28 septiembre 2021

Cámara Nacional de Comercio debe derivar sus inquietudes por el servicio del TAB a la propia empresa y al Ministerio de Defensa

 Ante la preocupación manifestada por la Cámara Nacional de Comercio (CNC) por posibles incumplimientos en la entrega de productos por causas ajenas a su responsabilidad, emergentes del servicio que brinda el Transporte Aéreo Boliviano (TAB), en respuesta a la CNC,  el Ministerio de Ministerio de Economía y Finanzas Públicas (MEFP), sugiere hacer conocer estas preocupaciones al Ministerio de Defensa como cabeza del sector del TAB, con el objeto de buscar las soluciones correspondientes.

El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas (MEFP),  atendió la inquietud de la CNC mediante Nota de CITE: MEFP/VPCF/DGNGP/UADN N° 733/2021 y realizó las siguientes aclaraciones:

· Se recordó a la CNC que la normativa de contrataciones públicas (NB-SABS y su Reglamentación) incluye el Modelo de Documento Base de Contratación (DBC) de Bienes, aprobado por Resolución Ministerial N° 298 de 27 de agosto de 2021, previsiones respecto a la existencia de hechos de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad contratante, ante incumplimientos en la entrega de bienes a efectos de no incurrir en sanciones.

· Asimismo, el Artículo 89 del Decreto Supremo N° 0181, de 28 de junio de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS) prevé la realización de modificaciones a los contratos, mismas que podrán ser empleadas ante estas eventualidades para el cumplimiento del objeto del contrato.



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