24 enero 2008

Baja la edad de jubilación y se podrán retirar los aportes

El Gobierno aprobó el 16 de enero de este año el Decreto Supremo 29423, que baja la edad de jubilación de 65 a 60 años y autoriza que los trabajadores recojan sus aportes voluntarios de forma parcial o total.

El viceministro de Pensiones, José Luis Pérez, explicó que la determinación permitirá que muchas más personas accedan al beneficio de una renta.

Hasta el año pasado sumaban 130 mil los jubilados del antiguo sistema y 14 mil los de la compensación de cotizaciones.

“Los varones y mujeres —anunció— se van a poder jubilar ahora hasta los 60 años y ya no deberán esperar hasta los 65 como con la Ley de Pensiones”.

El 24 de noviembre de 2007, La Prensa anticipó el contenido del decreto, que reglamenta la Ley 3785, de ajustes a la reforma de Pensiones.

El decreto señala que las medidas obedecen a que el Gobierno “evidenció la existencia de trabajadores que vienen enfrentando dificultades para acceder a la jubilación y prestaciones del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo por los requisitos establecidos en la Ley 1732 a causa de la temporalidad de su trabajo y su condicionamiento a ciclos productivos”.

Sobre el retiro

Según el artículo 8 del decreto, los trabajadores independientes, como los comerciantes, choferes, sastres, mecánicos y otros que tienen aportes voluntarios, podrán recoger su dinero.

Los empleados estacionales, como los castañeros y zafreros, que cumplen una actividad laboral en función del ciclo productivo de los sectores agrícola, pecuario y de silvicultura, también se beneficiarán con la medida.

En cambio, los empleados dependientes podrán acceder a esta ventaja siempre y cuando hagan contribuciones adicionales al descuento que mensualmente les aplican los dueños de las empresas en sus papeletas de pago, equivalente al 12,5 por ciento del total ganado.

El 10 por ciento de ese monto va a la cuenta individual de vejez; el 1,7 por ciento al Riesgo Común y el 0,5 por ciento a la AFP por la administración del aporte. La empresa aporta, por su lado, 1,7 por ciento para el Riesgo Profesional.

Pérez explicó que los aportes obligatorios que van a las AFP no se pueden retirar. Aseguró además que ésta es una buena opción para los empleados dependientes porque con su contribución mejorarán su renta cuando se jubilen.

Los requisitos

Los trabajadores que quieran recoger temporalmente sus aportes voluntarios pueden hacerlo siempre que tengan una contribución equivalente a cinco años.

La norma les permite recuperar el total de su aporte o sólo una parte, eso depende de cada persona. Al momento del trámite no debe presentar ningún plan de negocios.

Una de las condiciones establecidas para acceder a ese beneficio es que la persona devuelva a la AFP el monto retirado, porque con ese dinero garantizará su jubilación. Pérez aseguró que no existe un plazo determinado para la reposición de los fondos. Quienes deseen acceder a este servicio pueden dirigirse a las oficinas de las AFP en todo el país o al Servicio Nacional del Sistema de Reparto (Senasir).

Otra fuente del Gobierno precisó que el objetivo de la medida es incentivar a que los sectores que realizan actividades particulares ingresen en el sistema de jubilación y aporten a las Administradoras de Pensiones.

El Gobierno crea una pensión mínima de 566 bolivianos

El Poder Ejecutivo creó una pensión mínima dirigida a quienes tengan aportes para su jubilación por debajo del salario mínimo nacional.

Para acceder a ese beneficio, una persona debe tener 60 años cumplidos y haber aportado por lo menos durante 15 años (180 cuotas) ya sea en el sistema de reparto o en el nuevo.

El viceministro de Pensiones, José Luis Pérez, dijo que el valor del esa renta mínima este año será de 566 bolivianos, que salen del salario mínimo nacional de 2007 más el ajuste a la Unidad de Fomento a la Vivienda (UFV).

La pensión mínima se financiará con el 20 por ciento de las recaudaciones provenientes de los aportes por Riesgo Común y Riesgo Profesional, al que contribuyen los trabajadores y los dueños de las empresas.

La Ley de Pensiones establece un aporte a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) del 12,5 por ciento del total ganado de los trabajadores. De ese porcentaje se descuenta el 1,7 por ciento por Riesgo Común. Los empresarios privados aportan el 1,7 por ciento por Riesgo Profesional para sus empleados.

La autoridad precisó que esa renta beneficiará a unas 12 mil personas este año y que cada gestión aumentarán mil más. Indicó que se requerirán unos 10 millones de dólares al año para cubrir este plan.

Según el Decreto Supremo 29423, si el Servicio Nacional del Sistema de Reparto (Senasir) calcula que con sus aportes llega a una renta menor a la de la pensión mínima, por ejemplo 400 bolivianos, inmediatamente se beneficia con la pensión de 566 bolivianos.

Sin embargo, si sus aportes suman unos 700 bolivianos, es decir más de la renta mínima, entonces se queda con el monto mayor.

La persona podrá escoger entre las alternativas que más le convengan a sus ingresos.

El Senasir atenderá todas las consultas de la población sobre el tema.

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