Trabajadores que ganan más de 8.272 bolivianos están obligados a pagar el impuesto al Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA).
El tributo, que llega al 13% del sueldo neto, se calcula sobre la base de cuatro salarios mínimos nacionales (SMN).
A pesar del último incremento salarial dispuesto por el Gobierno, rige el pago RC-IVA para quienes ganen un sueldo neto superior a cuatro salarios mínimos nacionales (7.220 bolivianos). El pasado 1 de mayo, el Gobierno fijó el nuevo SMN en 1.805 bolivianos.
Quienes pagan este impuesto son aquellas personas que ganan más de cuatro SMN netos, es decir, el monto percibido luego de los descuentos realizados para la AFP, que alcanzan al 12.71% del total ganado por el trabajador.
De acuerdo con la explicación recibida en las ventanillas de atención al contribuyente del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) para este año, aquellas personas que perciban un total ganado (sin descuentos) superior a 8.272 deben tributar el RC-IVA .
Por lo tanto, deben presentar facturas por sus compras para evitar el descuento del 13% de sus ingresos.
El cálculo del gravamen se realiza mediante la diferencia entre el salario neto y la suma de dos SMN. Adicionalmente el SIN le da al contribuyente la oportunidad de sumar dos SMN más, lo que reduce el monto del impuesto.
Por ejemplo, si una personas percibe un salario bruto de 9.000 bolivianos, una vez realizado el descuento de 12,71% de los aportes a la AFP, queda un sueldo neto de 7.856 bolivianos, por el que deberá pagar un RC-IVA de 82,60 bolivianos o descargar el monto de 639 bolivianos en facturas.
El 19 de agosto de 2015, el gabinete aprobó el Decreto Supremo 2491 que introduce ajustes al RC-IVA para su aplicación desde el 1 de enero de 2016.
La norma establecía que el cálculo se realizaría sobre la base de tres salarios mínimos nacionales netos.
Según el Gobierno, la norma se justificaba ya que personas que ganan 6.000 y 7.000 bolivianos ya no estaban obligadas a presentar facturas de descargo, pese al incremento salarial de los últimos años.
La medida fue duramente resistida por la Central Obrera Boliviana, que argumentó que la misma ponía en marcha un "impuestazo” y pidió que la sea abrogada.
El 2 de diciembre del mismo año, el Gobierno promulgó el Decreto Supremo 2620 que dejaba sin efecto las modificaciones realizadas por el DS 2491.
EL RC-IVA es aplicable a todas las personas y sucesiones indivisas que obtengan ingresos por salarios, alquileres y anticréticos, intereses bancarios y otros.
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