01 febrero 2012

Casas de cambio exigirán declaración jurada

A partir de hoy, las casas de cambio deben solicitar de sus clientes que realicen transacciones comerciales desde 3.000 dólares, o su equivalente en moneda boliviana, el llenado de una declaración jurada en la que se informe del origen y el destino de esos recursos, y se brinden los datos personales completos, informó la directora ejecutiva de ASFI, Lenny Valdivia, a la ANF.

La normativa “impone que transacciones de cambio de moneda, compra y venta de moneda, puede ser cambio de billetes de menor o mayor denominación, compra y venta de cheques de viajero, envío o recepción de giros, en el caso de casas de cambio constituidas como personas jurídicas, tienen la obligación de hacer llenar un formulario a toda persona que realice este tipo de transacciones”.

Valdivia explicó que si una persona quiere realizar una transacción por 2.999 dólares, “absolutamente no está obligada a llenar este formulario; pero una vez llenado debe ser evaluado por la casa de cambio adoptando políticas que recogerán estas casas de cambio de manera paulatina, y hasta el 20 de cada mes debe adjuntar los reportes de operaciones sospechosas vinculados a la legitimación de ganancias ilícitas”, aseveró Valdivia.

En junio de 2011, mediante la Resolución 486/2001, se resolvió incorporar a las casas de cambio al ámbito de regulación como empresas de servicios auxiliares financieros. La norma 672/2011 del 14 de septiembre de 2011 emite el reglamento para la constitución, funcionamiento, disolución y clausura de estos locales.

No hay comentarios:

Publicar un comentario