27 abril 2014

Impuestos ¿Qué se puede modificar en el Régimen General?

Este espacio busca ser de utilidad para los emprendedores y ejecutivos. Conozca los requisitos para hacer cambios reglamentados por el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN).

_ Modificación de datos del Padrón Nacional de Contribuyentes 
Todos los contribuyentes se encuentran en la obligación de comunicar a la administración tributaria cualquier modificación que pudieran efectuar, sea del domicilio fiscal, habitual, actividad económica u otro. Para cada trámite el contribuyente debe presentar los documentos originales o fotocopia legalizada y fotocopias simples.

_ ¿Qué se puede modificar en el Régimen General?
Las modificaciones que pueden efectuar los contribuyentes son las siguientes:
1. Estado del NIT (activo habilitado, inactivo solicitado)
2. Dato básico (persona natural)
3. Dato básico (persona jurídica)
4. Carácter de la entidad
5. Actividad económica
6. Característica tributaria
7. Datos básicos y domicilio del representante legal
8. Domicilio fiscal y habitual
9. Sucursales y/o depósitos
10. Socios y/o beneficiarios
11. Apoderados
12. Reposición certificado de inscripción, tarjeta y/o documento de exhibición NIT
13. Cambio de Régimen Especial a General
14. Cambio a sucesión Indivisa
15. Registro de vehículos y afiliados
16. Registro de SMS para declaraciones juradas sin datos
17. Reposición de Tarjeta Galileo

www.impuestos.gob.bo

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