21 agosto 2013

Banca se alista a "renegociar" deuda de casas y producción

El presidente Evo Morales promulgará hoy la nueva ley de servicios financieros, norma que remplazará a la vigente Ley de Bancos y Entidades Financieras, Nº 1488 de abril de 1993, y que da un giro a la historia de la regulación en Bolivia.

La actual ley fiscalizará principalmente las tasas de interés de los créditos productivos y de vivienda y permitirá renegociar los préstamos vigentes y antiguos de ambos segmentos, según representantes gubernamentales y de la Asociación de Bancos Privados de Bolivia (Asoban).

El presidente de Asoban, Kurt Koenicsfest, adelantó que el Gobierno los convocó hoy a la promulgación de la ley y tienen la esperanza de participar en la reglamentación.

El ejecutivo también aclaró que las leyes no son retroactivas; sin embargo, precisó que a partir de la elaboración del reglamento en 90 días, los prestatarios "antiguos" pueden ir a las entidades financieras a renegociar las condiciones que tienen por sus créditos.

Citó por ejemplo que si tienen un crédito con una tasa del 12% y la nueva ley establece que este tipo de préstamos de vivienda y productivo tengan un tope del 8%, entonces los que tienen deudas pueden acercarse a sus entidades, pero esto será sujeto a una negociación. “La entidad puede aceptar o no. No obstante, de aquí en adelante los bancos cumpliremos lo que señala la ley”, dijo.

Régimen especial

El viceministro de Pensiones y Servicios Financieros, Mario Guillén, anunció que el crédito productivo y de vivienda de interés social, así como las tasas pasivas de ahorro serán normados por el Ejecutivo mediante un régimen específico que definirá límites mínimos y máximos.

Aclaró que las tasas comerciales que ofertan las entidades del país a sus usuarios no serán reguladas por el Gobierno, pues estas seguirán siendo fijadas por las mismas.

Decretos

El secretario del Comité de Planificación, Presupuesto, Inversión Pública y Contraloría General, David Sánchez, informó de que ya se trabaja la reglamentación, específicamente en lo que serán los decretos de tasas de regulación en el tema productivo y vivienda.

Al respecto, Rolando Domínguez, gerente general de la cooperativa Jesús Nazareno, dijo que las tasas que otorga el sistema financiero son totalmente accesibles, no de usura.

“Esto no es cuestión de decreto, sino de análisis técnico. Así como hay que velar la producción y la vivienda, también hay que velar por el sistema financiero de todo el país”, señaló Domínguez

Algunas cifras

Los depósitos
Los depósitos del público al 30 de junio de 2013 ascienden a $us 11.623 millones, con un crecimiento en el primer semestre de $us 415 millones, equivalente al 3,7%, y en los últimos 12 meses de $us 1.757 millones, es decir, 17,8%.

Cartera crediticia
La cartera de créditos del sistema bancario nacional, al 30 de junio de la gestión 2013, asciende a $us 8.857 millones, registrando este primer semestre un crecimiento de $us 786 millones, equivalente al 10%, y en los últimos 12 meses de $us 1.599 millones.

Punto de vista

Tasas activas reguladas por el Gobierno
Armando Méndez - Ex Pdte Del Bcb

La todavía vigente Ley de Bancos, inicialmente en su art. 42, no era taxativa en cuanto a la libertad de las tasas de interés tanto para operaciones de crédito como para depósitos.

Esta libertad entró en vigencia con el famoso D.S. 21060. Recién el año 2001, por ley, se precisó este artículo: “Las tasas de interés activas y pasivas de las operaciones del sistema, así como las comisiones y recargos por otros servicios, serán libremente pactadas entre las entidades y los usuarios.

Las entidades no podrán modificar unilateralmente los términos, tasas de interés y condiciones pactadas en los contratos”.

Con la nueva ley se presenta un cambio fundamental. El art. 59 determina que “las tasas activas serán reguladas por el Ejecutivo mediante decreto, estableciendo límites máximos para el crédito al sector productivo y vivienda.

También se determina que se podrá establecer tasas mínimas para los depósitos

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