El Gobierno, la banca y los fondos financieros privados (FFP) impulsan cuatro nuevas leyes que permitirán mayor eficiencia en el sector financiero para mejorar y agilizar los créditos.
De acuerdo a una carta enviada por el presidente del directorio y el secretario ejecutivo de la Asociación de Entidades Financieras Especializadas en Microfinanzas (Asofin), Herbert Müller y Fernando Prado, al ministro de Hacienda Luis Arce, existe la coincidencia entre el Gobierno y esta entidad para impulsar normas legales, como la Ley de Leasing, la Ley de Garantías Reales Muebles, la Ley de Registro de Garantías Reales Muebles y la Ley de Firmas Electrónicas.
En este marco, el vicepresidente de la Asociación de Bancos Privados de Bolivia (Asoban), Eduardo Paz, explicó que el tema podría ser analizado por las comisiones que se formaron para estudiar la posibilidad de aumentar las tasas de interés para el ahorro, compuestas por técnicos de la banca y de Hacienda.
Aclaró que las normas no fueron el tema específico de la última reunión que sostuvieron con el Gobierno, pero destacó que “estas leyes, de manera general, son positivas porque traen eficiencia al sistema financiero y permiten llegar en mejores condiciones y de manera más rápida a los clientes”. Indicó que si bien estas normas son positivas, los proyectos de ley deben ser conocidos a detalle y socializados para evitar problemas futuros con los prestatarios, quienes deben tener un correcto entendimiento de los mismos, al igual que las entidades financieras e incluso los administradores de justicia. “La Ley de Garantías Muebles tiene una gran virtud, porque hace eficiente la otorgación y recuperación de créditos (...) Hay que ver si la Ley de Leasing permite a la banca brindar este servicio de forma directa (...) Y la Ley de Firmas Electrónicas promueve la eficiencia en las transacciones financieras”, sostuvo el vicepresidente de Asoban.
El leasing es un instrumento de arrendamiento financiero, donde a través de un crédito o préstamo, el banco adquiere y alquila un bien por un tiempo determinado, de manera que al final del plazo el cliente tiene la opción de comprarlo.
Las Garantías Muebles, por el contrario, es la forma de garantizar con bienes muebles (autos, maquinaria, equipos electrónicos, muebles) la obtención de nuevos créditos. Es una alternativa a la garantía con bienes inmuebles (casas, terrenos, departamentos, entre otros).
El Registro de Garantías Reales Muebles es un registro jurídico que tiene por objeto la publicidad de actos y contratos relativos a los bienes muebles: la venta a plazos, arrendamientos financieros y también los de hipoteca mobiliaria.
En tanto, las Firmas Electrónicas son firmas y códigos inmersos en las nuevas tecnologías de comunicaciones electrónicas, que deben garantizar seguridad, y que en el sistema financiero promueve la eficiencia de las transacciones.
De acuerdo a una carta enviada por el presidente del directorio y el secretario ejecutivo de la Asociación de Entidades Financieras Especializadas en Microfinanzas (Asofin), Herbert Müller y Fernando Prado, al ministro de Hacienda Luis Arce, existe la coincidencia entre el Gobierno y esta entidad para impulsar normas legales, como la Ley de Leasing, la Ley de Garantías Reales Muebles, la Ley de Registro de Garantías Reales Muebles y la Ley de Firmas Electrónicas.
En este marco, el vicepresidente de la Asociación de Bancos Privados de Bolivia (Asoban), Eduardo Paz, explicó que el tema podría ser analizado por las comisiones que se formaron para estudiar la posibilidad de aumentar las tasas de interés para el ahorro, compuestas por técnicos de la banca y de Hacienda.
Aclaró que las normas no fueron el tema específico de la última reunión que sostuvieron con el Gobierno, pero destacó que “estas leyes, de manera general, son positivas porque traen eficiencia al sistema financiero y permiten llegar en mejores condiciones y de manera más rápida a los clientes”. Indicó que si bien estas normas son positivas, los proyectos de ley deben ser conocidos a detalle y socializados para evitar problemas futuros con los prestatarios, quienes deben tener un correcto entendimiento de los mismos, al igual que las entidades financieras e incluso los administradores de justicia. “La Ley de Garantías Muebles tiene una gran virtud, porque hace eficiente la otorgación y recuperación de créditos (...) Hay que ver si la Ley de Leasing permite a la banca brindar este servicio de forma directa (...) Y la Ley de Firmas Electrónicas promueve la eficiencia en las transacciones financieras”, sostuvo el vicepresidente de Asoban.
El leasing es un instrumento de arrendamiento financiero, donde a través de un crédito o préstamo, el banco adquiere y alquila un bien por un tiempo determinado, de manera que al final del plazo el cliente tiene la opción de comprarlo.
Las Garantías Muebles, por el contrario, es la forma de garantizar con bienes muebles (autos, maquinaria, equipos electrónicos, muebles) la obtención de nuevos créditos. Es una alternativa a la garantía con bienes inmuebles (casas, terrenos, departamentos, entre otros).
El Registro de Garantías Reales Muebles es un registro jurídico que tiene por objeto la publicidad de actos y contratos relativos a los bienes muebles: la venta a plazos, arrendamientos financieros y también los de hipoteca mobiliaria.
En tanto, las Firmas Electrónicas son firmas y códigos inmersos en las nuevas tecnologías de comunicaciones electrónicas, que deben garantizar seguridad, y que en el sistema financiero promueve la eficiencia de las transacciones.
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