El gerente general de la Asociación Boliviana de Aseguradoras (ABA), Justino Avendaño, cuestionó las sanciones estipuladas en el Decreto Supremo 910, que reglamenta las sanciones administrativas a las entidades financieras y aseguradoras sobre ganancias ilícitas. Entre las sanciones se menciona desde una amonestación, una multa de Bs 300.000 hasta la suspensión de servicios.
El Gobierno dispuso, mediante decreto supremo, sanciones administrativas para las entidades bancarias, financieras, de valores y seguros que no reporten informes de manera oportuna y con la especificidad requerida por la Unidad de Investigaciones Financieras (UIF), encargada de la investigación de ganancias ilícitas.
“Las sanciones del decreto son duras porque pueden llegar hasta los Bs 300.000 y en el caso de la suspensión puede ser por un tiempo, pero la suspensión en el sistema financiero es tan sensible que cualquier acto de esta naturaleza por parte de una autoridad, llega a hacer perder la confianza en los clientes. Entonces la suspensión es más grave que la multa”, aseveró Avendaño a la agencia ANF.
El ejecutivo lamentó que la norma no se haya consensuado con el sector antes de su promulgación, porque considera que perjudicará con las sanciones y las nuevas instrucciones.
Por su parte, la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) y la UIF indicaron que la aplicación del Decreto Supremo 910 será riguroso y de estricto cumplimiento, bajo el espíritu y la filosofía enmarcadas en las políticas gubernamentales y sustentadas en el pilar de la lucha contra las acciones de ganancias ilícitas y lucha contra la corrupción. “La ley no se discute, se cumple”, sentenciaron en un comunicado oficial.
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