04 octubre 2018

Primer plazo del ‘perdonazo’ vence en menos de dos meses



Los contribuyentes que tienen deudas pendientes en el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) pueden beneficiarse con una rebaja del 95% de la multa y no pagar intereses si cancelan al contado hasta el 30 de noviembre.

Dicho beneficio se aplica en cumplimiento de la Ley 1105 de Regularización del Pago de Impuestos de Dominio Tributario Nacional, que fue promulgada el viernes 28 de septiembre por el presidente Evo Morales en la ciudad de Santa Cruz.

El presidente del SIN, Mario Cazón, dijo ayer, en rueda de prensa, que dicha norma, también denominada ley del ‘perdonazo’ tributario, beneficia a todos los contribuyentes que tienen deudas en el Servicio de Impuestos Nacionales.

Indicó que una de las formas de pago consiste en que el contribuyente tendrá una rebaja del 95% en las multas y se condonan los intereses si la deuda es cancelada al contado hasta el 30 de noviembre.

“Invito a los contribuyentes que tienen deudas tributarias en Impuestos Nacionales a tomar esta opción, que es la más beneficiosa porque únicamente pagan el 42% del total de su deuda. Hay un beneficio de un 55%”, convocó el titular del SIN.

Segunda y tercera fase

La segunda etapa para cancelar la deuda tributaria al contado corre del 1 diciembre de 2018 al 28 de febrero de 2019, menos el 90% de la multa y sin interés.

La tercera modalidad consiste en que los contribuyentes que no cuenten con el total del dinero para pagar al contado se acogerán a un plan de pagos de hasta 5 años plazo, en el cual también se le perdonará el 100% del interés y el 80% de la multa.

Cazón señaló que el SIN distribuirá material informativo a la población sobre la Ley de Regularización de Tributos del Nivel Central del Estado mediante sus oficinas y los medios de comunicación del país.

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