18 enero 2022

PROHIBICIÓN DEL USO DE CRIPTOACTIVOS EN EL SISTEMA DE PAGOS NACIONAL

 El Banco Central de Bolivia (BCB) comunica a la opinión pública que, en el marco de la Constitución Política del Estado y la Ley 1670 y con el objeto de evitar riesgos, fraudes y engaños a la población en general, se encuentra vigente la Resolución de Directorio N° 144/2020 de fecha 15 de diciembre de 2020, que prohíbe el uso, comercialización y negociación de criptoactivos (monedas digitales o virtuales) en el sistema de pagos nacional.

Debido a que los criptoactivos, no son una moneda de curso legal en el país, el BCB prohíbe su uso, comercialización y negociación, ya que implican potenciales riesgos de generar pérdidas económicas a sus operadores y/o poseedores.

Se recuerda que estas monedas digitales o virtuales, no son obligaciones reconocidas legalmente por personas jurídicas y/o entidades por lo que pueden ser utilizadas en actividades ilícitas penadas por ley.

De igual manera, las iniciativas privadas relacionadas al uso y comercialización de estos criptoactivos, no pueden ser canalizados a través del sistema financiero boliviano ya que no cuentan con la autorización del BCB ni de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI).

La Resolución de Directorio N° 144/2020, además de prohibir el uso de criptoactivos, protege al público de riesgos, engaños y estafas a los que podría estar expuesta la población.

El BCB, comprometido con la estabilidad y el desarrollo económico y social del país.

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