La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), Lenny Valdivia, informó ayer que las entidades de intermediación financiera del país evalúan la suspensión de cobros de créditos por seis meses a prestatarios que han sido afectados por los desastres naturales en varios departamentos.
Explicó que esa tolerancia de pago se empezará a computar a partir del 31 de enero hasta el último día de julio de este año, aunque semanas atrás sostuvo que la evaluación será posible una vez que bajen las aguas y se pueda verificar en el lugar la pérdida de cultivos, ganado y la infraestructura productiva.
La autoridad dijo que esta resolución beneficiará a los departamentos del Beni, Cochabamba, Pando, Chuquisaca, La Paz y Potosí. Explicó que independientemente de ser del sector ganadero, transporte o de la micro pequeña empresa son para todas aquellos prestatarios del sistema financiero que han sufrido la pérdida de sus bienes por causas de fuerza mayor y que ahora se encuentran en una situación difícil, lo que podría impedir la amortización de sus acreencias.
“Esta resolución que se ha emitido es producto de las reuniones que hemos sostenido con las autoridades de sistemas financiero, asimismo con organizaciones sociales, gobiernos municipales tanto del norte de La Paz, del Oriente, de Sucre y San Borja”, declaró la Valdivia.
Agregó que la resolución se sustenta en que los bancos, fondos financieros privados, cooperativas de ahorro y créditos abierto, mutuales de ahorro y vivienda tienen la obligación de suspender las acciones de cobro extrajudicial o judicial de todos los créditos vencidos a acreedores que han sido afectados por las lluvias.
Asimismo, en segundo término, dijo que se realizará una evaluación caso por caso de cada prestatario para ver en qué medida se ha producido la afectación para su pago y también para ver si están en la posibilidad de pagar el 100% de la cuota mensual de amortización o esté en condiciones de pagar solo el 50% o incluso que no esté en situación de no tener capacidad para cumplir sus obligaciones.
“Esta evaluación no se puede hacer por sectores, sino que es un tratamiento individualizado, porque depende de la situación de cada familia. Este tipo de medidas está destinado para aquellos prestatarios que realmente han sido afectados por los desastres naturales. No podemos pretender beneficiar con estas medidas a quienes no presentan esta situación”, declaró.
La autoridad explicó que el diferimiento de las cuotas de amortización no es una condonación, ni total, ni parcial de las deudas, tampoco una reprogramación, sino que es un período de tolerancia excepcional para el cobro del capital e interés, debido a que el tema no es competencia de la ASFI sino de las entidades financieras. Además señaló que para el diferimiento de las cuotas, no se necesita ninguna norma o resolución, sino que deviene la determinación por causa mayor relacionada con la situación adversa que está afectando especialmente al sector productivo.
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