M.M. presentó sus facturas de descargo en su trabajo; sin embargo, su empleador rechazó la de mayor importe porque estaba mal llenada. Otra trabajadora no pudo llenar los datos en su formulario porque la factura no era visible.
Consultada sobre estos casos, la gerente distrital de Cochabamba de Impuestos Internos, Virginia Vidal, explicó que los comercios que emiten facturas ilegibles o sin el nombre del cliente no son pasibles a ninguna sanción. Son los consumidores o usuarios los que deben exigir el reemplazo por una factura legible y completa. En caso de que el propietario se rehúse al cambio de nota fiscal, los funcionarios de Impuestos Internos pueden intervenir.
Si en la nota fiscal no se detalla el consumo o los productos, existen multas para las empresas si la afectada denuncian la falta.
Vidal señaló que la Institución realiza de manera rutinaria operativos de control para recuperar los ingresos, además de insistir en la obligación de los contribuyentes de “emitir las notas fiscales por toda venta y prestación de servicios”.
Si por primera vez un centro no emite factura la sanción es clausura por tres días o el pago de una multa de diez veces el valor de factura no emitida.
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