación (TGN), informó el presidente de la entidad estatal, Mario Cazón.

En rueda de prensa, indicó que con el grupo de contribuyentes que se acogieron a la primera forma de pago en efectivo —que establece la condonación del interés en 100% y la rebaja de la multa en 95%— se recaudaron Bs 803,8 millones.

Por otro lado, con aquellos que optaron por un plan de pagos de hasta cinco años plazo y depositaron la cuota inicial de un 10% o 15% —dependiendo del monto—, la recaudación llegó a Bs 48,2 millones.

“En total tenemos una recaudación en efectivo de 852 millones de bolivianos que ingresaron a las arcas del TGN y, por supuesto, estos recursos son coparticipados a las universidades, municipios y gobernaciones”, indicó el presidente del SIN.

Detalló que 65.874 contribuyentes se acogieron a la ley del ‘perdonazo’ tributario. De ese total, 62.400 cancelaron en efectivo y 3.474 optaron por un plan de pagos para solucionar dificultades por endeudamiento.

El primer plazo vence hoy

El primer plazo del ‘perdonazo’ tributario vence hoy. Ante ello, el Servicio de Impuestos Nacionales atenderá en todas sus oficinas del país en horario continuo, indicó Cazón.

La Ley 1105 de Regularización del Pago de Impuestos de Dominio Tributario Nacional, también denominada ley del ‘perdonazo’ tributario, fue promulgada el 28 de septiembre de este año.

La segunda etapa para cancelar las deudas en efectivo (menos el 90% de la multa y sin interés) se inicia el 1 de diciembre y concluye el 28 de febrero de 2019

Gobierno estima un crecimiento del 4,70% en 2019 e incrementará la inversión pública a $US 6.510 MM



El gobierno nacional tiene estimado, en el Presupuesto General del Estado (PGE) para la gestión 2019, un crecimiento del 4,70% e incrementará la inversión pública hasta los 6.510 millones de dólares, un 7,6% más que la gestión que termina.

El ministro de Economía y Finanzas Públicas, Mario guillen presentó el PGE 2019 y dio a conocer los datos que contemplan la misma, “nuestro presupuesto tiene un incremento respecto al año pasado, mantenemos nuestras subvenciones, generamos mayor nivel de inversiones pero también tenemos un presupuesto que mejora el déficit fiscal del año pasado”, dijo en conferencia de prensa.

Los datos que dio a conocer Guillen señalan que el crecimiento económico presupuesto será similar al de este año, el 4,70%, mientras que el Producto Interno Bruto (PIB) subirá de los Bs 280.000 millones a los Bs 308.000 millones y la tasa de inflación proyectada es de 4,04% para el 2019.

Con relación a la inversión pública, el titular de Economía indicó que en 2018 se cerrará con 6.000 millones de dólares, “presupuestamos que el 2019 vamos a tener una inversión pública de 6.510 millones de dólares, un incremento del 7,5% a la inversión pública del 2018”, dijo.

Precisó que el 70% de los recursos para la inversión pública son recursos propios del Estado boliviano y solamente el 30% vienen de financiamiento externo. La inversión pública estará destinada a infraestructura el 40%, otro 40% al sector productivo y el restante 20% a temas sociales.

Precio del petróleo

El precio del petróleo con el cual se hizo el presupuesto es de 50 dólares teniendo en cuenta que en promedio en la gestión 2018 fue de 66 dólares, “si el precio del petróleo está por encima de los 50 dólares, vamos a tener ingresos adicionales, tanto en el Impuesto Directo a los Hidrocarburos y la renta petrolera” precisó Guillen.

En resumen, dijo que el PGE contempla Bs 286.000 millones, superior en 0.6% al del 2018, que se tuvo Bs 284.437 millones.

Más recursos para salud y educación

Guillen precisó que el presupuesto para el 2019 contempla una mayor asignación de recursos para las áreas de salud y educación, para el primer rubro se destinó Bs 20.222 millones (6,6%) y para el segundo Bs 21,.682 millones (7,0%), muy por encima de lo que se destina para Defensa y gobierno que tienen 1,6% y 1,5% respectivamente.

En el presupuesto no están incluido los 200 millones de dólares para la implementación del Sistema Único de Salud, ya que esos recursos tienen una fuente diferente, donde ya se encuentra contemplado la utilización de esos recursos para dicho programa.

Actualmente el gobierno tiene 222.000 ítems en salud y educación, lo que representa el gasto más alto en lo que es salud y educación, 37.000 en salud y 186.000 en educación.

El presupuesto contempla el mantenimiento de la subvención a los carburantes, el pago de los bonos sociales y también tiene, en reserva, un monto para los procesos electorales que se debe encarar en la próxima gestión.

El presupuesto general, ahora pasará a la Asamblea Legislativa Plurinacional para su debate y posterior aprobación hasta el 31 de diciembre.


El “Blockchain” cambiará la industria del mercado bursátil

Al igual que la PC, el internet y los smartphone representaron importantes disrupciones en el mundo de los negocios, la tecnología del “Blockchain” (cadena de bloques) provocará grandes cambios en la industria del mercado financiero de valores, a los cuales no hay que negarse, sostuvo el experto chileno Andrés Araya, gerente de Tecnología de la Bolsa de Comercio de Santiago, durante las primeras Jornadas Bursátiles 2018, organizadas por la Bolsa Boliviana de Valores (BBV) en la ciudad de La Paz.

“Blockchain” es una tecnología que permite la transferencia de datos digitales con una codificación muy sofisticada y de una manera completamente segura, es el sistema de codificación de la información que está por detrás de la moneda virtual (bitcoin o criptomoneda), que no necesita de un intermediario centralizado para las transferencias.

Araya explicó que esta tecnología, de manera privada, ya está invadiendo los mercados financieros, incorporando nuevos modelos de negocios exitosos, donde se automatizan los procesos, se agilizan los tiempos, se reducen riesgos y se ofrece mayor seguridad, además de permitir bajar costos y brindar transparencia, entre otros.

Si bien “BlocKchain” ya se aplica en diferentes naciones del mundo, en la región de América Latina la primera experiencia la está teniendo la Bolsa de Santiago en Chile, informó el experto al señalar que en su país se está aprovechando la capacidad de descentralizar procesos de esta tecnología.

Beneficios

Puso como ejemplo los préstamos de valores utilizados para las ventas a corto plazo, que incluyen garantías y contratos, donde se eliminó a los intermediarios y se creó una red “peer to peer” a través de la cual el interesado se relaciona directamente con quien presta, crea contratos y sigue los pasos individualmente, lo cual -manifestó- está permitiendo reducir las operaciones que duraban días a solo horas.

Entre otras aplicaciones ventajosas del “Blockchain”, Araya mencionó que las reconciliaciones; que todavía se presentan diariamente en el mercado de valores, cuando el número de acciones registradas de una firma corredora no coincide con los datos registrados en los Depósitos Centrales de Valores; ya no serían necesarias porque la base de datos se descentraliza, permitiendo una reducción importante de gastos en la industria financiera.

También destacó que la descentralización y el intercambio “peer to peer”, que caracterizan a esta red, facilitan la firma de contratos de forma segura, el desembolso de asignaciones y el establecimiento de garantías, derivando en la reducción de tiempos de los procesos, que antes tomaban días a escasos minutos. Por otro lado destacó que esta tecnología, al permitir una base de datos descentralizada brinda garantías a las bolsas, a los reguladores del mercado bursátil y a los clientes, puesto que cualquier intervención o documento se actualizaría en tiempo real, y no en semanas, como todavía sucede.


Pasos

En presencia de los principales actores del mercado de valores boliviano, Araya indicó que para iniciar un proyecto de “Blockchain” en un país, es necesario empezar precisamente con eventos -como las Jornadas Bursátiles de la BBV- que permiten la difusión de la tecnología desarrollada para el sector; luego emprender un proyecto piloto, y posteriormente empezar con un proyecto pequeño que permita aumentar la discusión y analizar qué más se puede hacer.

“En Chile estamos creando un consorcio del mercado financiero, hemos invitado a los actores clave del mercado para que en conjunto creemos un ¨Blockchain¨, y un verdadero ¨APP Store¨ y tener una infraestructura de mercado basada en esta tecnología, donde los distintos intermediarios (empresas Fintech o empresas formales del sector) puedan crear sus propias aplicaciones (APP) y subirlas a la red, para que esta crezca y tenga múltiples usos, en beneficio no solo de la Bolsa, sino de los intermediarios y de todo el mercado en general”, manifestó.


Jornadas

Otra participación internacional que tuvo las Jornadas de la BBV, fue la del peruano Francis Stenning, presidente de la Federación Iberoamericana de Bolsas (FIAB), quien en su exposición “Situación de los mercados de valores en la región” se refirió a la fusión y las alianzas que se están dando entre varias bolsas en el mundo y ponderó la importancia que representa la integración de estas para darle mayor competitividad al mercado bursátil con la ampliación de inversionistas.

Entre los expositores bolivianos estuvieron el asesor económico de la Confederación de Empresarios Privados de Bolivia, Rubén Ferrufino, con el tema “Análisis de la situación económica de Bolivia”; el consultor experto internacional en temas de hidrocarburos, Mauricio Medinaceli, con el tema “Tendencias de la economía global y los mercados financieros”; y el socio fundador de la empresa Componente Digital Bolivia, Gerardo Garret, con el tema “Transformación Digital en los mercados de valores”.

El presidente del Directorio de la BBV, José Trigo, explicó que las Jornadas Bursátiles tienen como principal objetivo brindar un espacio de intercambio de experiencias y conocimientos que permitan a los actores de la industria bursátil entender mejor los escenarios estratégicos, presentes y futuros, para planificar de forma conjunta y sobre bases robustas, el desarrollo del mercado de valores nacional.

“Creemos que un factor de éxito importante para el desarrollo de nuestro mercado de valores es la capacitación constante. En este sentido, es una prioridad para la Bolsa generar estos espacios de intercambio, nuestro mercado debe estar continuamente actualizado para realizar acertadas proyecciones sobre sus negocios, y poder tomar decisiones fundamentadas”, añadió Trigo al indicar que tienen el reto de organizar anualmente este tipo de eventos.


EL FONDO DE ASISTENCIA HUMANITARIA CREADO PARA LAS FAMILIAS AFECTADAS POR EL ACCIDENTE DE LAMIA, GENERA LOS PRIMEROS RESULTADOS.

Ya hay un número significativo de familias afectadas por el desafortunado accidente del avión LaMia 2933 ocurrido hace dos años, que han accedido formalmente a los recursos disponibles por el Fondo de Asistencia Humanitaria, creado para el efecto.
En noviembre de 2016 se produjo el trágico accidente del avión LaMia que se llevó consigo la vida de 71 personas, en su mayoría integrantes del club de futbol Chapecoense. Realizadas las investigaciones a nivel nacional e internacional y comprobado el hecho de la no aplicabilidad de la póliza de seguros, por violaciones técnicas de aeronavegabilidad y contravenciones contractuales incurridas por LaMia Corporation S.R.L., los Reaseguradores, sin que medie obligación ni responsabilidad legal alguna, decidieron crear un Fondo de Asistencia Humanitaria al que pudieran acceder las familias damnificadas.
Así es cómo, desde la creación del citado Fondo de Asistencia Humanitaria a la fecha, grupos de familias de los pasajeros sobrevivientes y fallecidos se han acogido y continúan haciéndolo a este Fondo Humanitario que funciona en el Brasil, esperándose con optimismo que, hasta este fin de año, una mayoría de las familias damnificadas debieran haber firmado la documentación para ser beneficiarias del Fondo.
Clyde & Co. LLP, reconocida firma internacional de abogados con sede en Londres, administradora del Fondo de Asistencia Humanitaria, ha informado que el primer grupo de familias ya firmó los respectivos documentos transaccionales para acceder a los recursos económicos y se espera que, en las siguientes semanas, un nutrido grupo de familias lo haga también. Cualquier familia afectada que confirme su deseo de firmar, tendrá hasta el 28 de Marzo de 2019 para firmar los documentos transaccionales.
De este modo, se habrá logrado una asistencia financiera que, ante la magnitud de la tragedia y en forma voluntaria, decidieron poner a disposición los Reaseguradores, con la anuencia de Bisa Seguros y Reaseguros S.A., compañía que, en su momento y de acuerdo a la normativa de seguros boliviana, ha cumplido con la totalidad de sus obligaciones legales y contractuales emergentes de la Póliza de Accidentes Personales para Tripulantes.
La operación del Fondo, las firmas que continúan llevándose adelante y los pagos que se han hecho y se realizarán desde el Fondo, demuestran que las familias de los pasajeros sobrevivientes y fallecidos no tienen que enfrentar procedimientos engorrosos, incurrir en gastos significativos o retrasos a través de litigios – el objetivo del Fondo de Asistencia Humanitaria ha sido proporcionar un respiro financiero, y nos complace ver que esto funciona en la práctica. Esperamos que las restantes familias y sus asesores utilicen el Fondo según lo previsto.
La Paz, 28 de Noviembre de 2019

28 noviembre 2018

Video Viceministro Tesoro y Credito sobre el libro 12 años de estabilidad economica

22 noviembre 2018

Video Gerente del SIN explica la Facturación Electronica y el problema de los Carniceros

20 noviembre 2018

CAF colocó bonos por USD 750 millones

La demanda de los inversionistas sobrepasó los USD 900 millones, lo cual reitera la confianza del mercado en los títulos de la institución y el desarrollo de América Latina. Los administradores de fondos, bancos centrales e instituciones públicas lideraron las órdenes.

(Caracas, 16 de noviembre de 2018). CAF -banco de desarrollo de América Latina- emitió un bono a un plazo de 5 años por un monto total de USD 750 millones y un cupón de 3.75%. Desde hace más de dos décadas, CAF ha desarrollado una estrategia de diversificación de sus fuentes de financiamiento, a través de una presencia ininterrumpida en los mercados globales de capital, que la han ubicado en una posición privilegiada internacionalmente.

"Agradecemos la confianza y el interés de los inversionistas en los bonos de CAF para promover el desarrollo sostenible de América Latina. Estos recursos que provienen de mercados internacionales a tasas competitivas, permiten apoyar a la región a través de la financiación de proyectos, la provisión de cooperación técnica y productos de conocimiento", aseguró Luis Carranza, presidente ejecutivo de CAF.

Los administradores de fondos, bancos centrales e instituciones públicas lideraron las órdenes. Los agentes encargados de la transacción fueron Barclays, Goldman Sachs y HSBC.

CAF promueve el desarrollo sostenible y la integración regional, mediante una eficiente movilización de recursos para la prestación oportuna de servicios financieros múltiples, de alto valor agregado, a clientes de los sectores públicos y privado de los países accionistas.

17 noviembre 2018

16 noviembre 2018

LEY N° 1006 - LEY DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO GESTIÓN 2018

LEY N° 1006
LEY DE 20 DE DICIEMBRE DE 2017
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:

LEY DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO
GESTIÓN 2018
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1. (OBJETO). La presente Ley tiene por objeto aprobar el Presupuesto General del Estado - PGE del sector público para la Gestión Fiscal 2018, y otras disposiciones específicas para la administración de las finanzas públicas.
ARTÍCULO 2. (PRESUPUESTO AGREGADO Y CONSOLIDADO). Se aprueba el Presupuesto General del Estado - PGE, para su vigencia durante la Gestión Fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2018, por un importe total agregado de Bs284.436.757.128.- (Doscientos Ochenta y Cuatro Mil Cuatrocientos Treinta y Seis Millones Setecientos Cincuenta y Siete Mil Ciento Veintiocho 00/100 Bolivianos), y un consolidado de Bs214.649.608.533.- (Doscientos Catorce Mil Seiscientos Cuarenta y Nueve Millones Seiscientos Ocho Mil Quinientos Treinta y Tres 00/100 Bolivianos), según detalle de recursos y gastos consignados en los Tomos I y II adjuntos.
ARTÍCULO 3. (ÁMBITO DE APLICACIÓN). La presente Ley se aplica a todas las instituciones del sector público que comprenden los Órganos del Estado Plurinacional, instituciones que ejercen funciones de control, de defensa de la sociedad y del Estado, gobiernos autónomos departamentales, regionales, municipales e indígena originario campesinos, universidades públicas, empresas públicas, instituciones financieras bancarias y no bancarias, instituciones públicas de seguridad social y todas aquellas personas naturales y jurídicas que perciban, generen y/o administren recursos públicos.
ARTÍCULO 4. (RESPONSABILIDAD). La Máxima Autoridad Ejecutiva - MAE de cada entidad pública, es responsable del uso, administración, destino, cumplimiento de objetivos, metas, resultados de los recursos públicos y la aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y cierre de proyectos, a cuyo efecto deberá observar las disposiciones contenidas en la presente Ley y las establecidas en las normas legales vigentes.
CAPÍTULO II
DISPOSICIONES ESPECÍFICAS
ARTÍCULO 5. (MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS EN ENTIDADES TERRITORIALES AUTÓNOMAS). Las modificaciones presupuestarias dentro del presupuesto de una actividad o proyecto de inversión que no afecten los objetivos y metas definidos para éstos, podrán ser aprobadas mediante Resolución por la Máxima Instancia Ejecutiva bajo su responsabilidad, y proseguir con el trámite y registro en su entidad.
ARTÍCULO 6. (DEVOLUCIÓN DE SALDOS NO EJECUTADOS POR FINALIZACIÓN DE PROGRAMAS Y PROYECTOS). Se autoriza al Órgano Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, inscribir y/o transferir los saldos no ejecutados por las entidades públicas provenientes de crédito y donación, y que por convenio de financiamiento deben ser devueltos a los organismos financiadores, una vez concluido el programa o proyecto, debiendo apropiar en la partida de gasto 96200 “Devoluciones”.
ARTÍCULO 7. (TRANSFERENCIA DE INMUEBLES DE LAS ENTIDADES FINANCIERAS EN LIQUIDACIÓN AL BANCO CENTRAL DE BOLIVIA). Se autoriza al Banco Central de Bolivia a cubrir con sus recursos los gastos tributarios, judiciales, administrativos, por servicios y otros inherentes a la transferencia, perfeccionamiento del derecho propietario y posesión física de los bienes inmuebles recibidos de los bancos en liquidación, en el marco de las transferencias de activos previstas en Decretos Supremos específicos.
ARTÍCULO 8. (FIDEICOMISOS).
I. Con el objeto de asistir y apoyar la reconstrucción del sector productivo nacional, atender situaciones de encarecimiento de precios, desabastecimiento, inseguridad alimentaria, nuevos emprendimientos productivos, fomento a la producción, infraestructura, exportaciones y apoyo al sector educación; se autoriza al Órgano Ejecutivo, constituir fideicomisos con instituciones financieras autorizadas, los cuales deben ser aprobados mediante Decreto Supremo.
II. Son responsables por los recursos públicos constituidos en fideicomiso, la entidad fideicomitente y la entidad encargada de la política sectorial, debiendo esta última efectuar seguimiento y control sistemático al cumplimiento de la finalidad prevista en el acto constitutivo y en las disposiciones legales que lo fundamentaron, así como emitir directrices y lineamientos respecto a los fideicomisos constituidos por entidades bajo su dependencia o tuición y sobre aquellos cuyo objeto o finalidad se encuentren en el marco de sus competencias.
III. Con fines de registro, el fideicomitente deberá reportar la constitución y semestralmente el saldo del patrimonio fideicomitido al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.
IV. Las entidades que ejerzan tuición sobre instituciones del sector público financiero y de sociedades de economía mixta autorizadas para la administración de fideicomisos constituidos con recursos del Estado, deberán efectuar seguimiento y control sistemático sobre los fideicomisos suscritos por éstas, con el objeto de vigilar su desarrollo, verificar el cumplimiento de las disposiciones legales que los sustentan y precautelar el adecuado manejo de los fondos fideicomitidos, en el marco de la finalidad establecida en el acto constitutivo.
ARTÍCULO 9. (ENDEUDAMIENTO PÚBLICO MEDIANTE EMISIÓN DE TÍTULOS VALOR EN MERCADOS DE CAPITAL EXTERNOS).
I. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, en el marco de lo establecido en los numerales 8 y 10 del Parágrafo I del Artículo 158, y el Artículo 322 de la Constitución Política del Estado, en representación del Estado Plurinacional de Bolivia, celebrar operaciones de deuda pública en los mercados de capital externos por un monto de hasta USD1.000.000.000.- (Un Mil Millones 00/100 Dólares Estadounidenses) o su equivalente en otras monedas, para apoyo presupuestario.
II. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, la contratación directa en el ámbito nacional y/o internacional, de servicios de asesoría legal y financiera, y de otros servicios especializados vinculados a la operación de deuda pública en mercados de capital externos, señalada en el Parágrafo I del presente Artículo, de acuerdo a prácticas internacionales.
III. Por las características especiales de la operación financiera, la contratación a la que hace referencia el Parágrafo precedente, será realizada mediante invitación directa, la cual permitirá la adjudicación del o los servicios respectivos.
IV. Los intereses a favor de acreedores de deuda pública mediante emisión de títulos valor en mercados de capital externos, conforme al presente Artículo, están exentos del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas - IUE.
V. Los pagos por la prestación de servicios de asesoría legal y financiera, y de otros servicios especializados, vinculados a la operación de deuda pública en los mercados de capital externos, conforme al presente Artículo, están exentos del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas - IUE.
ARTÍCULO 10. (RECUPERACIÓN DE RECURSOS DEL TESORO GENERAL DE LA NACIÓN). Para la recuperación de recursos del Tesoro General de la Nación pagados en el ámbito de la garantía soberana por gastos declarados no elegibles por la cooperación internacional, independientemente de la acción de repetición que corresponda, el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas podrá establecer con la entidad responsable del repago de la deuda un cronograma de débitos para la restitución de recursos, el cual se encontrará enmarcado en la norma o el Convenio Subsidiario de transferencia de recursos.
ARTÍCULO 11. (AMPLIACIÓN DE FINANCIAMIENTO PARA EL PROYECTO CAMINERO “SANTA BÁRBARA - CARANAVI - SAPECHO – QUIQUIBEY”). A efecto de dar continuidad al proyecto caminero “Santa Bárbara – Caranavi – Sapecho – Quiquibey”, se autoriza un presupuesto adicional de hasta Bs38.312.939.- (Treinta y Ocho Millones Trescientos Doce Mil Novecientos Treinta y Nueve 00/100 Bolivianos), para lo cual el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, asignará recursos del Tesoro General de la Nación a favor de la Administradora Boliviana de Carreteras.
ARTÍCULO 12 (CONTROL Y FISCALIZACIÓN A LAS EMPRESAS FILIALES Y SUBSIDIARIAS DE YACIMIENTOS PETROLÍFEROS FISCALES BOLIVIANOS – YPFB)
I. Todas las empresas filiales y/o subsidiarias de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB, que administran recursos del Estado para su inversión, operación y/o funcionamiento, así como sus dependientes, se encuentran sujetos al ejercicio del control externo posterior y/o supervisión por parte de la Contraloría General del Estado, conforme a los Artículos 213 y 217 de la Constitución Política del Estado, siendo aplicable la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990, de Administración y Control Gubernamentales, únicamente con relación al régimen de responsabilidades y sanciones.
II. El ejercicio del control externo posterior y/o supervisión por parte de la Contraloría General del Estado, será realizado de acuerdo a la normativa reglamentaria que emita, utilizando para el efecto la norma propia de la empresa, sin afectar la naturaleza institucional de las empresas filiales y/o subsidiarias.
ARTÍCULO 13. (ASIGNACIÓN DE RECURSOS PARA EL PROYECTO Y CONSTRUCCIÓN DEL EDIFICIO DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL).
I. Se autoriza al Órgano Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, transferir recursos del Tesoro General de la Nación a la Asamblea Legislativa Plurinacional en la gestión 2018, correspondientes al importe de los saldos presupuestarios institucionales no ejecutados ni comprometidos de la partida 41100 “Edificios”, acumulados al cierre de la gestión 2017, inscritos en la Vicepresidencia del Estado y en la Asamblea Legislativa Plurinacional, destinados a la construcción del “Nuevo Edificio de la Asamblea Legislativa Plurinacional”.
II. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Tesoro General de la Nación, asignar los recursos necesarios hasta la conclusión del proyecto y construcción del nuevo Edificio de la Asamblea Legislativa Plurinacional, adicionalmente a los ahorros generados durante las gestiones pasadas.
III. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, al Ministerio de Planificación del Desarrollo y a la Cámara de Diputados, en el marco de sus competencias, efectuar las modificaciones presupuestarias necesarias, que incluye Servicios Personales y Consultorías, a objeto de ejecutar el referido proyecto de inversión.
ARTÍCULO 14. (IMPLEMENTACIÓN DEL CÓDIGO DEL SISTEMA PENAL).
I. Con el objeto de implementar el Código del Sistema Penal, el Ministerio de Gobierno, la Policía Boliviana, el Ministerio de Salud, el Órgano Judicial, el Consejo de la Magistratura y el Ministerio Público, deberán ejecutar recursos de sus presupuestos institucionales.
II. Con la finalidad de dar cumplimiento al Parágrafo precedente, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, efectuar las modificaciones presupuestarias que incrementen el grupo de gasto 10000 “Servicios Personales”.
DISPOSICIONES ADICIONALES
PRIMERA. Se incluyen los Parágrafos IV y V al Artículo 12 de la Ley N° 856 de 28 de noviembre de 2016, con el siguiente texto:
“IV. Se autoriza al Ministerio de Educación a cubrir los pasajes y viáticos, exclusivamente para la participación y representación en eventos oficiales deportivos y científicos, encuentros y congresos educativos de:
a) Estudiantes que representen al Estado Plurinacional de Bolivia en eventos internacionales;
b) Representantes de organizaciones sociales, comunitarias, y padres y madres de familia;
c) Personalidades notables, científicos, académicos e investigadores de Bolivia y del Exterior, involucradas en el ámbito educativo.
El pago de pasajes y viáticos deberá ser efectuado con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Educación y reglamentado mediante Resolución Biministerial, emitida por la precitada entidad y el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.”
“V. Se autoriza al Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional, cubrir el costo de pasajes y viáticos de consultores por producto, exclusivamente para llevar adelante eventos de socialización de los Anteproyectos de Ley del Código Civil, Código de Comercio, Código Procesal Administrativo, Ley General del Trabajo y Código de Ejecución Penal, previa reglamentación aprobada mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional.”
SEGUNDA. Compleméntese el Artículo 19 de la Ley N° 317 de 11 de diciembre de 2012, con el Parágrafo VII, de acuerdo al siguiente texto:
“VII. Las Cuentas Municipales de Salud de las Entidades Territoriales Autónomas y las Cuentas habilitadas en el Banco Central de Bolivia de las Entidades Territoriales Autónomas y las Universidades Públicas, quedan exentas de la aplicación del débito automático.”
TERCERA. Se modifica el Parágrafo II del Artículo 11 de la Ley Nº 856 de 28 de noviembre de 2016, con el siguiente texto:
“II. Las entidades públicas que transfieran recursos públicos en efectivo y/o en especie a organizaciones económico-productivas, a organizaciones territoriales y a personas naturales, deberán aperturar en sus presupuestos institucionales, programas y actividades o proyectos, que permitan identificar el sector económico, localización geográfica, organización beneficiaria, personería jurídica y monto a transferir; mismo que deberá ser aprobado en su importe, uso y destino por la máxima instancia resolutiva de la entidad, mediante norma expresa.”
CUARTA. Se modifica el título del Parágrafo I y su numeral 1 del Anexo del Artículo 79 de la Ley N° 843 (Texto Ordenado vigente), con el siguiente texto:
“I. Productos gravados con alícuotas específicas o porcentuales.
1. Productos gravados con alícuotas específicas sobre unidad y porcentuales sobre su base imponible.

PRODUCTO
ALÍCUOTA DEL ICE
Alícuota específica Bs/unidad
Alícuota porcentual
Cigarrillos rubios
Bs139.- por
1.000 unidades
Cigarrillos negros
Bs74.- por
1.000 unidades
Cigarros (puros) (incluso despuntados) y cigarritos (puritos) que contengan tabaco
Bs139.- por
1.000 unidades
Los demás tabacos y sucedáneos del tabaco, elaborados; tabaco «homogeneizado» o «reconstituido»; extractos y jugos de tabaco
50%

Las alícuotas específicas de la Tabla 1 estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2018 y se actualizarán por la Administración Tributaria para cada gestión en base a la variación de la Unidad de Fomento de Vivienda – UFV ocurrida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de la gestión anterior.”
QUINTA. Se adiciona el Parágrafo IV al Artículo 157 de la Ley N° 393 de 21 de agosto de 2013, de Servicios Financieros, de acuerdo al siguiente texto:
“IV. El aumento de capital no podrá ser registrado como tal en las siguientes situaciones:
a) Cuando los aportantes se encuentran dentro de las incompatibilidades establecidas en el Artículo 153 y el Artículo 442 de la presente Ley.
b) Cuando a requerimiento de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero - ASFI la Entidad Financiera no informe respecto de las estructuras societarias de personas jurídicas aportantes hasta identificar a las personas naturales originadoras de las mismas.
c) Cuando no se pudiera identificar el origen y la legitimidad de los recursos.”
SEXTA. Se modifica el Parágrafo IV del Artículo 158 de la Ley N° 393 de 21 de agosto de 2013, de Servicios Financieros, con el siguiente texto:
“IV. La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero - ASFI está facultada para rechazar propuestas de transferencias de acciones, en los siguientes casos, debiendo ser objeto de traspaso de propiedad en situaciones en que la transferencia ya se encontrara efectuada:
a) Para evitar la formación de monopolios u oligopolios prohibidos por el Artículo 109 de la presente Ley o en el marco del control a la participación proporcional de las entidades establecida en el Artículo 110 de la presente Ley.
b) Cuando los accionistas o interesados se encuentren dentro de las incompatibilidades establecidas en el Artículo 153 y el Artículo 442 de la presente Ley.
c) Cuando a requerimiento de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero - ASFI la Entidad Financiera no informe respecto de las estructuras societarias de personas jurídicas accionistas o que tengan interés de ser parte de las mismas hasta identificar a las personas naturales originadoras de las mismas.
d) Cuando no se pudiera identificar el origen y la legitimidad de los recursos.”
SÉPTIMA. Se modifica el Parágrafo III del Artículo 28 de la Ley N° 065 de Pensiones, modificado por la Ley N° 317 de 11 de diciembre de 2012, del Presupuesto General del Estado – Gestión 2013, con el siguiente texto:
“III. La Compensación de Cotizaciones Mensual en curso de pago será actualizada anualmente en función a la variación anual de la Unidad de Fomento de Vivienda.”
OCTAVA. Se modifica el Artículo 6 de la Ley N° 3791 de 28 de noviembre de 2007, “Ley de la Renta Universal de Vejez (Renta Dignidad)”, quedando redactado con el siguiente texto:
“ Artículo 6. (ACTUALIZACIÓN DE LA BASE DE DATOS DE LOS BENEFICIARIOS DE LA RENTA UNIVERSAL DE VEJEZ Y GASTOS FUNERALES). La Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo es la entidad pública facultada y responsable de actualizar la información de la Base de Datos de Beneficiarios de la Renta Dignidad y Gastos Funerales, a ser transferida por la entidad reguladora de pensiones, debiendo controlar y precautelar la correcta administración y seguridad de la citada Base de Datos.”
NOVENA. Se modifica el Artículo 5 de la Ley N° 232 de 9 de abril de 2012, del Fondo para la Revolución Industrial Productiva (FINPRO), con el siguiente texto:
“ Artículo 5. (FINANCIAMIENTO, REEMBOLSO Y GARANTÍA).
I. El financiamiento otorgado en calidad de crédito por el FINPRO a los emprendimientos productivos, deberá ser reembolsado por las empresas públicas y/o sociedades comerciales con participación mayoritaria del Estado, entidades territoriales autónomas o las entidades públicas prestatarias a cargo de los emprendimientos productivos financiados salvo lo dispuesto en el Parágrafo II del presente Artículo.
II. Los recursos no reembolsables establecidos en el Parágrafo I del Artículo 6 de la presente norma, así como los rendimientos, podrán ser otorgados o consolidados en calidad de aporte de capital a nombre del TGN a las empresas públicas beneficiarias del FINPRO. El aporte de capital no deberá superar el cincuenta por ciento (50%) del financiamiento autorizado, con cargo a los recursos antes señalados. El porcentaje del aporte y las condiciones del mismo serán definidos por Decreto Supremo específico.
III. Para la cobertura del riesgo crediticio, las empresas y entidades prestatarias, en función de sus flujos de caja, deberán crear reservas destinadas a la amortización del financiamiento recibido.”
DÉCIMA. Se modifica el Parágrafo II del Artículo 7 de la Ley N° 232 de 9 de abril de 2012, del Fondo para la Revolución Industrial Productiva (FINPRO), quedando redactado de la siguiente forma:
“II. El fideicomiso del FINPRO será administrado por un fiduciario designado mediante Decreto Supremo, en el marco del Contrato de Constitución del Fideicomiso propuesto por la entidad fiduciaria y aprobada por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, donde se establecerán las obligaciones, prohibiciones y responsabilidades del Fiduciario. Las funciones encomendadas a la entidad financiera fiduciaria, incluirán la representación legal del FINPRO. El fiduciario designado administrará el fideicomiso del FINPRO.”
DÉCIMA PRIMERA. Se incorporan las Disposiciones Adicionales Primera y Segunda a la Ley N° 232 de 9 de abril de 2012, del Fondo para la Revolución Industrial Productiva (FINPRO), con el siguiente texto:
“ DISPOSICIONES ADICIONALES
PRIMERA.
I. Para garantizar el crédito previsto en el Parágrafo III del Artículo 2 de la presente Ley, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Publicas, a través del Tesoro General de la Nación, emitir y otorgar un Bono del Tesoro No Negociable por $us600.000.000.- (Seiscientos Millones 00/100 Dólares Estadounidenses) a favor del Banco Central de Bolivia.
II. A los efectos del Parágrafo precedente, quedan sin efecto ni valor alguno los Bonos del Tesoro No Negociables otorgados por el Tesoro General de la Nación para garantizar el financiamiento de empresas y entidades prestatarias del FINPRO.
SEGUNDA. Se autoriza al Banco Central de Bolivia, Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, Banco de Desarrollo Productivo y entidades beneficiarias, realizar las modificaciones necesarias a los contratos, reglamentos y suscribir las adendas, cuando corresponda.”
DÉCIMA SEGUNDA. Se incorpora el Parágrafo IV en la Disposición Adicional Quinta de la Ley Nº 466 de 26 de diciembre de 2013, de la Empresa Pública, con la siguiente redacción:
“IV. Las nuevas empresas públicas que se creen en el marco de la Ley Nº 466, se sujetarán al estatuto del funcionario público y se mantendrán bajo esa regulación hasta que soliciten al COSEEP el ingreso a la Ley General del Trabajo, sujeto a evaluaciones técnico económicas determinadas por el COSEEP que aseguren su sostenibilidad en el tiempo.”
DÉCIMA TERCERA. Se modifica el Artículo 67 de la Ley N° 164 de 8 de agosto de 2011, “Ley General de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación”, modificada por la Ley N° 975 de 13 de Septiembre de 2017, con la siguiente redacción:
“ Artículo 67. (EJECUCIÓN).
I. La ejecución del Programa Nacional de Telecomunicaciones de Inclusión Social - PRONTIS, estará a cargo de la Unidad de Ejecución de Proyectos del PRONTIS, la cual del total de las recaudaciones de la gestión, deducirá hasta el 0.5% para su funcionamiento.
Del importe restante, se autoriza al Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, suscribir contratos de hasta un 75% con la Empresa Nacional de Telecomunicaciones - ENTEL S.A. para la ejecución de proyectos de instalación de comunicaciones por fibra óptica, radio bases y dotación de servicio de internet para Unidades Educativas; si la empresa no pudiese ejecutar los proyectos de telecomunicaciones señalados, el Ministerio podrá licitar los proyectos entre los operadores de servicios establecidos en el país.
El 5% será transferido al Ministerio de Salud, para gastos de funcionamiento de telecentros de salud a nivel nacional, en el marco de la política de Salud Familiar Comunitaria Intercultural - SAFCI.
El 20% restante será transferido al Ministerio de Comunicación, para proyectos de inclusión social, del cual se destinará hasta un 75% para Bolivia TV, Patria Nueva y Red de Radios de los Pueblos Indígenas Originarios, y hasta 25% a TV Culturas y Radio Culturas del Ministerio de Culturas y Turismo.
II. Se autoriza a las entidades beneficiarias de los recursos del Programa Nacional de Telecomunicaciones de Inclusión Social - PRONTIS, dependiente del Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, destinar hasta un 20% de los recursos que perciban, para gastos de mantenimiento y operaciones. Asimismo, los costos del servicio de internet provisto en las Unidades Educativas con recursos del PRONTIS, serán cubiertos por el mismo Programa por un año a partir del inicio de la provisión del servicio.”
DÉCIMA CUARTA. Se incorpora la Disposición Transitoria Décima Segunda a la Ley N° 466 de 26 de diciembre de 2013, de la Empresa Pública, bajo el siguiente texto:
“ DÉCIMA SEGUNDA. En tanto se produzca la migración al nuevo régimen legal de la Empresa Pública, se designará a un servidor público o funcionario público como responsable de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción, de acuerdo a normativa vigente para el efecto.”
DÉCIMA QUINTA. Se modifica el Artículo 51 de la Ley N° 1990 de 28 de julio de 1999, General de Aduanas, según el siguiente texto:
“ Artículo 51. Las Agencias Despachantes de Aduana podrán constituirse bajo cualquiera de las formas jurídicas reconocidas por el Código de Comercio, a objeto de desarrollar servicios relacionados con el despacho de mercancías. No obstante, sólo el o los despachantes autorizados y matriculados actuarán como tal ante la Aduana. El representante legal de la sociedad, debe ser despachante de aduanas.
Para constituir una Agencia Despachante de Aduana, el capital social mínimo será pagado en moneda nacional equivalente a Veinte Mil Unidades de Fomento a la Vivienda (20.000 UFV’s).
El objeto social de la Agencia Despachante de Aduana es la realización de despachos aduaneros y gestiones inherentes a operaciones de comercio exterior.”
DÉCIMA SEXTA. Se modifica el Artículo 26 de la Ley N° 843 (Texto Ordenado vigente), quedando redactado con el siguiente texto:
“ Artículo 26.
I. Los sujetos pasivos que perciben ingresos en relación de dependencia, en cada periodo fiscal, podrán deducir, en concepto de mínimo no imponible el monto equivalente a dos salarios mínimos nacionales.
II. Los sujetos pasivos que perciben ingresos en calidad de dependientes del cuerpo diplomático y consular de Bolivia en el exterior, adicionalmente a lo dispuesto en el Parágrafo precedente y el Artículo 25 de la presente Ley, deducirán en concepto de mínimo no imponible, el importe equivalente al 50% después de las deducciones de Ley.”
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
ÚNICA. Se autoriza al Comité Organizador de los XI Juegos Suramericanos Cochabamba 2018 – CODESUR, a cubrir la alimentación, hospedaje, transporte, pasajes aéreos y/o terrestres, seguros de:
a) Delegaciones de atletas, nacionales e internacionales; dentro el territorio boliviano.
b) Delegados de Confederaciones, Comité Ejecutivo ODESUR, Comités Técnicos y Comités Médicos, Jueces, Inspectores de Deporte, Invitados Especiales, Representantes de Comités Olímpicos, Representantes Internacionales, Oficiales de Control de Dopaje, Oficiales Técnicos, nacionales e internacionales.
c) Especialistas y otros relacionados en la organización y realización de Eventos Deportivos, nacionales e internacionales.
DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA. Las disposiciones contenidas en la presente Ley, se adecúan de manera automática, en cuanto sean aplicables, a la nueva estructura organizacional y definición de entidades del sector público, emergente de la Constitución Política del Estado y demás disposiciones legales.
SEGUNDA. Se incluye en el alcance del inciso c) del Parágrafo IV del Artículo 5 y del Parágrafo X del Artículo 6, de la Ley Nº 856 de 28 de noviembre de 2016, del Presupuesto General del Estado - Gestión 2017, a la Escuela de Altos Estudios Nacionales dependiente del Ministerio de Defensa, así como al Centro de Entrenamiento de Aeronáutica Civil de la Empresa Pública Nacional Estratégica Boliviana de Aviación – BoA.
TERCERA. Las prerrogativas y ventajas obtenidas por los Gobiernos Autónomos Departamentales en materia presupuestaria, serán aplicables a los Gobiernos Autónomos Regionales según las competencias conferidas.
CUARTA. Quedan vigentes para su aplicación:
a) Artículo 10 de la Ley Nº 3302 de 16 de diciembre de 2005.
b) Artículos 7, 13, 14, 17, 22, 23, 24, 28, 42, 43, 46, 50, 53, 56 y 62 de la Ley del Presupuesto General del Estado 2010.
c) Artículos 6, 11 y 13 de la Ley N° 050 de 9 de octubre de 2010.
d) Artículos 5, 8, 9, 10, 11, 18, 22, 25, 26, 27, 33 y 40 de la Ley N° 062 de 28 de noviembre de 2010.
e) Disposición Adicional Primera de la Ley N° 111 de 7 de mayo de 2011.
f) Artículo 13 de la Ley N° 169 de 9 de septiembre de 2011.
g) Artículos 4, 5, 8, 18, 24, 30 y Disposición Transitoria Primera de la Ley N° 211 de 23 de diciembre de 2011.
h) Disposición Adicional Segunda de la Ley N° 233 de 13 de abril de 2012.
i) Artículos 6, 10 y Disposiciones Adicionales Primera, Cuarta y Décima Tercera de la Ley N° 291 de 22 de septiembre de 2012.
j) Artículos 5, 7, 9, 10, 11, 12, 13, 15, 16, 17, 19 y Disposiciones Adicionales Segunda y Tercera de la Ley N° 317 de 11 de diciembre de 2012.
k) Artículos 4, 10, 15, 16, 18, 19, 20 y 21 de la Ley N° 396 de 26 de agosto de 2013.
l) Artículos 7, 9, 11, 12, 17, Disposición Adicional Novena y Disposición Transitoria Segunda de la Ley N° 455 de 11 de diciembre de 2013.
m) Artículos 6, 7 y 10 de la Ley N° 550 de 21 de julio de 2014.
n) Artículos 6, 7, 8, 9, 10, 12, 15, 17 y Disposiciones Adicionales Segunda y Sexta de la Ley N° 614 de 13 de diciembre de 2014.
o) Artículos 4, 7 y 8 de la Ley N° 742 de 30 de septiembre de 2015.
p) Artículos 5, 7, 10 y 11 de la Ley Nº 769 de 17 de diciembre de 2015.
q) Artículos 5, 6, 11, 12 y Disposición Adicional Cuarta de la Ley Nº 840 de 27 de septiembre de 2016.
r) Artículos 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 14, 15, 16, 18 y Disposición Final Segunda de la Ley N° 856 de 28 de noviembre de 2016.
s) Artículos 4, 8, 9, 10, 11, 12, 13 y Disposiciones Transitorias Primera y Segunda de la Ley N° 975 de 13 de septiembre de 2017.
QUINTA. El Órgano Ejecutivo mediante Decreto Supremo, reglamentará la presente Ley.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA Y ABROGATORIA
ÚNICA. Se derogan y abrogan todas las disposiciones de igual o inferior jerarquía normativa, contrarias a la presente Ley.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete.
Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Romina Guadalupe Pérez Ramos, Patricia M. Gomez Andrade, María Argene Simoni Cuellar, Sebastián Texeira Rojas, Ginna María Torrez Saracho.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete.

FDO. EVO MORALES AYMA, René Martínez Callahuanca, Mariana Prado Noya, Mario Alberto Guillén Suárez.

13 noviembre 2018

Tercera emisión de ‘bonos verdes’ CAF por USD 50 millones

CAF aumenta el monto de recursos de inversionistas hacia el financiamiento de proyectos con alto impacto ambiental en América Latina.

(Caracas, 13 de noviembre de 2018). CAF –banco de desarrollo de América Latina- completó la tercera emisión bajo su ‘Programa de Bonos Verdes’, por un monto de USD 50 millones con un plazo de 5 años y un cupón de 3.73%. UBS fue el banco encargado de gestionar esta operación.

“Nos complace reafirmar el apoyo de los inversionistas a los ‘Bonos Verdes’ de CAF porque nos permitirá canalizar más recursos para el financiamiento de proyectos con alto impacto ambiental dentro de la región”, aseguró Luis Carranza, presidente ejecutivo de la institución.
En lo corrido del año, CAF acumula tres emisiones de ‘Bonos Verdes’ por un total de USD 130 millones, provenientes de inversionistas con mandato de invertir en este tipo de productos.
En su gestión, CAF incorpora transversalmente la sostenibilidad ambiental y el cambio climático en la región mediante programas, proyectos y acciones que promueven la transformación productiva sostenible y la infraestructura verde en los países accionistas. De igual manera, la institución dirige esfuerzos a la identificación y estructuración de proyectos y programas para los fondos verdes internacionales.




Felaban reconoce a boliviano Julio León Prado entre destacados banqueros de Latinoamérica

Durante la 52ava Asamblea de la Federación Latinoamericana de Bancos (FELABAN), realizada en República Dominicana, el boliviano Ing. Julio León Prado - Presidente del Directorio de Banco BISA- fue reconocido entre tres destacados banqueros de la región, por ser un ejemplo de perseverancia y por su dedicación, liderazgo, sabiduría y compromiso con el sector financiero y empresarial de Bolivia.

El homenaje al ícono empresarial y bancario del país fue realizado en el evento internacional más importante del sector, que reúne anualmente a más de 1.600 banqueros de todo el mundo, por iniciativa del Consejo de Gobernadores y la Secretaría General de FELABAN, explicó Giorgio Trettenero, Secretario General de FELABAN.

El Ing. Julio León Prado, nacido en Cochabamba, es protagonista activo y notable del mundo empresarial y del progreso de Bolivia. Fue fundador e inversionista de distintas entidades financieras locales siendo actualmente la cabeza del Grupo Financiero BISA S.A., uno de los más grandes del país.

Mucho antes de su ingreso al negocio bancario en 1970, ya contaba con una vasta experiencia como empresario, habiendo desarrollado importantes emprendimientos en la región y en el país, y era reconocido por sus logros obtenidos en los sectores de construcción, hidroeléctrico y agropecuario.

Recientemente, en agosto del presente año también fue condecorado por la Asociación de Bancos Privados de Bolivia (ASOBAN), como ícono empresarial boliviano, por su destacada trayectoria -de medio siglo- y su valioso aporte al desarrollo del sistema bancario boliviano y al propio país, a través de la generación de oportunidades, empleo y bienestar para la población.

Anteriormente, fue galardonado por la Confederación de Empresarios Privados de Bolivia (CEPB) con la medalla al mérito empresarial con el grado de “Empresario Destacado”. La Universidad Privada Boliviana (UPB) le otorgó la Medalla Rectoral “Universitas Gratia”, conferida a personalidades que contribuyen notablemente a la excelencia académica, asimismo le puso su nombre a su campus de Cochabamba.


12 noviembre 2018

Exitosa carrera 5K “De Corazón” por los niños del Centro Puntiti

Alrededor de 1200 personas, entre niños, jóvenes, adultos, corredores, organizadores y voluntarios participaron de la Carrera Pedestre 5K de Corazón. Una vez más la población acudió a la convocatoria y demostró su respaldo y solidaridad con los niños, niñas y adolescentes del Centro Terapéutico Puntiti que padecen de parálisis cerebral y que se encuentran a la espera de fondos para la construcción de un centro de estimulación temprana donde puedan recibir mayor calidad y calidez en la atención.

“Más que una competencia fue una jornada de entretenimiento familiar donde los corredores disfrutaron de clases de calistenia, zumba, buena música y, al mismo tiempo, se informaron sobre la situación que viven los pequeños pacientes del Centro Puntiti”, dijo Juan Pablo Ruiz, gerente de Banco BISA Cochabamba.

La 5K de Corazón es una de las varias actividades programadas por la Fundación Telemaraton Cochabamba, ATB, Banco BISA y las empresas del Grupo Financiero BISA, BISA Seguros y La Vitalicia, aliados estratégicos y co organizadores de esta tradicional cruzada.

“El compromiso y esfuerzo conjunto, el trabajo voluntario y desinteresado de todos quienes componemos estas instituciones y, sobre todo, la solidaridad y la identificación que tiene la población con las causas de la Telemaraton Bolivia Solidaria, hacen que estas actividades siempre sean exitosas con la recaudación. Agradecemos profundamente a la ciudadanía que nos acompañó y aportó económicamente”, agregó el gerente de Banco BISA.

Los fondos recaudados en la carrera serán entregados en la gran jornada de la Telemaraton Bolivia Solidaria que se llevará a cabo el 24 de noviembre, día en que se darán a conocer las donaciones de las empresas e instituciones, así como también la población podrá acudir a dar su aporte. Los organizadores de la Telemaraton prometen muchas horas de entretenimiento, diversión, buena música y más.

El Centro Terapéutico Puntiti de Cochabamba atiende a más de 80 pequeños y adolescentes con parálisis cerebral, quienes, en muchos casos, han sido abandonados por sus familias, y es la institución a la cual este año se destinarán los fondos que se recauden en la 27 versión de la tradicional Telemaraton Cochabamba “Bolivia Solidaria”.

Banco BISA cumple 10 años como aliado estratégico y coorganizador de Telemaratón Cochabamba Bolivia Solidaria. Alrededor de 300 ejecutivos y funcionarios voluntarios de la entidad financiera están organizados en comisiones de trabajo y participan activamente de las diferentes actividades programadas por el Banco, acciones que en años anteriores han reportado importantes donaciones.


Banco BISA financia proyecto de uso de energía solar en Centro Metro Parada Juvenil de El Alto

Como impulsores de la Banca sostenible en Bolivia, que incentiva a una sociedad más consciente con el cuidado del medio ambiente, Banco BISA financia el proyecto de instalación de paneles solares que anualmente permitirá el ahorro de un 37% de energía eléctrica en el Centro Metro Parada Juvenil “Santa Isabel” de la ciudad de El Alto. “La concientización es parte fundamental por lo que el programa también tiene un componente educativo sobre el uso de energías renovables como la solar, dirigido a los más de 300 niños y jóvenes que atiende Metro Parada”, señaló Franco Urquidi, vicepresidente de Negocios de la entidad financiera.

Los paneles solares son módulos capaces de aprovechar la energía de la radiación solar. Banco BISA hizo posible la instalación de paneles fotovoltaicos de tecnología cristalina y micro inversores, con una potencia instalada de 500 Wp y una generación de 1.186 kWh, que logrará el ahorro de un 37% de la energía eléctrica que al año se consume en el Centro Metro Parada Juvenil; además permitirá un ahorro económico a esa institución comunal que se sostiene con financiamiento externo y que es una iniciativa de I3 Impacto Social.

Banco BISA fue la primera institución financiera que en 2010 asumió el reto de medir su huella de carbono. A partir de los resultados, diseñó un plan estratégico e integral dentro de su Programa de Responsabilidad Social Empresarial, denominado Programa de Conciencia Ambiental, el cual se fundamenta en tres pilares: medición, concientización y compensación. A partir de estos lineamientos, la entidad ejecuta diferentes actividades de protección del medio ambiente, así como educación y sensibilización entre sus públicos internos y externos.

“Gracias a esta visión integral y sostenida, en los últimos ocho años hemos alcanzado resultados tangibles como, por ejemplo, la plantación y mantenimiento de 1000 arbolitos en la ciudad de La Paz con el programa Pulmón BISA; el ahorro en el consumo de agua, energía eléctrica y reciclado de papel y cartón con el concurso interno Guardianes del Planeta; y el nuevo proyecto de instalación de paneles solares en los principales edificios que, cabe mencionar, algunos de ellos son edificaciones ecológicas. Nuestro compromiso es serio y responsable con la protección del medio ambiente porque destinamos una importante inversión económica y de tiempo”, dijo Urquidi.

Banco BISA instaló en el Centro Metro Parada Juvenil seis paneles fotovoltaicos Kyocera de 85W, así como dos micro inversores Power one. La energía solar fotovoltaica es la transformación directa de la radiación solar en electricidad que se produce en dispositivos denominados paneles fotovoltaicos.
De igual manera, los más de 300 niñas, niños, adolescentes y jóvenes que asisten a Metro Parada Juvenil Santa Isabel serán concientizados sobre la importancia de la protección del medio ambiente, sobre los beneficios del sol, de la energía solar y cómo se la puede aprovechar para lograr un impacto positivo en el ecosistema.

Metro Parada Juvenil es una iniciativa de i3 Impacto Social que invierte e implementa emprendimientos con innovación con el fin de mejorar la calidad de vida de comunidades en desventaja socio-económica. Metro Parada Juvenil son centros juveniles con una amplia oferta de actividades deportivas, culturales, académicas que tienen el objetivo de atender las necesidades y ocupar el tiempo libre de escolares y estudiantes y apoyarlos en su formación como buenos ciudadanos.

En cinco años de vida, Metro Parada Juvenil ha brindado atención a un promedio de 10 mil niños y jóvenes de barrios de la ciudad de El Alto como Nuevos Horizontes, San Roque, Senkata, Villa Adela, Satelite, Villa Dolores y Río Seco.//////




10 noviembre 2018

A costa de reservas BCB satisface demanda

El gerente de Operaciones Internacionales del Banco Central de Bolivia (BCB), David Espinoza, aseguró el viernes que el ente emisor ofrece cada día a la banca alrededor de 100 millones de dólares para vender, lo que garantiza la provisión de la moneda estadounidense en el mercado.

“Cada día ofrecemos a la banca 100 millones de dólares y estos cuatro días la banca ha venido y ha comprado de forma totalmente normal, y se le ha provisto de todos los dólares que requiere el sistema financiero para distribuir al público”, dijo a una emisora local.

Sin embargo analistas señalaron que la oferta de divisas se realiza a costa de la disminución de reservas internacionales. En cuatro años el BCB perdió algo más de 6.400 millones de dólares en activos internacionales.

09 noviembre 2018

Algunas casas de cambio cancelaron venta de dólares

A menos de una semana que se hiciera pública la resolución del Banco Central de Bolivia (BCB), de suspender la venta de dólares en sus ventanillas en la sede de Gobierno, algunas casas de cambio retiraron de su oferta los billetes de la moneda estadounidense, mientras que las entidades del sistema financiero privado mantienen la compra y venta del dólar, pero con más de diez puntos de diferencia en el tipo de cambio respecto de su valor oficial.

En un recorrido por la avenida Camacho de la capital, pudo evidenciarse que la Casa de Cambios Metrópoli, ubicada en la calle Colón, casi avenida Camacho, en pleno centro paceño, no hay dólares para la venta. En el recinto no se dio fecha hasta cuándo habrá “escasez” de la divisa estadounidense. “Eso depende de la oferta y la demanda”, expuso uno de los cajeros, informó ANF.

Sin embargo, en dicha Casa de Cambios no se objetó la posibilidad de sacar una fotografía a una pizarra de cotizaciones, donde se señala que el dólar a la venta está en 6,97 bolivianos, mientras que para la compra está en 6,95 bolivianos; el euro en 8,02 la compra y 8,10 la venta, y así sucesivamente on otras monedas.

Situación similar ocurrió en la Casa de Cambios América, ubicada en la misma avenida, donde se concentra la actividad financiera de la ciudad, pero ayer no había dólares para la venta. En el lugar se dijo que simplemente no se sabe cuándo volverá a comercializarse la moneda de Estados Unidos, constituida en la divisa extranjera más requerida en el país. “No podemos decir qué día habrá dólares”, dijo escuetamente uno de los empleados.

Consultado sobre esta situación, Marco Antonio Gandarillas, del Centro de Documentación Bolivia (Cedib), de Cochabamba, manifestó que “las casas de cambio no es que no tengan divisas, sino que están ocultando las mismas y esperan ver si pasa algo malo”.

El presidente del Banco Central, Pablo Ramos, dijo el pasado domingo que se trataba de una “medida administrativa” y desestimó de manera radical ajustes en la economía y menos una devaluación del tipo de cambio. Gandarillas, de su parte, enfatizó que la reducción en la oferta de la divisas también está explicando la poca confianza que tiene la gente en las autoridades monetarias.

BANCOS

En el Banco Nacional de Bolivia (BNB) hay dólares tanto para la compra como para la venta, sin embargo, entre una y otra operación hay más de diez puntos de diferencia. El dólar para la venta puede transarse en una franja de 6,97 bolivianos, mientras que para la compra está en 6,85 bolivianos, es decir 12 puntos de diferencial, que en lenguaje financiero se señala como margen.

Las librecambistas que operan en la plaza del Obelisco afirmaron contar con dólares para la compra y la venta. Ofrecen a 6,87 bolivianos para la compra y Bs 6,98 para la venta, de modo que varía unos puntos entre una y otra, como ocurre habitualmente en la actividad cambiaria. Sin embargo, dicho lugar no ofrece garantías a los clientes, que en muchas ocasiones se han visto estafados en las operaciones cambiarias, al habérseles entregado billetes falsificados.

Las librecambistas cuentan con permiso de la Alcaldía, pero no es un sector del todo regulado, pues los ciudadanos nacionales y/o extranjeros que son víctimas de engaños no tienen garantías en sus operaciones, que se realizan en la acera del Club de La Paz.

MERCADO PARALELO

El analista económico Daniel Atahuichi afirmó ayer que ante la restricción de la venta de dólares puede darse un fenómeno, pues los ciudadanos como agentes económicos generan expectativas. “Cuando el BCB está generando expectativas en los agentes económicos, en los ciudadanos, lo que está haciendo es fomentar el mercado paralelo (del dólar)”, señaló.

Agregó que cuando se dio la hiperinflación con más del 25.000 %, en los años 60, el bolsín se encargó de regular el mercado de la divisa-dólar y fue positivo, se logró controlar la hiperinflación. “Hoy tenemos el instrumento de las Operaciones de Mercado Abierto (OMA), que fomenta la bolivianización”.

Con la política monetaria de la “bolivianización”, alertó Atahuichi, el Estado desincentiva las transacciones comerciales con la moneda dólar, desincentiva su demanda y aprieta la máquina de la regulación, a través de la contracción de dólares.

Su colega José Gabriel Espinoza señaló que la determinación del Instituto Emisor no contribuyó a mejorar la gestión del BCB, por registrar operaciones marginales en la venta de la divisa, pero que tal medida fue una “metida de pata”, porque genera expectativas en la población, siendo este asunto más importante que el haber cerrado ventanillas.

El Gobierno quiere duplicar el padrón del Régimen Simplificado


CAMBIOS


El Gobierno subió el capital máximo de los contribuyentes del Régimen Tributario Simplificado de 37.000 a 60.000 bolivianos.

El número de pequeños contribuyentes alcanza en la actualidad a un poco más de 91.700. La administración del presidente Evo Morales busca que esa cifra se duplique con la ayuda de un decreto que sube el techo mínimo del capital del sector y los sindicatos de gremiales; la Fundación Milenio advierte que el efecto será contrario

El Gobierno se ha fijado el objetivo de duplicar el padrón de contribuyentes del Régimen Tributario Simplificado (RTS) y hacerlo en menos de un año.

Para ello, se valerá del Decreto Supremo (DS) 3698, que sube el capital máximo de los pequeños contribuyentes. ¿Funcionará o provocará más informalidad y pérdidas para el Estado?

“Sí, va a funcionar”


Se han cambiado algunas reglas. Subió el capital máximo de los contribuyentes del sector –de 37.000 a 60.000 bolivianos– y el techo de las ventas anuales –de 136 mil a 184 mil bolivianos–.

Así lo dejó establecido el DS 3698 de Modificación al Régimen Tributario Simplificado. El presidente Evo Morales lo promulgó el pasado 25 de octubre, por lo que ya está vigente.

¿Quiénes entran en este sector? Los mismos de siempre: los comerciantes minoristas, los artesanos y los vivanderos. Es decir, los contribuyentes de esos sectores cuyo capital máximo y ventas anuales no excedan los 60.000 y los 184 mil bolivianos, respectivamente.

¿Cuál es el objetivo de los cambios? “Lo que se busca es fortalecer el padrón nacional de contribuyentes”, según el director general de Estudios Tributarios del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, José Siñani. “Es decir, abarcar a muchos más contribuyentes y visibilizarlos, precisamente, para que puedan efectuar su aporte al Estado”.

De acuerdo con datos del Gobierno, el padrón nacional superó los 400 mil contribuyentes en diciembre de 2017. En ese entonces, los del RTS representaban el 19.2% del total. Su peso en la torta de recaudaciones no llegaba al 1%; exactamente era de 0.055%.

En 2017, las recaudaciones tributarias superaron los Bs 53,7 millones y las del RTS, los Bs 29,7 millones.

CAPITALES consultó a Siñani cuántos contribuyentes están inscritos en este último régimen. Y esta fue su respuesta: “Tenemos 91.779, a septiembre de la gestión 2018, y lo que se buscaría es, en la primera etapa, duplicar este nivel de contribuyentes”.

¿Y eso en cuánto tiempo?, repreguntó este suplemento. “La expectativa que tenemos es que podamos completarlo en menos de un año”, contestó.

¿Cómo piensa lograrlo?

“Este régimen puede incorporar a muchos más contribuyentes. Eso es lo que estamos buscando: formalizar a estos contribuyentes”, explicó Siñani.

En otras palabras, el Gobierno planea incorporar al padrón a aquellos que no están aportando al Estado y que están operando de manera informal.

“Lo que queremos es que se inscriban, aporten y generen una cultura de pago. Y, en la medida que su emprendimiento crezca, pasen al Régimen General (de Tributación), cuando corresponda”, aclaró la autoridad.

CAPITALES conoció que el Gobierno, antes de promulgar la nueva norma, llegó a un acuerdo en ese sentido con una parte de los sindicatos de gremiales del país.

“Se va a trabajar de manera conjunta con la Confederación Nacional de Gremiales para que se pueda identificar a los grandes comerciantes, a los grandes evasores, que se estarían queriendo escudar o beneficiar, de manera ilegal, del Régimen Tributario Simplificado. Entonces, es un gran avance para el gremial que está trabajando en la calle, el artesano que está en su taller… Queremos que se pueda identificar y se pueda denunciar, ante el Servicio Nacional de Impuestos, a aquellos comerciantes mayoristas, con grandes movimientos económicos, para que puedan ser expulsados (del Régimen Simplificado) y (para que la nueva norma) beneficie únicamente a los pequeños contribuyentes”, se explayó Siñani.

¿El contribuyente que ya esté inscrito en el Régimen General y que tenga un capital de 60.000 bolivianos podrá pasarse al Régimen Simplificado?, le preguntamos. “Se tiene que evaluar si corresponde el cambio de régimen”, respondió. Si pasa, el “efecto va a ser mínimo”.

¿No va a perder el Estado? “No”, enfatizó él, “todo lo contrario”. E insistió que “lo que se busca, precisamente, es ampliar el universo de contribuyentes con nuevos contribuyentes, (con los) que están agremiados, que aperan de manera informal”.

“No, no va funcionar”

La Fundación Milenio, una organización privada sin fines de lucro que tiene por objetivo “contribuir a desentrañar los problemas económicos, sociales, políticos e institucionales del país”, cree que el efecto será negativo para los intereses del país.

En su documento titulado “Ensanchamiento del régimen tributario simplificado”, que analiza la decisión del Gobierno de ampliar el máximo de capital del RTS, observa que todos los que deberían estar tributando en el Régimen General “ahora tienen la oportunidad de acomodarse” en el Régimen Simplificado.

Esto, según su criterio, provocará, gracias a la “generosidad gubernamental”, que los informales “encuentren el mecanismo legal para evadir el pago correcto de impuestos, declarando fracciones pequeñas de los volúmenes reales de sus negocios”.

“Es difícil encontrar una justificación técnica razonable al decreto gubernamental. Por el contrario, y puesto que esta medida lo que hace es facilitar que muchos más contribuyentes migren al Régimen Simplificado, cambiando de razón social o con otros subterfugios, el resultado final que se puede anticipar es, más bien, una merma en la recaudación del Régimen General (IVA, en particular)”, concluye la organización.

Además, aquellos que migren al Régimen Simplificado “no solo que no emitirán factura, sino que tampoco exigirán factura a sus proveedores”.

“Consiguientemente, se debilita mucho más el mecanismo de control de la cadena del IVA (Impuesto al Valor Agregado), y, con ello, se afecta a toda la recaudación. Desde el lado del consumidor, un universo más grande de personas se verá privado de exigir facturas, lo cual es otra forma de deterioro de la cadena control del IVA”, explica la Fundación Milenio.

Lo que el país necesita, en criterio de la organización, es una reforma tributaria. Actualmente, según sus datos, el 1% de los contribuyentes soporta el 80% de las recaudaciones. Por eso mismo, “urge” ampliar la base de contribuyentes y “revertir” el fenómeno de la informalidad, sentencia Milenio.

¿Cómo están las cosas en la calle?

“En realidad, hay tres confederaciones (de gremiales) en Bolivia. Una de ellas protege a los grandes mayoristas”, indica el secretario general de la Confederación Nacional de Gremiales de Bolivia y exdirigente de la Federación Única de Trabajadores por Cuenta Propia y Comerciantes Minoristas de Chuquisaca, Roberto Portugal.

Incluso, hay afiliados con hasta Bs 1 millón de capital, agrega. “En Cochabamba, Oruro, La Paz, Santa Cruz, por ejemplo, (los comerciantes) tienen sus puestos, pero (al mismo tiempo) tienen sus depósitos (…). En otras palabras, se protegen, se esconden”.

Los sindicados de gremiales pretendían que el Gobierno fijara en Bs 120 mil el capital máximo de los contribuyentes del RTS. Después de trabajar en el tema desde febrero, y tras un duro debate, el Gobierno aceptó subir ese techo solo hasta los Bs 60.000. Les dijeron que el Estado iba a perder mucho si se superaba esa cifra.

“El capital de hace diez años, hoy, no es el mismo”, argumenta Portugal al explicar por qué el sector pidió subir el techo del capital. “Antes, con Bs 100 podías comprar todo. Ahora, no”.

La organización a la que pertenece Portugal aceptó la decisión del Gobierno. En La Paz, sin embargo, hubo sindicatos de gremiales que se negaron. ¿La razón? Allí hay grandes comerciantes que no tributan, tienen puestos que miden 1,50 metros por 1,50 metros pero, al mismo tiempo, grandes depósitos donde esconden su mercancía.

“Hasta las empresas se esconden, es un tema muy delicado. No hay una ley específica para obligar (a tributar), no hay. Hay mucha gente que se esconde, que se protege. La confederación (que rechazó el acuerdo) tiene grandes importadores. Su propuesta fue (subir el capital) hasta los Bs 180 mil”, agrega.

¿Es beneficiosa la nueva para los comerciantes minoristas? “Los pequeños comerciantes minoristas se benefician, no van a tener esa susceptibilidad de que, una vez que te inscribas, te van a pasar al (Régimen) General. De los comerciantes de Sucre, Potosí, Tarija, esa es la preocupación. ‘Una vez inscrito al (Régimen) Simplificado, al año te van a subir al General’. No, no es así”, afirma el dirigente. “Nos han dicho que ellos (el Gobierno) tienen que hacer un trabajo de fiscalización desde enero. Yo, como dirigente, entiendo, si no tengo ese capital (más de Bs 60.000), no tengo por qué esconderme (…). Yo, por ejemplo, vendo fruta. Cargo con 8.000 o 10.000 (bolivianos). No tengo por qué tener miedo. Si hay gente que sí, quiere decir que su capital es un poco más”.

Portugal dice que, en el caso de Sucre, en su federación, entre los vendedores de la calle, no hay comerciantes con grandes capitales. Aunque… “En Sucre he podido identificar, por ejemplo, cuatro, cinco mayoristas que están metidos con los minoristas. Yo les dije de frente: a ellos no vamos a defender. Si tienen que pagar, tienen que pagar”.

"Es una medida que va en contrarruta de una tributación inclusiva"

Difícilmente se puede encontrar una justificación técnica razonable al decreto gubernamental. Por el contrario, es inevitable la impresión de otra media parche, desprovista de razón económica y motivada por imperativos políticos y electorales. Al presente, el 1% de contribuyentes soporta el 80% de la recaudación. Alrededor de 5.000 empresas están clasificadas como PRICO (principales contribuyentes) y GRACO (grandes contribuyentes), y son las que verdaderamente soportan el grueso del ingreso fiscal. De ahí por qué es fundamental ampliar la base de contribuyentes, revirtiendo el fenómeno de la informalidad.

Lo primero es simplificar la gestión del Régimen General. Los riesgos de fiscalización, la acumulación de deudas, debido a la norma que extendió el plazo para la prescripción, la elevada tasa de interés aplicada a la deuda en UFV, la arbitrariedad a la hora de la calificación del crédito fiscal, etc., configuran el fenómeno económico conocido como costos de transacción, que importan un riesgo alto de penalidades.

Por si fuera poco, el cumplimiento de los procesos administrativos está fuera del alcance de muchas empresas, particularmente de las PyMEs. Desde ya, necesitarían de un contador con dedicación exclusiva.

La expectativa de que la ampliación del Régimen Simplificado pueda formalizar a los comerciantes no empadronados y alentar la cultura impositiva, carece de asidero. Si bien los costos tributarios son relevantes en la decisión de buscar refugio en la informalidad, es claro que hay otros componentes de igual o mayor peso, como los costos laborales, acrecentados en el último tiempo por los fuertes incrementos salariales y beneficios adicionales como el doble aguinaldo.

Henry Oporto

Director de la Fundación Milenio, sociólogo, investigador y ensayista



El "perdonazo" busca captar Bs 3.500 millones

El Gobierno calcula que con la Ley 1105, que establece un período de regularización en el pago de deudas y multas de dominio tributario nacional, vigente desde el 28 de octubre, el Estado recaudará aproximadamente Bs 3.500 millones.

Según el director general de Estudios Tributarios del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, José Siñani, cuando se elaboró la norma el Gobierno calculó la mora tributaria en Bs 29.000 millones.

El contribuyente pagará el tributo omitido con una reducción del 95% de la multa, cero de intereses y cero multa por incumplimiento, si lo hace hasta el 30 de noviembre. Hasta el 28 de febrero de 2019, lo hará con una reducción del 90% de la sanción. Y los que decidan acogerse a un plan de pagos, lo harán con la reducción del 80% de la sanción.

91.700

contribuyentes

es el padrón actual del Régimen Tributario Simplificado en todo el país.

Para saber más...

* En Sucre, se estima que hay al menos 10.000 comerciantes minoristas en las calles, sin contar a los que venden dentro de los mercados y similares.

* El Decreto Supremo 3698 no modificó el capital mínimo para pertenecer al Régimen Tributario Simplificado: sigue en Bs 12.000. El máximo, tras los cambios, es Bs 60.000.

* El capital del 60% de los afiliados de las organizaciones sindicales, según una estimación del sector, en la mayoría de los casos no alcanza a los Bs 12.000. Por eso, no están obligados a tributar.

* El padrón nacional de contribuyentes alcanza a 400.812. De ese total, el 78.4% correponde al Régimen General de Tributación (RGT), que incluye a Grandes Contribuyentes, y el 19.2% al Régimen Tributario Simplificado (RTS). Los demás pertenecen a otros regímenes especiales.