La nueva Ley de Bancos crea la figura del leasing financiero para la vivienda.
A través de este mecanismo, el interesado no está obligado a pagar una cuota inicial como se estipula en los créditos con garantía hipotecaria, sino que bajo esta modalidad la entidad financiera adquiere una vivienda la misma que es alquilada al cliente por un canon convenido.
El viceministro de Pensiones y Servicios Financieros, Mario Guillén, explicó que la cuota inicial se presentaba como la principal barrera para que los usuarios puedan acceder a una vivienda. Este alquiler en un cierto tiempo puede ser contabilizado por la entidad financiera a cuenta del valor del inmueble.
De convenir la operación al usuario, el banco o la mutual, éstos reconocen el monto de los alquileres percibidos a cuenta del valor de la vivienda.
Esta es una figura en la que las entidades bancarias incursionaron en la última década en Bolivia. Los bienes transados se refieren generalmente a maquinaria y otros bienes de capital. Según la ley, una vivienda de interés social tiene un valor de $us 100 mil o $us 120 mil, según se trate de un departamento o de una casa. Guillén dijo que los brazos financieros del Gobierno – el Banco de Desarrollo Productivo BDP y el Banco Unión- contribuirán a resolver el agudo problema de acceso a la vivienda de “interés social” en el país.
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