07 septiembre 2008

Los servicios de salud prepago no están regulados

Otra modalidad de seguros que ha comenzado a proliferar en el país son los de cobertura médica prepago, comercializados por clínicas privadas o empresas en convenios con centros de atención en salud. Es el caso de Paracelsius (sistema de medicina preventiva), Previsora de Salud y Alternativa Médica en Servicios de Salud (AMES), entre otras.

El presidente de Asociación Boliviana de Aseguradoras (ABA), Hugo de Granchant, aclaró que estas firmas no son ilegales, pero funcionan sin una normativa que las regule y son una competencia desleal para las empresas autorizadas.

Al no estar supervisadas, ABA considera que estas compañías, cuando ocurra una contingencia, tampoco tienen el respaldo para brindar la cobertura porque no tienen las reservas económicas a las que está obligada constituir una empresa legalmente establecida.

Por ejemplo, si algún afiliado se fractura la pierna, es probable que no garanticen la operación y el usuario deberá efectuar una serie de trámites por correspondencia para solicitar que se lo atienda, con el gasto extra que implica esa situación.

Una de las empresas más reconocidas en la oferta de medicina prepago en La Paz, Santa Cruz, Tarija y Cochabamba es Previsora de Salud, que ofrece una serie de coberturas y atención médica a cambio de cuotas mensuales.

La asesora comercial de la empresa, Karina Villegas, desde Santa Cruz explicó que la compañía trabaja con varias clínicas y garantiza 100 por ciento de cobertura en consulta médica general, especializada y emergencias derivadas de accidentes y medicamentos, además de exámenes de rutina y los complejos, fisioterapia, cirugía y un plan materno y dental. El costo para una sola persona es de 39 dólares mensuales, y para una familia de tres miembros, de 65 dólares.

Al ser consultada si tenían alguna regulación o supervisión de la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros (SPVS), la representante comercial dijo que están afiliados a la Cámara de Industria Comercio, Servicios y Turismo de Santa Cruz (Cainco).

De acuerdo con la Ley de Seguros, en su artículo 27, las entidades aseguradoras especializadas en seguros de personas podrán prestar servicios similares a un seguro con una tarifa anticipada, pero sólo si ha sido autorizadas ya por la Superintendencia.

Sugerencias

La Asociación Boliviana de Aseguradores pide tomar en cuenta lo siguiente:

1.- El seguro es un producto que se pone a prueba cuando ocurre un siniestro, por lo tanto se debe dejar en claro cuáles son los derechos que tiene la persona o sus familiares para reclamar el seguro.

2.- Tener claro que trabajar con empresas en el exterior que no están supervisadas por el ente fiscalizador boliviano implica un costo adicional considerable.

En caso de solución de controversias se tendrá que contratar un estudio de abogados extranjeros a un costo elevado.

3.- Puede ocurrir que, contratado un seguro de una empresa del exterior y una vez ocurrido el siniestro, la aseguradora no pueda ser ubicada y se haya consumado una estafa.

4.- Infórmese bien de que la institución de seguro donde se deposita la confianza pueda hacer frente a una eventualidad en el futuro. Tome en cuenta que, si es un seguro de vida, el titular no estará disponible para orientar a su familia el camino y se le debe informar de la póliza.

5.- Si tiene dudas sobre la legalidad y confianza de una empresa, recurra a la página web de la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros (www.spvs.gov.bo). Allí encontrará la lista actualizada de las firmas que tienen respaldo.

Para tener en cuenta

Las aseguradoras legales deben contar con un respaldo patrimonial adecuado.

La Ley de Seguros exige la constitución de reservas y la SPVS vela por la salud del sector.

Las aseguradoras legales reclaman mayores controles estatales sobre el sector.

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