14 agosto 2014

Diputados aprueba norma que reduce edad de jubilación



La Cámara de Diputados aprobó la noche del miércoles, en grande y en detalle, el proyecto de ley 380 que norma el acceso a los beneficios del Sistema Integral de Pensiones con reducción de edad para trabajadores en condiciones insalubres. Su aplicación permitirá garantizar el derecho a la jubilación con carácter universal, solidario y equitativo.

El ministro de Economía y Finanzas Públicas, Luis Arce, citado en un boletín de prensa de la Cámara Baja, explicó que luego de la promulgación de la Ley de Pensiones vigente desde la gestión 2010 se fue trabajando una serie de mejoras para beneficiar a la clase obrera, en un trabajo coordinado con miembros de la Central Obrera Boliviana (COB).

"En este momento está vigente el beneficio de la reducción de edad únicamente para el sector minero, para los que trabajan o hayan trabajado en interior mina, donde se les disminuye un año en edad de jubilación por cada dos años que hubieran trabajado en interior mina; este beneficio también se trabajó con la posibilidad de extenderlo a otros sectores que trabajan en condiciones insalubres", dijo la autoridad.

Recordó que hay solicitudes de trabajadores mineros que desarrollan sus labores a cielo abierto, pero que también están expuestos a radiaciones y material tóxico; a eso se suman los trabajadores en cemento, en ladrilleras e incluso en la industria textil, donde están expuestos a polvos químicos y otros contaminantes que potencialmente podrían reducir la vida de los trabajadores y por tanto deberían ser sujetos a que se reduzca la edad de jubilación.

Por su parte, el presidente de la Cámara de Diputados, Marcelo Elío, sostuvo que la norma vigente habla de 56 años como edad mínima pero que con las modificaciones que propone el Proyecto de Ley se deberá analizar hasta dónde puede llegar la edad mínima de jubilación para personas que trabajan en situaciones insalubres.

Esta norma dispone que en estos casos donde los trabajadores soliciten que las labores que realizan sean declaradas como insalubres, deberán contar con un estudio técnico del sector efectuado por una comisión técnica que determine efectivamente la exposición de los trabajadores.

Esta comisión estará integrada por el Instituto Nacional de Salud Ocupacional (INSO), el Instituto Nacional de Seguros de Salud (INASES) y el Departamento Nacional de Medicina del Trabajo de la Caja Nacional de Salud (CNS), los que junto al Ministerio de Salud deberán emitir un informe técnico legal para la consideración y análisis de la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros (APS).

Para otros sectores diferentes al sector minero que soliciten que los trabajos que realizan sean declarados insalubres, el proyecto establece que deberán contar con un estudio técnico del sector, el cual contemple la reducción de la esperanza de vida respecto al tiempo de exposición a condiciones de trabajo insalubre, efectuado con la misma comisión técnica.

En caso de que dicha comisión determine que no existen condiciones de trabajo insalubre en una o más secciones de un determinado sector, la solicitud de un nuevo estudio no procederá salvo cuando exista justificación razonable para el mismo, como la introducción de nuevos procesos, cambio de procesos u otros que podrían generar trabajos insalubres.

ABI

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