La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) informó a los prestatarios del sistema financiero que instruyó a todas las entidades de intermediación financiera proceder con el diferimiento automático del pago de las cuotas a capital, intereses y otro tipo de gravámenes (obligaciones), correspondientes a los meses de marzo, abril y mayo de 2020.
Señala que los modos acerca de cómo efectuarán el pago de las cuotas diferidas, deberán ser explicadas a los deudores, así como “el costo financiero” que implicaría cada una de ellas.
“Al margen (del diferimiento), las entidades están facultadas a efectuar reprogramaciones o adoptar otras medidas de solución para sus deudores, tales como periodo de gracia y otras que contemplen condiciones accesibles a solicitud de sus clientes”, señala el comunicado de la entidad fiscalizadora, en cumplimiento de lo establecido en la Ley 1294, el decreto supremo 4206 y la Carta Circular ASFI/DNP/R-2785/2020.
Establece que, pasada la cuarentena total dispuesta por el Gobierno, los prestatarios dispondrán de seis meses para acordar con las entidades de intermediación financiera, el mecanismo sobre cómo efectuarán el pago de las cuotas diferidas.
Para esto, dichas entidades deben asesorar a los deudores sobre las opciones que pueden ser tomadas para el efecto, así como el costo financiero que implicaría cada una de ellas, aclarando que, a partir del mes de junio, los pagos se deben efectuar conforme al cronograma original de la operación crediticia o bajo las condiciones que hayan podido ser convenidas en los casos correspondientes.
La entidad recuerda a los consumidores financieros, que a través de la línea gratuita 800 103 103 pueden efectuar consultas y reclamos ante la ASFI, desde las 8:00 hasta las 12:00, de lunes a viernes. De la misma manera, lo pueden hacer a través de su página web en su apartado de Reclamos y Consultas, disponible que está disponible las 24 horas.
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