Las entidades bancarias pueden otorgar un préstamo que no sobrepase el 25 por ciento de los ingresos de prestatarios que ya cancelan cuotas por una propiedad.
Los prestatarios que se beneficiaron con un crédito para la vivienda de interés social también pueden acceder a un nuevo préstamo de consumo el cuál no está condicionado a la cuota que pagan al banco por su casa.
Asi lo establece la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero de Bolivia (ASFI) en la circular 339/2015, que en octubre de la gestión pasada modificó el Reglamento para Operaciones de Crédito de Vivienda de Interés Social y el Reglamento de Evaluación y Calificación de Carteras de Crédito.
El documento establece que las entidades bancarias deben realizar el cálculo de la capacidad de pago de un prestatario que quiere un crédito de consumo -no superior al 25 por ciento de sus ingresos- sin considerar la cuota que destina a su crédito de vivienda social con o sin garantía hipotecaria.
Es decir, “se amplía la posibilidad de que un prestatario dependiente acceda a crédito de consumo, sin que se considere la cuota para créditos de vivienda”, indicó el ejecutivo de la Asociación de Bancos Privados de Bolivia (Asoban), Nelson Villalobos.
Agregó que esta medida favorece a un grupo de potenciales prestatarios que estaban limitados a acceder a créditos, por barreras que habían entre sus ingresos y la cuota de amortización (devolución de su deuda). A su vez, esta medida permitirá el crecimiento de la cartera crediticia de la banca, puntualizó.
Es decir, el número de prestatarios se incrementará.
DESCONOCIMIENTO No obstante, los oficiales de crédito de la mayoría de las entidades bancarias del departamento desconocen la circular de la ASFI.
Por ejemplo, en dos entidades consultadas por OPINIÓN, Banco Bisa y Banco Económico, indicaron que están en condiciones de dar un crédito de consumo a un beneficiario de una vivienda social, siempre y cuando ambas cuotas no excedan el 25 por ciento de sus ingresos.
En el Banco Nacional de Bolivia (BNB) explicaron que sí se puede ampliar el margen de endeudamiento de un prestatario de vivienda social, pero para ello éste debe registrar mayores ingresos económicos.
RIESGO Desde el punto de vista de Asoban, esta determinación no afectará al índice de mora de los bancos, pues la gestión de riesgos de cada entidad se realizará “con la misma rigurosidad y eficacia”, es decir analizará la capacidad de pago con el fin de garantizar el retorno de los recursos.
Cifra
Hasta el primer semestre del año pasado, más del 21 por ciento de la cartera de créditos era para vivienda social.
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