El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas informó hoy que desde julio realiza la inversión de 58,6 millones de dólares en JP Morgan (JPM) y 30 millones de dólares en Barclays Capital (BC), en depósitos Overnights y Time Deposits con el propósito de generar ingresos adicionales para el Tesoro General de la Nación (TGN).
En la víspera, el ministro de Economía y Finanzas Públicas, Luis Arce Catacora, había dado cuenta que se trataba de excedentes de liquidez estacionales que se generaron en el TGN y que sí, efectivamente, fueron depositados en esas dos entidades financieras internacionales antes mencionadas.
La generación de estos recursos adicionales se halla respaldada por la Ley N° 317, del Presupuesto General del Estado (PGE) 2013, que autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas (MEFP ) a invertir recursos del Tesoro General de la Nación en el exterior, con el fin de generar ingresos que beneficien a la gestión de la Tesorería.
Al respecto, el Ministerio de Economía señala que "una vez concluidos todos los temas administrativos y legales que posibiliten la inversión de recursos en instrumentos financieros en el exterior y producto de los excedentes de liquidez estacionales con los que cuenta el TGN, el MEFP realizó, desde julio de 2013, la inversión de USD 58,6 millones en JP Morgan (JPM) y USD30 millones en Barclays Capital (BC)".
La entidad explicita que los instrumentos en los que se invirtió en BC son Overnights y Time Deposits con rendimientos de 0,17 por ciento y 0,175%, respectivamente; y en JPM Overnights con rendimiento de 0,15 por ciento.
Las operaciones denominadas overnight consisten en comprar y vender bonos o acciones en los mercados que operan entre las 21:00 y las 8:00 del día siguiente. Son operaciones a corto plazo que permiten recuperar en capital y recibir los beneficios o pérdidas en ese mismo período de tiempo.
De esta manera, el Gobierno "inició la primera experiencia del TGN de invertir sus excedentes de liquidez estacionales en mercados financieros internacionales, concretando una nueva gestión de Tesorería eficiente y moderna para el país, con el propósito de generar ingresos adicionales para el Tesoro".
Con anterioridad, se informó que la generación de esos recursos estacionales serían destinados a reforzar las acciones del TGN en diferentes aspectos, que van desde el apoyo a proyectos productivos como a sueldos y salarios, en el caso que corresponda.
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28 agosto 2013
BCB prevé mayor crecimiento y presión inflacionaria en 2014
El Banco Central de Bolivia (BCB) estimó el martes que en 2014 el crecimiento de la economía nacional se situará en 5,6%, levemente superior a lo proyectado por el Gobierno para este año, que es del 5,5%. Además, la inflación aumentará de 4,8%, previsto para esta gestión, a 5,2%.
La información está contenida en el “Informe de Política Monetaria Julio 2013” del BCB, el cual fue presentado ayer en una conferencia de prensa por su presidente, Marcelo Zabalaga. “Para 2014 se proyecta que, en un contexto de mayores presiones inflacionarias externas y un crecimiento interno más alto (5,6%), la inflación se situará en torno al 5,2%”, según el documento del instituto emisor.
El 27 de enero, el ministro de Economía y Finanzas Públicas, Luis Arce, y el presidente del BCB firmaron el Programa Fiscal Financiero para este año que proyecta un crecimiento del Producto Interno Bruto (PIB) del 5,5% y una inflación del 4,8%.
Cumplimiento. Zabalaga indicó que estas proyecciones económicas se cumplirán en esta gestión. También enfatizó que el Índice de Precios al Consumidor (IPC) estimado para 2014 se dará en un contexto de mayores presiones inflacionarias externas y se situaría en al menos el 5,2%.
Asimismo, la autoridad recordó que para lograr el desarrollo del país, el ente emisor otorgó a las empresas estatales YPFB, Easba, Comibol y ENDE Bs 10.000 millones en créditos a una tasa de interés del 1%.
El 6 de agosto, el presidente Evo Morales dijo que la economía boliviana registró entre enero y julio de este año un crecimiento del 6,5%. El lunes, el Ministro de Economía señaló que el dinamismo del mercado interno es el impulsor de este resultado alcanzado.
El presidente del BCB reiteró que las políticas monetaria y cambiaria seguirán aplicándose de forma coordinada con el Ejecutivo con el objetivo de mantener la estabilidad del poder adquisitivo y contribuir al de-sarrollo económico y social del país.
Analista: El país crecerá menos
El analista económico José Luis Evia estimó ayer que el crecimiento del Producto Interno Bruto (PIB) del país en 2014 será “menor” al 5,6% proyectado por el BCB. El índice inflacionario en esa gestión sería similar a este año, 4,8%.
El experto explicó que a largo plazo los precios de los minerales van a tender a caer y no existen grandes proyectos de desarrollo. “En el sector de hidrocarburos no hay una expansión de nuevos mercados y las economías de Brasil y Argentina presentan una desaceleración”. “El crecimiento del 5,6% es modesto porque en realidad va a ser menor a esa cifra”.
Respecto a la inflación, José Luis Evia estimó que será menor al 5,2% y que se situará en el orden del 4,8%, debido a que no existe una presión inflacionaria en la región, porque existe una devaluación de las monedas de Brasil y Argentina.
Ganancias, recursos y concepto
Utilidad
Entre enero y julio de este año, las Reservas Internacionales Netas (RIN) generaron una utilidad de $us 36,9 millones, informó el Banco Central de Bolivia.
Reducción
Marcelo Zabalaga dijo que entre diciembre de 2012 y agosto de 2013 la liquidez en la economía se redujo de Bs 11.000 millones a cerca de Bs 5.200 millones, debido a la colocación de bonos del BCB y del Tesoro, al encaje legal y al ahorro del Sistema Público No Financiero (SPNF).
Valor
El PIB, que mide el crecimiento económico de un país, es el valor monetario de los bienes y servicios producidos por una economía en un periodo determinado.
Avanza bolivianización en créditos
El presidente del Banco Central de Bolivia (BCB), Marcelo Zabalaga, estimó ayer que hasta fin de año el 88% de los créditos que otorgue el sistema financiero nacional al público estará en bolivianos.
“En la bolivianización estamos con el 85% en cartera, estimamos llegar hasta fin de año a cerca del 88%, dada la velocidad de constitución de préstamos en moneda nacional”, puntualizó la autoridad.
Asimismo, el presidente del instituto emisor resaltó que el 74% de los depósitos del público están en bolivianos y que hasta diciembre se incrementaría hasta llegar al 78%. Zabalaga aseguró que la bolivianización es el resultado de las políticas aplicadas como el aumento paulatino del encaje legal en moneda extrajera, porque ahora se sitúa cerca del 38%. Es decir que por cada $us 100 depositados o ahorrados por el público, la entidad financiera destina al encaje legal $us 38, explicó.
Al respecto, el ministro de Economía y Finanzas Públicas, Luis Arce Catacora, destacó el avance de la bolivianización en el país, al afirmar que le otorga al Banco Central de Bolivia la libertad de hacer política monetaria, estabilizar la macroeconomía y controlar la presión inflacionaria.
Tesoro invierte $us 88,6 millones en el exterior
El ministro de Economía, Luis Arce, dijo que el Tesoro General de la Nación invirtió en julio $us 58,6 millones en JP Morgan (JPM) y $us 30 millones en Barclays Capital (BC). Los títulos en los que se invirtieron en BC son overnights y time deposits con rendimientos de 0,17% y 0,175% y en JPM son overnights con una utilidad del 0,15%.
BCB transfiere $us 600 millones al Finpro
El presidente del BCB, Marcelo Zabalaga, dijo que se hizo la transferencia al BDP de $us 600 millones de los $us 1.200 millones programados para el Fondo para la Revolución Industrial y Productiva (Finpro). La Ley Finpro dice que $us 600 millones se constituirán en un fondo no reembolsable a 30 años y otros $us 600 millones se darán en créditos.
EL BCB DICE QUE LA ESTABILIDAD ES POR LA POLÍTICA HETERODOXA
La política de subvención y los buenos precios impidieron que Bolivia sufra los efectos de la crisis.
Las políticas "heterodoxas", que implementó el Gobierno, como la subvención a algunos combustibles y a la harina impidieron que el país fuera afectado por la crisis internacional. Según el presidente del Banco Central de Bolivia (BCB), Marcelo Zabalaga, a ese factor, se suman los buenos precios internacionales, principalmente, de los hidrocarburos, y el superávit fiscal.
Después de presentar el Informe de Política Monetaria (IPM), Zabalaga reconoció que tenía el temor de que se repita la crisis de 2009, pero el incremento de los precios de los hidrocarburos y las acciones "heroicas" adoptadas impidieron que se presente.
Acciones contracíclicas. De acuerdo con el Presidente del Banco Central, uno de los principales indicadores económicos de un país es el Producto Interno Bruto (PIB), que hasta mayo de la presente gestión creció en 6,3%, pese a que las previsiones establecían un 5,5%.
Principalmente, la autoridad destacó, que la economía boliviana goza de buena salud, porque tlas políticas que implementó el Ejecutivo protegen al país de la crisis internacional. "Son políticas que se llaman contracíclicas, en algunos casos heterodoxas". Zabalaga recordó que cada vez que se presentaron problemas económicos externos, como en 2009, se optó por la inyección de liquidez para que las entidades financieras puedan prestar dinero e impedir que el ritmo de la economía no disminuya y cuando hubo una inflación "exagerada", se logró reducirla.
Además, dijo, que el Gobierno decidió abastecer el mercado interno con los principales productos que produce Bolivia, antes de optar por su exportación. "Es una medida que jamás habrían tomado otros gobernantes ortodoxos que hubieran dejado que el mercado decida hacia dónde va, por ejemplo, el azúcar”.
Pero, qué impidió que la crisis internacional, que se expresó en una caida de los precios y que en 2009 redujó los niveles de exportación en un 25%, afecte al país. Zabalaga respondió que los precios de los hidrocarburos, que se mantuvieron en alza o estables y el superávit fiscal, en sentido de que cada año se percibe más ingresos por los impuestos, lo que permite que el Gobierno, las gobernaciones y las alcaldías tengan recursos para invertir y para efectuar gastos. Aseguró que garantizar el aprovisionamiento del mercado interno y mantener una buena relación externa son factores que permiten reducir el impacto de la crisis internacional.
EL GOBIERNO ASEGURA QUE LA SUBVENCIÓN DE LOS PRINCIPALES HIDROCARBUROS QUE SE EMPLEAN en Bolivia llega a costar al Estado unos mil millones de dólares, suma que se pretende reducir con las políticas que se implementaron como la venta diferenciada para los vehículos extranjeros que circulan por el país y la identificación de los motorizados nacionales, entre otras acciones.
Las políticas "heterodoxas", que implementó el Gobierno, como la subvención a algunos combustibles y a la harina impidieron que el país fuera afectado por la crisis internacional. Según el presidente del Banco Central de Bolivia (BCB), Marcelo Zabalaga, a ese factor, se suman los buenos precios internacionales, principalmente, de los hidrocarburos, y el superávit fiscal.
Después de presentar el Informe de Política Monetaria (IPM), Zabalaga reconoció que tenía el temor de que se repita la crisis de 2009, pero el incremento de los precios de los hidrocarburos y las acciones "heroicas" adoptadas impidieron que se presente.
Acciones contracíclicas. De acuerdo con el Presidente del Banco Central, uno de los principales indicadores económicos de un país es el Producto Interno Bruto (PIB), que hasta mayo de la presente gestión creció en 6,3%, pese a que las previsiones establecían un 5,5%.
Principalmente, la autoridad destacó, que la economía boliviana goza de buena salud, porque tlas políticas que implementó el Ejecutivo protegen al país de la crisis internacional. "Son políticas que se llaman contracíclicas, en algunos casos heterodoxas". Zabalaga recordó que cada vez que se presentaron problemas económicos externos, como en 2009, se optó por la inyección de liquidez para que las entidades financieras puedan prestar dinero e impedir que el ritmo de la economía no disminuya y cuando hubo una inflación "exagerada", se logró reducirla.
Además, dijo, que el Gobierno decidió abastecer el mercado interno con los principales productos que produce Bolivia, antes de optar por su exportación. "Es una medida que jamás habrían tomado otros gobernantes ortodoxos que hubieran dejado que el mercado decida hacia dónde va, por ejemplo, el azúcar”.
Pero, qué impidió que la crisis internacional, que se expresó en una caida de los precios y que en 2009 redujó los niveles de exportación en un 25%, afecte al país. Zabalaga respondió que los precios de los hidrocarburos, que se mantuvieron en alza o estables y el superávit fiscal, en sentido de que cada año se percibe más ingresos por los impuestos, lo que permite que el Gobierno, las gobernaciones y las alcaldías tengan recursos para invertir y para efectuar gastos. Aseguró que garantizar el aprovisionamiento del mercado interno y mantener una buena relación externa son factores que permiten reducir el impacto de la crisis internacional.
EL GOBIERNO ASEGURA QUE LA SUBVENCIÓN DE LOS PRINCIPALES HIDROCARBUROS QUE SE EMPLEAN en Bolivia llega a costar al Estado unos mil millones de dólares, suma que se pretende reducir con las políticas que se implementaron como la venta diferenciada para los vehículos extranjeros que circulan por el país y la identificación de los motorizados nacionales, entre otras acciones.
Certificados de participación ayudarán a captar capitales
La inyección de nuevos capitales, no bancarios, en las cooperativas será posible con la puesta en vigencia de la Ley General de Cooperativas 356, que en su artículo 41 incluye la emisión de un certificado de participación.
Un certificado de participación es un documento representativo de deuda emitido por la cooperativa a favor del acreedor, según explica el asesor legal de la Cooperativa Boliviana de Cemento, Industrias y Servicios (COBOCE Ltda.), Joaquín Saucedo.
El asesor aclara que el certificado de participación es un nuevo certificado diferente al de aportación (este último continúa en vigencia); la diferencia es que con el certificado de aportación se otorga a la persona la calidad de socio de una cooperativa, en cambio un certificado de participación es emitido como una garantía del préstamo obtenido.
Esto permite que las cooperativas puedan acceder a capitales de inversión tanto de sus asociados como también de personas ajenas a la institución. “El certificado de participación podrá ser otorgado preferentemente a las asociadas y los asociados o a personas ajenas a la Cooperativa”, señala el artículo 41 parágrafo II de la ley.
La inclusión de esta figura abre las posibilidades de que las cooperativas pequeñas, que difícilmente podían acceder a créditos bancarios, puedan inyectar nuevos capitales en sus actividades.
Según la ley, en su artículo 41 parágrafo I, este documento representativo de deuda debe ser emitido conforme al reglamento específico aprobado en una Asamblea General Extraordinaria.
Asimismo, las condiciones y peculiaridades de este certificado deberán ser establecidas en el decreto supremo reglamentario de la ley y en el estatuto orgánico de la cooperativa. Tanto el Gobierno como la Confederación Nacional de Cooperativas de Bolivia (Concobol) preparan la propuesta reglamentaria, misma que debe ser promulgada a mediados de octubre.
Sin embargo, Saucedo advierte algunos vacíos en la propuesta, la primera referida a la necesidad de una entidad de regulación y control gubernamental. “A mi criterio la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas (AFCOOP) debería controlar la emisión de estos certificados”, dijo Saucedo explicando que los acreedores necesitan garantizar para la devolución de su capital.
A esto añade la inclusión de una calificadora de riesgo que garantice que la inversión realizada es segura. Esta instancia podría permitir que las cooperativas realicen estudios y proyectos respaldados por la calificadora de riesgos que les permitirá generar confianza y también un mayor número de inversores.
Un certificado de participación es un documento representativo de deuda emitido por la cooperativa a favor del acreedor, según explica el asesor legal de la Cooperativa Boliviana de Cemento, Industrias y Servicios (COBOCE Ltda.), Joaquín Saucedo.
El asesor aclara que el certificado de participación es un nuevo certificado diferente al de aportación (este último continúa en vigencia); la diferencia es que con el certificado de aportación se otorga a la persona la calidad de socio de una cooperativa, en cambio un certificado de participación es emitido como una garantía del préstamo obtenido.
Esto permite que las cooperativas puedan acceder a capitales de inversión tanto de sus asociados como también de personas ajenas a la institución. “El certificado de participación podrá ser otorgado preferentemente a las asociadas y los asociados o a personas ajenas a la Cooperativa”, señala el artículo 41 parágrafo II de la ley.
La inclusión de esta figura abre las posibilidades de que las cooperativas pequeñas, que difícilmente podían acceder a créditos bancarios, puedan inyectar nuevos capitales en sus actividades.
Según la ley, en su artículo 41 parágrafo I, este documento representativo de deuda debe ser emitido conforme al reglamento específico aprobado en una Asamblea General Extraordinaria.
Asimismo, las condiciones y peculiaridades de este certificado deberán ser establecidas en el decreto supremo reglamentario de la ley y en el estatuto orgánico de la cooperativa. Tanto el Gobierno como la Confederación Nacional de Cooperativas de Bolivia (Concobol) preparan la propuesta reglamentaria, misma que debe ser promulgada a mediados de octubre.
Sin embargo, Saucedo advierte algunos vacíos en la propuesta, la primera referida a la necesidad de una entidad de regulación y control gubernamental. “A mi criterio la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas (AFCOOP) debería controlar la emisión de estos certificados”, dijo Saucedo explicando que los acreedores necesitan garantizar para la devolución de su capital.
A esto añade la inclusión de una calificadora de riesgo que garantice que la inversión realizada es segura. Esta instancia podría permitir que las cooperativas realicen estudios y proyectos respaldados por la calificadora de riesgos que les permitirá generar confianza y también un mayor número de inversores.
27 agosto 2013
Ley financiera obliga a bancos a dar servicios en el área rural
El Estado se reserva el derecho de obligar a las entidades financieras a estar presentes en el sector rural.
Se apunta a que la prestación de servicios sea igual a la que reciben los ciudadanos que residen en las urbes.
La apertura de oficinas rurales del Banco Unión permitió que las autoridades adviertan que existe una gran demanda insatisfecha.
Mediante la Ley de Servicios Financieros “vamos a obligar a los bancos a que vayan al área rural”, sector que hasta el momento manifiesta una necesidad insatisfecha en ese tipo de prestaciones, afirmó el ministro de Economía, Luis Arce Catacora.
“Ésta es una prioridad importante que se brindó a la ley, reservarnos el derecho de obligar a las entidades financieras a que estén presentes en el área rural”, precisó la autoridad durante una entrevista que sostuvo con Cambio.
A partir de la puesta en vigencia de la Ley 393 será el Estado el que viabilizará las solicitudes de las entidades financieras sobre la apertura de nuevas agencias o cajeros automáticos y determinará las áreas que precisan más de dichas prestaciones.
“La idea es que la prestación de servicios en el área rural sea exactamente igual a la que recibe alguien que vive en la ciudad, ése es el objetivo”, indicó la máxima autoridad del área económica.
VIGENCIA
La Ley 393 se promulgó el 21 de agosto, tras lo cual se contabilizan 90 días para que ingrese en funcionamiento.
Durante ese tiempo, el Ministerio de Economía, el Banco Central de Bolivia (BCB) y la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) elaborarán los decretos supremos reglamentarios correspondientes.
De momento, los miembros del sistema financiero no pueden ser obligados a abrir sucursales en los sectores rurales, indicó el Ministro.
Las entidades financieras tampoco abrieron por su cuenta agencias o cajeros automáticos en esos sectores bajo argumentos como costo y generación de pérdidas, añadió.
Sin embargo, la apertura de oficinas rurales que efectuó el estatal Banco Unión permitió a las autoridades ver que existe una gran demanda de servicios financieros en las poblaciones alejadas de los centros urbanos.
En ese contexto, las nuevas regulaciones permitirán cubrir la necesidad insatisfecha de los pobladores rurales sobre servicios como depósitos a plazo fijo y préstamos.
Las agencias también deberán proceder a la recepción de “pago de servicios de agua y luz, que poco a poco ya vamos teniendo en el área rural”, añadió Arce Catacora.
En esa línea, la nueva normativa financiera permitirá que los productores tengan acceso a préstamos bajo garantías no convencionales.
La ley nos permite “reservarnos el derecho de obligar a las entidades financieras a que estén presentes en el área rural.
Luis Arce Catacora
Ministro de Economía
Se apunta a que la prestación de servicios sea igual a la que reciben los ciudadanos que residen en las urbes.
La apertura de oficinas rurales del Banco Unión permitió que las autoridades adviertan que existe una gran demanda insatisfecha.
Mediante la Ley de Servicios Financieros “vamos a obligar a los bancos a que vayan al área rural”, sector que hasta el momento manifiesta una necesidad insatisfecha en ese tipo de prestaciones, afirmó el ministro de Economía, Luis Arce Catacora.
“Ésta es una prioridad importante que se brindó a la ley, reservarnos el derecho de obligar a las entidades financieras a que estén presentes en el área rural”, precisó la autoridad durante una entrevista que sostuvo con Cambio.
A partir de la puesta en vigencia de la Ley 393 será el Estado el que viabilizará las solicitudes de las entidades financieras sobre la apertura de nuevas agencias o cajeros automáticos y determinará las áreas que precisan más de dichas prestaciones.
“La idea es que la prestación de servicios en el área rural sea exactamente igual a la que recibe alguien que vive en la ciudad, ése es el objetivo”, indicó la máxima autoridad del área económica.
VIGENCIA
La Ley 393 se promulgó el 21 de agosto, tras lo cual se contabilizan 90 días para que ingrese en funcionamiento.
Durante ese tiempo, el Ministerio de Economía, el Banco Central de Bolivia (BCB) y la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) elaborarán los decretos supremos reglamentarios correspondientes.
De momento, los miembros del sistema financiero no pueden ser obligados a abrir sucursales en los sectores rurales, indicó el Ministro.
Las entidades financieras tampoco abrieron por su cuenta agencias o cajeros automáticos en esos sectores bajo argumentos como costo y generación de pérdidas, añadió.
Sin embargo, la apertura de oficinas rurales que efectuó el estatal Banco Unión permitió a las autoridades ver que existe una gran demanda de servicios financieros en las poblaciones alejadas de los centros urbanos.
En ese contexto, las nuevas regulaciones permitirán cubrir la necesidad insatisfecha de los pobladores rurales sobre servicios como depósitos a plazo fijo y préstamos.
Las agencias también deberán proceder a la recepción de “pago de servicios de agua y luz, que poco a poco ya vamos teniendo en el área rural”, añadió Arce Catacora.
En esa línea, la nueva normativa financiera permitirá que los productores tengan acceso a préstamos bajo garantías no convencionales.
La ley nos permite “reservarnos el derecho de obligar a las entidades financieras a que estén presentes en el área rural.
Luis Arce Catacora
Ministro de Economía
Nueva ley permite al Estado competir con banca privada
El artículo 163 de la Ley de Servicios Financieros permite la creación de entidades financieras del Estado y de entidades financieras con participación mayoritaria del Estado, lo que le permite competir con las entidades financieras privadas.
Las entidades financieras estatales son el Banco de Desarrollo Productivo (BDP) que es una Sociedad Anónima Mixta, el Banco Público (que reemplazó al Banco Unión) y las Entidades Financieras Públicas de Desarrollo, que pueden tener participación no sólo del Gobierno central, sino también de gobernaciones, municipios e, inclusive, de organizaciones indígena originario campesinas.
Estas entidades tendrán autonomía de gestión presupuestaria y administrativa y se regirán por las disposiciones de sus estatutos internos y sus leyes orgánicas, aunque también por la nueva ley.
El Ejecutivo está autorizado a realizar aportes de capital y compras de participaciones accionarias y sus planes estratégicos serán remitidos por el presidente de su directorio al titular de Economía y Finanzas Públicas y a gobernadores o alcaldes, según corresponda, en los siguientes 10 días de su aprobación.
En cuanto a la distribución de dividendos, la junta de accionistas podrá determinar la distribución de dividendos de las utilidades líquidas generadas en una gestión anual.
Para su administración se nombrará un directorio y podrán fusionarse o comprarse entre sí.
Estas entidades podrán establecer sucursales en cualquier lugar del territorio nacional; pero el Banco Público podrá hacerlo en el extranjero.
Sobre el BDP
Mientras el Banco Público se rige por su propia ley en lo relativo a su creación, actividades, funcionamiento y organización y se somete a la nueva ley en lo relacionado a la aplicación de normas de solvencia y prudencia financiera y al control y supervisión de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI); el BDP, según el artículo 176, es una persona jurídica de derecho privado con fines públicos que realizará actividades de primer y segundo piso para el fomento y de promoción del desarrollo del sector. Es decir, también podrá trabajar directamente con el público brindando los servicios que ofrece una entidad financiera privada.
La norma establece que al BDP no se le podrán aplicar las disposiciones relativas al sector público, salvo aquellas que establezcan disposiciones expresas para ese banco.
El BDP tiene como finalidad principal promover el desarrollo del sector agrícola, ganadero, manufacturero, piscícola y forestal maderable y no maderable, aunque también puede ampliar sus servicios a otros sectores productivos y a los sectores de comercio y servicios que sean complementarios a la actividad productiva, de manera directa o a través de terceros, señala el artículo 178 de la ley.
Respecto a la obtención de fondos para efectuar préstamos, y como un mecanismo para cumplir su rol estratégico, el BDP puede recurrir a recursos aportados o reinvertidos al capital social del Banco por sus accionistas, a los obtenidos a través del Tesoro General del Estado (TGE) y de otras fuentes incorporadas en el presupuesto anual del Estado; a inversión o préstamo provenientes de las Administradoras de Fondos de Pensiones; a donaciones de organismos financieros internacionales y de la cooperación; de personas naturales o de cualquier otro tipo de persona jurídica pública, privada o mixta, nacional o extranjera.
Entidades públicas
Las entidades financieras públicas de desarrollo se crearán mediante disposiciones legales o mediante convenios o documentos, de acuerdo a la participación en su estructura patrimonial del Gobierno central, gobiernos departamentales, gobiernos municipales o pueblos indígena originario campesinos y su capital debe ser enteramente público o con participación mayoritaria de capital público.
El objetivo principal de estas entidades es promover, a través de apoyo financiero y técnico, el desarrollo del sector productivo en las regiones.
Las entidades financieras públicas de desarrollo realizarán operaciones financieras a través de instituciones elegibles, que podrán ser entidades de intermediación financiera. También pueden otorgar financiamiento y realizar operaciones financieras con instituciones elegibles, para canalizar recursos a sus departamentos, regiones o municipios; dar créditos y realizar operaciones financieras con instituciones elegibles cuyo destino final sea financiar la importación de insumos, materia prima, maquinaria y otros elementos necesarios para la actividad productiva, así como cubrir necesidades de financiamiento para la comercialización y exportación de bienes y servicios de origen boliviano; desarrollar programas de capacitación y asistencia técnica para la producción y la gestión empresarial que se orienten a aumentar y mejorar la competitividad y productividad y el acceso al financiamiento de las unidades económicas de pequeña escala o financiar o contratar estudios para el análisis de la actividad productiva, entre otras varias funciones orientadas al sector productivo.
Para cumplir su objetivo, las entidades financieras públicas de desarrollo pueden obtener recursos adicionales de préstamos, líneas de crédito y otros financiamientos gestionados ante el TGE, de gobernaciones, municipios u organizaciones indígena originario campesinas, también de otros entes gubernamentales, organismos de financiamiento nacionales y del exterior, bancos multilaterales internacionales, organismos de cooperación internacional y otras fuentes de segundo piso.
La ASFI establecerá los límites de endeudamiento y concentración crediticia.
El expresidente del BCB Armando Méndez señala que este aspecto de la ley es otro de los retrocesos a prácticas de los años 80, cuando existían bancos como el del Estado, el Agrícola, el Minero y otros de propiedad del Estado, que competían en el mercado con la banca privada.
Méndez recuerda que fue “una experiencia desastrosa” y todas esas entidades tuvieron que cerrar por quiebra al haber otorgado créditos que no pudieron recuperar. Puso como ejemplo que el ex Banco Agrícola llegó a tener una mora de 60 por ciento. Actualmente, la mora de la banca privada nacional es de 1,6 por ciento.
Consultado sobre si la nueva ley de bancos establece mecanismos para que estas experiencias no vuelvan a repetirse, Méndez dice que se trata de una ley general que permite al Gobierno competir con la banca privada, por lo que se espera que la ASFI fiscalice a la entidades financieras estatales con la misma rigurosidad y eficiencia que lo hace con las entidades financieras estatales.
COMPLEJIDADES DEL CONTROL DE TASAS
Méndez: reajuste de tasas puede generar desequilibrio futuro
Una de las principales características de la Ley de Servicios Financieros es que faculta al Estado a ejercer control de precios en las tasas de interés para créditos al sector productivo y para vivienda.
El porcentaje de estas tasas será fijado a través de decretos supremos que reglamentarán la norma recién promulgada.
La semana pasada, el ministro de Economía, Luis Arce, dijo que aún no se tiene la metodología para fijarlas y el viceministro de Pensiones, Mario Guillén, admitió que el mercado financiero nacional es bastante heterogéneo.
Al respecto, el expresidente del Banco Central de Bolivia (BCB) Armando Méndez afirma que "no es tarea fácil fijas tasas de interés en mercados crediticios muy variados (como el caso boliviano)", es por eso que el Gobierno optó por fijarlas por decreto y no por ley.
Pero la complejidad no se limita sólo a la elaboración de las tasas, añade Méndez, sino que también es previsible que haya problemas cuando se necesite hacer reajustes, que ya no podrán hacerse de acuerdo a las leyes del mercado, así, se pueden generar futuros desequilibrios en el sector.
El especialista resalta que la nueva ley no es un avance para el desarrollo financiero y económico del país porque supone un retorno a prácticas que se ejercían en los años 80, cuando había una política selectiva del crédito y que dio resultados negativos.
Esta modalidad para desarrollar el sector productivo se aplicó hasta 1985 "sin lograr el objetivo y con grandes carteras de crédito irrecuperables" porque no se midió adecuadamente el riesgo, apunta.
Las entidades financieras estatales son el Banco de Desarrollo Productivo (BDP) que es una Sociedad Anónima Mixta, el Banco Público (que reemplazó al Banco Unión) y las Entidades Financieras Públicas de Desarrollo, que pueden tener participación no sólo del Gobierno central, sino también de gobernaciones, municipios e, inclusive, de organizaciones indígena originario campesinas.
Estas entidades tendrán autonomía de gestión presupuestaria y administrativa y se regirán por las disposiciones de sus estatutos internos y sus leyes orgánicas, aunque también por la nueva ley.
El Ejecutivo está autorizado a realizar aportes de capital y compras de participaciones accionarias y sus planes estratégicos serán remitidos por el presidente de su directorio al titular de Economía y Finanzas Públicas y a gobernadores o alcaldes, según corresponda, en los siguientes 10 días de su aprobación.
En cuanto a la distribución de dividendos, la junta de accionistas podrá determinar la distribución de dividendos de las utilidades líquidas generadas en una gestión anual.
Para su administración se nombrará un directorio y podrán fusionarse o comprarse entre sí.
Estas entidades podrán establecer sucursales en cualquier lugar del territorio nacional; pero el Banco Público podrá hacerlo en el extranjero.
Sobre el BDP
Mientras el Banco Público se rige por su propia ley en lo relativo a su creación, actividades, funcionamiento y organización y se somete a la nueva ley en lo relacionado a la aplicación de normas de solvencia y prudencia financiera y al control y supervisión de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI); el BDP, según el artículo 176, es una persona jurídica de derecho privado con fines públicos que realizará actividades de primer y segundo piso para el fomento y de promoción del desarrollo del sector. Es decir, también podrá trabajar directamente con el público brindando los servicios que ofrece una entidad financiera privada.
La norma establece que al BDP no se le podrán aplicar las disposiciones relativas al sector público, salvo aquellas que establezcan disposiciones expresas para ese banco.
El BDP tiene como finalidad principal promover el desarrollo del sector agrícola, ganadero, manufacturero, piscícola y forestal maderable y no maderable, aunque también puede ampliar sus servicios a otros sectores productivos y a los sectores de comercio y servicios que sean complementarios a la actividad productiva, de manera directa o a través de terceros, señala el artículo 178 de la ley.
Respecto a la obtención de fondos para efectuar préstamos, y como un mecanismo para cumplir su rol estratégico, el BDP puede recurrir a recursos aportados o reinvertidos al capital social del Banco por sus accionistas, a los obtenidos a través del Tesoro General del Estado (TGE) y de otras fuentes incorporadas en el presupuesto anual del Estado; a inversión o préstamo provenientes de las Administradoras de Fondos de Pensiones; a donaciones de organismos financieros internacionales y de la cooperación; de personas naturales o de cualquier otro tipo de persona jurídica pública, privada o mixta, nacional o extranjera.
Entidades públicas
Las entidades financieras públicas de desarrollo se crearán mediante disposiciones legales o mediante convenios o documentos, de acuerdo a la participación en su estructura patrimonial del Gobierno central, gobiernos departamentales, gobiernos municipales o pueblos indígena originario campesinos y su capital debe ser enteramente público o con participación mayoritaria de capital público.
El objetivo principal de estas entidades es promover, a través de apoyo financiero y técnico, el desarrollo del sector productivo en las regiones.
Las entidades financieras públicas de desarrollo realizarán operaciones financieras a través de instituciones elegibles, que podrán ser entidades de intermediación financiera. También pueden otorgar financiamiento y realizar operaciones financieras con instituciones elegibles, para canalizar recursos a sus departamentos, regiones o municipios; dar créditos y realizar operaciones financieras con instituciones elegibles cuyo destino final sea financiar la importación de insumos, materia prima, maquinaria y otros elementos necesarios para la actividad productiva, así como cubrir necesidades de financiamiento para la comercialización y exportación de bienes y servicios de origen boliviano; desarrollar programas de capacitación y asistencia técnica para la producción y la gestión empresarial que se orienten a aumentar y mejorar la competitividad y productividad y el acceso al financiamiento de las unidades económicas de pequeña escala o financiar o contratar estudios para el análisis de la actividad productiva, entre otras varias funciones orientadas al sector productivo.
Para cumplir su objetivo, las entidades financieras públicas de desarrollo pueden obtener recursos adicionales de préstamos, líneas de crédito y otros financiamientos gestionados ante el TGE, de gobernaciones, municipios u organizaciones indígena originario campesinas, también de otros entes gubernamentales, organismos de financiamiento nacionales y del exterior, bancos multilaterales internacionales, organismos de cooperación internacional y otras fuentes de segundo piso.
La ASFI establecerá los límites de endeudamiento y concentración crediticia.
El expresidente del BCB Armando Méndez señala que este aspecto de la ley es otro de los retrocesos a prácticas de los años 80, cuando existían bancos como el del Estado, el Agrícola, el Minero y otros de propiedad del Estado, que competían en el mercado con la banca privada.
Méndez recuerda que fue “una experiencia desastrosa” y todas esas entidades tuvieron que cerrar por quiebra al haber otorgado créditos que no pudieron recuperar. Puso como ejemplo que el ex Banco Agrícola llegó a tener una mora de 60 por ciento. Actualmente, la mora de la banca privada nacional es de 1,6 por ciento.
Consultado sobre si la nueva ley de bancos establece mecanismos para que estas experiencias no vuelvan a repetirse, Méndez dice que se trata de una ley general que permite al Gobierno competir con la banca privada, por lo que se espera que la ASFI fiscalice a la entidades financieras estatales con la misma rigurosidad y eficiencia que lo hace con las entidades financieras estatales.
COMPLEJIDADES DEL CONTROL DE TASAS
Méndez: reajuste de tasas puede generar desequilibrio futuro
Una de las principales características de la Ley de Servicios Financieros es que faculta al Estado a ejercer control de precios en las tasas de interés para créditos al sector productivo y para vivienda.
El porcentaje de estas tasas será fijado a través de decretos supremos que reglamentarán la norma recién promulgada.
La semana pasada, el ministro de Economía, Luis Arce, dijo que aún no se tiene la metodología para fijarlas y el viceministro de Pensiones, Mario Guillén, admitió que el mercado financiero nacional es bastante heterogéneo.
Al respecto, el expresidente del Banco Central de Bolivia (BCB) Armando Méndez afirma que "no es tarea fácil fijas tasas de interés en mercados crediticios muy variados (como el caso boliviano)", es por eso que el Gobierno optó por fijarlas por decreto y no por ley.
Pero la complejidad no se limita sólo a la elaboración de las tasas, añade Méndez, sino que también es previsible que haya problemas cuando se necesite hacer reajustes, que ya no podrán hacerse de acuerdo a las leyes del mercado, así, se pueden generar futuros desequilibrios en el sector.
El especialista resalta que la nueva ley no es un avance para el desarrollo financiero y económico del país porque supone un retorno a prácticas que se ejercían en los años 80, cuando había una política selectiva del crédito y que dio resultados negativos.
Esta modalidad para desarrollar el sector productivo se aplicó hasta 1985 "sin lograr el objetivo y con grandes carteras de crédito irrecuperables" porque no se midió adecuadamente el riesgo, apunta.
Cae la rentabilidad de aportes a las AFP
La rentabilidad de los aportes depositados en las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) sigue en bajada y ese panorama no cambiará porque no existe un reglamento de inversión de aportes, alertó el ministro de Economía, Luis Arce, que responsabilizó de este hecho a la dirigencia de la COB.
Según el boletín del sistema integrado de pensiones, presentado ayer por Arce, la rentabilidad nominal de la AFP Previsión era 6,29% en diciembre 2012 y al 31 de julio llegó a 3,05%; mientras que en la otra administradora Futuro, el flujo de la rentabilidad fue de 5,91% en diciembre y 4,58% al 31 de julio.
“Hemos demostrado que la rentabilidad del pasado era ficticia, lo que se recibía antes del 11 o 12 porciento era porque el TGN en realidad subvencionaba el sistema de pensiones y las AFP colocaban bonos al 11 y 12 por ciento generando ficticias rentabilidades al sistema de pensiones. Esta renta es la correcta”, indicó la autoridad.
Otros responsables
Pero la dirigencia de la COB, a través del secretario de Finanzas, Óscar Tapia, afirmó que la baja rentabilidad de los aportes es responsabilidad del Gobierno porque son los que están a cargo del control a través de la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros (APS) y deben supervisar qué hacen las AFP con el dinero de los trabajadores.
“El ampliado de la COB ha resuelto no participar de la reglamentación de las inversiones porque el Gobierno no quiere que la COB sea parte de la Gestora Pública y por eso los trabajadores decidieron que no avalarán este reglamento”, advirtió el dirigente laboral.
Arce aseguró que la única forma de mejorar la rentabilidad de los aportes es con un nuevo reglamento de inversiones que obligaría a buscar otros ingresos adicionales a las AFP y por ello reclamó el decreto a los dirigentes.
Explicó que en virtud de la nueva Ley de Pensiones, promulgada por Evo Morales, los cinco reglamentos que darán funcionalidad a esta norma deben ser concertados con el ente matriz. Hasta ahora solo se aprobaron dos reglamentos y los restantes tres no tienen consensos.
La COB demanda la inclusión de los trabajadores en el directorio de la Gestora Pública; pero el Gobierno asegura que la COB solo aglutina a un tercio de los asalariados y por tanto no pueden ser parte de un directorio que manejará los aportes de todos los asalariados. Este desacuerdo impide mejorar la renta.
Los dirigentes cobistas comunicarán esta decisión mañana cuando vuelvan a reunirse con el ministro de Economía para seguir negociando las rentas laborales.
Según el boletín del sistema integrado de pensiones, presentado ayer por Arce, la rentabilidad nominal de la AFP Previsión era 6,29% en diciembre 2012 y al 31 de julio llegó a 3,05%; mientras que en la otra administradora Futuro, el flujo de la rentabilidad fue de 5,91% en diciembre y 4,58% al 31 de julio.
“Hemos demostrado que la rentabilidad del pasado era ficticia, lo que se recibía antes del 11 o 12 porciento era porque el TGN en realidad subvencionaba el sistema de pensiones y las AFP colocaban bonos al 11 y 12 por ciento generando ficticias rentabilidades al sistema de pensiones. Esta renta es la correcta”, indicó la autoridad.
Otros responsables
Pero la dirigencia de la COB, a través del secretario de Finanzas, Óscar Tapia, afirmó que la baja rentabilidad de los aportes es responsabilidad del Gobierno porque son los que están a cargo del control a través de la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros (APS) y deben supervisar qué hacen las AFP con el dinero de los trabajadores.
“El ampliado de la COB ha resuelto no participar de la reglamentación de las inversiones porque el Gobierno no quiere que la COB sea parte de la Gestora Pública y por eso los trabajadores decidieron que no avalarán este reglamento”, advirtió el dirigente laboral.
Arce aseguró que la única forma de mejorar la rentabilidad de los aportes es con un nuevo reglamento de inversiones que obligaría a buscar otros ingresos adicionales a las AFP y por ello reclamó el decreto a los dirigentes.
Explicó que en virtud de la nueva Ley de Pensiones, promulgada por Evo Morales, los cinco reglamentos que darán funcionalidad a esta norma deben ser concertados con el ente matriz. Hasta ahora solo se aprobaron dos reglamentos y los restantes tres no tienen consensos.
La COB demanda la inclusión de los trabajadores en el directorio de la Gestora Pública; pero el Gobierno asegura que la COB solo aglutina a un tercio de los asalariados y por tanto no pueden ser parte de un directorio que manejará los aportes de todos los asalariados. Este desacuerdo impide mejorar la renta.
Los dirigentes cobistas comunicarán esta decisión mañana cuando vuelvan a reunirse con el ministro de Economía para seguir negociando las rentas laborales.
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