Las estafas financieras piramidales ahora serán sometidas al Código Penal, en cumplimiento de la Constitución Política del Estado (CPE), aseguró el director ejecutivo de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), Ernesto Rivero.
La autoridad explicó que están tomando en cuenta, “de manera muy responsable, la aplicación del Artículo 331 de la Constitución, que establece claramente que el crédito y el ahorro de los ciudadanos bolivianos son de interés público”.
“Por consiguiente, el querer jugar con el crédito y con el ahorro de los bolivianos amerita la aplicación del Código Penal”, sostuvo el ejecutivo de la ASFI.
El Artículo 331 de la CPE estipula que “las actividades de intermediación financiera, la prestación de servicios financieros y cualquier otra actividad relacionada con el manejo, aprovechamiento e inversión del ahorro son de interés público y sólo pueden ser ejercidas previa autorización del Estado, conforme con la ley”.
Entre enero y febrero del 2008, la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras, ahora ASFI, cerró las empresas Roghel Bolivia, LV Pharma y Orión Asociados en Inversiones, cuya actividad era la intermediación financiera. Estas empresas ofrecían altos intereses mensuales a cambio de dinero entregado supuestamente para inversiones internacionales o en el mercado de valores, y pedían a sus clientes captar otros más para que puedan ganar comisiones.
Una publicación de la entidad reguladora recuerda que el caso más reciente fue el de Roghel, donde Windsor Goitia, pastor de una iglesia protestante, estableció relaciones con feligreses, además de sus familiares, prometiéndoles utilidades iniciales hasta del 20% de rentabilidad mensual.
La autoridad explicó que están tomando en cuenta, “de manera muy responsable, la aplicación del Artículo 331 de la Constitución, que establece claramente que el crédito y el ahorro de los ciudadanos bolivianos son de interés público”.
“Por consiguiente, el querer jugar con el crédito y con el ahorro de los bolivianos amerita la aplicación del Código Penal”, sostuvo el ejecutivo de la ASFI.
El Artículo 331 de la CPE estipula que “las actividades de intermediación financiera, la prestación de servicios financieros y cualquier otra actividad relacionada con el manejo, aprovechamiento e inversión del ahorro son de interés público y sólo pueden ser ejercidas previa autorización del Estado, conforme con la ley”.
Entre enero y febrero del 2008, la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras, ahora ASFI, cerró las empresas Roghel Bolivia, LV Pharma y Orión Asociados en Inversiones, cuya actividad era la intermediación financiera. Estas empresas ofrecían altos intereses mensuales a cambio de dinero entregado supuestamente para inversiones internacionales o en el mercado de valores, y pedían a sus clientes captar otros más para que puedan ganar comisiones.
Una publicación de la entidad reguladora recuerda que el caso más reciente fue el de Roghel, donde Windsor Goitia, pastor de una iglesia protestante, estableció relaciones con feligreses, además de sus familiares, prometiéndoles utilidades iniciales hasta del 20% de rentabilidad mensual.
“Como ya tenía a su favor la credibilidad y confianza, los que le rodeaban le entregaban a ciegas su dinero con la única condición de que estas personas traigan a otras tantas y esas tantas a otras tantas”, añade.
La ASFI calcula que en el lapso del año 2005 al 2008, Roghel Bolivia captó al menos $us 40 millones del público.
En este marco, Ernesto Rivero destacó el hecho de que la ASFI ya suscribió convenios con las fiscalías de distrito (Ministerio Público) y el Comando General de la Policía para realizar un trabajo conjunto en la prevención, investigación y sanción de delitos financieros de todo tipo.
Indicó que con la aplicación del Código Penal, los estafadores ya no tienen por dónde salir o empezar juicios civiles.
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