El desembolso de recursos para la devolución parcial o total de aportes, alcanza a aproximadamente Bs3.900 millones, sin afectar los recursos de las entidades financieras y se pretende beneficiar a 1,4 millones de asegurados al SIP.
La Paz, 24 de agosto de 2021 (MEFP). - El Proyecto de Ley 078/2020-2021, de Devolución de Aportes no afectará la liquidez del sistema financiero nacional, tampoco se generará un proceso de desinversión de los recursos que maneja la banca ni se pondrá en riesgo la sostenibilidad del sistema Integral de Pensiones (SIP).
El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas realiza nuevamente esta aclaración ante versiones equivocadas de algunas personas que demuestran un desconocimiento del contenido del proyecto de ley mencionado. Al respecto, se aclara que el proyecto normativo establece como fuentes de financiamiento para la devolución de aportes: la disponibilidad acumulada (liquidez), los vencimientos de la cartera de inversiones y la recaudación mensual del Sistema de Integral de Pensiones que administran las AFP.
Gracias a las Fuentes de Financiamiento señaladas, no será necesario realizar ninguna desinversión, por lo que no se comprometerá la liquidez del sector financiero, manteniendo la estabilidad con la que cuentan en la actualidad, y tampoco afectará a otros sectores donde las Administradoras de Fondos de Pensiones hayan efectuado inversiones (sector industrial, agropecuario, telecomunicaciones, etc.).
El desembolso de recursos para la devolución parcial o total de aportes, que alcanza a aproximadamente Bs3.900 millones, tampoco afectará la sostenibilidad del Sistema de Pensiones, garantizándose un equilibrio financiero entre esta medida y las prestaciones en curso de pago del SIP (Pensión de Vejez, Pensión Solidaria de Vejez y Pensiones por Muerte e Invalidez), sin interrumpir el derecho adquirido de los Asegurados que vienen percibiendo una prestación mensual.
Con la devolución de aportes, se pretende beneficiar a más de 1,4 millones de aseguradas y asegurados, a través de una de las siguientes modalidades:
- Devolución parcial de hasta el 15% para los asegurados con un monto menor o igual a Bs100.000 en su Cuenta Personal Previsional (CPP), independientemente de su edad.
- Devolución parcial de hasta Bs15 mil, para los asegurados con un monto mayor a Bs100.000 en su CPP, independientemente de su edad.
- Devolución total del 100% para los asegurados de 50 o más años que tengan un monto menor o igual a Bs10.000 en su CPP.
Cabe mencionar que la devolución parcial o total de aportes es una medida de carácter excepcional y por única vez, la cual se efectuará a través de un solo desembolso, según los parámetros señalados anteriormente.
Por otra parte, precisar que los requisitos principales para acceder a la devolución de aportes son:
- No estar percibiendo un ingreso del Sector Público o Privado, a la fecha de promulgación de la Ley.
- No percibir un beneficio del SIP en curso de pago (Pensión de Vejez, Pensión Solidaria de Vejez o Pensión por Invalidez/Muerte).
- No haber efectuado aportes desde diciembre de 2019 como dependiente del Sector Público.
El proyecto de Ley 078/2020-2021, fue aprobado en sus estaciones en grande y detalle por la Cámara de Diputados, posteriormente fue remitido a la Cámara de Senadores para su tratamiento y posterior promulgación por parte del Gobierno.
La devolución de aportes, una vez promulgada la Ley y cuente con la reglamentación correspondiente, será una decisión voluntaria y de carácter personal de cada asegurada y asegurado, el cual deberá ser cuidadosamente analizado a objeto de no verse perjudicado a futuro, en el acceso a un beneficio derivado del SIP.
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