La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) aprobó una norma que modifica al reglamento para la transacción de cupones de bonos. La Resolución ASFI 493/2015 del 26 de junio limita la renegociación de estos instrumentos si están colocados a más de cinco años.
La reguladora aprobó modificaciones al Reglamento para la Transacción de Cupones de Bonos. En la sección 4, artículo 1, ahora se estipula: "Se prohibe la negociación de cupones y/o bonos sin cupones, cuyo plazo de vencimiento sea superior a cinco años”.
El analista del mercado de valores, Arnold Saldias, explicó que a partir de la vigencia de esta disposición no se podrán negociar cupones de bonos cuando tengan más de cinco años. "Eso significa que los inversionistas que tengan esos valores en su cartera no los podrán negociar en bolsa, tendrían que hacerlo en mercado extrabursátil”, dijo.
Eso ocasiona que no se puedan hacer líquidos esos valores y no puedan volverse efectivos. Hasta ahora, si se tenía un bono, éste podía ser renegociado antes de su vencimiento, a través de los cupones, para obtener liquidez.
La resolución de ASFI ahora específica que no se podrá renegociar los bonos en forma fragmentada, si es que tienen un plazo mayor a cinco años, explicó.
Por los bonos de Tesoro se paga intereses cada seis meses, si se tiene uno a un plazo de 100 años, se desglosan en 99 cupones. Si el inversionista requiere dinero, puede vender una parte, pero ahora, si el plazo es mayor a cinco años, no podrá hacerlo.
Esto puede hacer perder interés en la compra de bonos del Tesoro que son a largo plazo.
El analista Armando Álvarez, opinó que la resolución "vulnera el mercado de valores y limita la libre negociabilidad y la gestión de cartera. Limitar la posibilidad de compra de bonos desprendidos, obviamente lo único que genera es limitación a las alternativas de inversión que puedan haber”.
En su criterio, esto afecta fundamentalmente a quienes emiten bonos de largo plazo, es decir a todos los que administran cartera de inversión. "Hablamos de los fondos de pensiones, de las compañías de seguros, aquellas que administran cartera de inversión de largo plazo”, indicó.
El investigador del Inesad, Osvaldo Nina, considera que lo que se busca con la norma es evitar pagos muy frecuentes en el caso de la emisión de bonos. " El problema que tiene el Ministerio de Economía es su flujo de caja, tiene que saber cuánto recibe y cuánto gasta. Tiene que hacer previsiones, entonces para evitar que eso fluctúe, esta normativa ayudará a evitar ese tipo de sorpresas”, precisó.
Además, según Nina, es una señal al mercado de valores para advertir que posiblemente el Gobierno emitirá bonos con mayor frecuencia para el financiamiento del déficit fiscal.
Más sobre la normativa
Bono Es un tipo de valor puesto a la venta por empresas, instituciones o el propio Estado para captar del mercado dinero en efectivo. Se puede clasificar a los bonos como valores de contenido crediticio.
Cupón El bono puede llevar cupones adheridos. En cada uno se indicará el título al
cual pertenece, su número, valor y fecha de exigibilidad.
Tesoro Son emitidos en subasta con una tasa de rendimiento nominal preestablecida, con pagos semestrales de cupones, a rendimiento y nominativos. Sus plazos varían de 728 a 1.456 días (2 y 4 años).
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