19 diciembre 2013

Entidades financieras deben remitir contratos tipo a ASFI

Todas las entidades financieras deben remitir, en un plazo de 45 días, sus modelos de contratos a la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), según la Resolución 811/2013.
La norma establece "el plazo de 45 días calendario para que las entidades financieras remitan a la ASFI los modelos de contratos de operaciones recurrentes y no recurrentes, según los criterios contenidos en el citado reglamento, para fines de revisión, aprobación o registro, según corresponda”, señala la parte tercera de la Resolución 811.
La directora de ASFI, Lenny Valdivia, informó ayer que otro de los aspectos importantes de la nueva disposición es que establece que las entidades financieras deben incluir, en la elaboración de sus contratos tipo, un lenguaje sencillo y claro para los consumidores financieros.
Por ejemplo, establece que los caracteres del contenido no debe ser inferior a tres milímetros.
Además, dispone que las entidades financieras deben facilitar a sus clientes el conocimiento y contenido del contrato en idiomas originarios, como el quechua, aymara y guaraní.
Cuando se trate de una persona con discapacidad, las entidades deben contar con mecanismos técnicos para que este grupo poblacional comprenda el contenido de los contratos, dijo.
"Actualmente, ya tenemos alrededor de cinco entidades financieras que preparan en lenguaje braille sus trípticos para la oferta de servicios financieros en ese lenguaje. Lo que pretendemos es que todas las entidades financieras pongan este tipo de facilidades para los consumidores”, dijo Valdivia.
En la resolución segunda también se precisa que se pondrá a disposición de los usuarios y entidades del sistema financiero el "Sistema de Registro de Contratos”, al que se podrá acceder mediante la página web de ASFI (www.asfi.gob.bo).
La directora afirmó que las instituciones financieras deben remitir sus modelos de contratos una vez que comprueben que no hay cláusulas "abusivas” o que vayan en perjuicio del consumidor.
El reglamento sobre contratos complementa a la nueva Ley de Servicios Financieros, que fue promulgada por el Órgano Ejecutivo el 21 de agosto de este año.
La nueva norma tiene el objeto de regular, controlar y supervisar los servicios financieros en el país, en el marco de la Constitución Política del Estado, vigente desde 2009.

La reglamentación
Aplicación Las disposiciones contenidas en el presente reglamento son de cumplimiento obligatorio para las entidades financieras, que en el desarrollo de sus operaciones con los clientes requieran efectuar la suscripción de contratos.
Perjuicios Se consideran cláusulas abusivas todas las disposiciones contenidas en el contrato que causan perjuicio al cliente, privando o limitando el ejercicio de sus derechos.
Operaciones La operación común y recurrente es una operación autorizada que se realiza de manera habitual, superior a cuatro veces en un sólo mes o más de 21 veces en un año, en función al giro de la entidad financiera.
Prima La prima o precio del seguro que deba pagar el cliente financiero por los seguros asociados a las operaciones financieras no podrá ser mayor a aquella que la entidad financiera efectivamente ha contratado con la compañía aseguradora, expresan las directrices para la elaboración de contratos fijadas por la ASFI.

Registro Efectuada la revisión o aprobación de los contratos, según corresponda, ASFI procederá al registro o publicación en el Sistema de Registro de Contratos, una vez que las entidades financieras remitan esos convenios tipo en versión digital.

Crean una central de información sobre reclamos y sanciones

En el reglamento de Protección de Derechos del Consumidor Financiero se creó la central de información de reclamos y sanciones contra las entidades, que se procesan en la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI).
"La creación de la central de reclamos y sanciones posibilitará que todo boliviano y boliviana pueda acceder a información sobre reclamos y sanciones que se procesan en la ASFI contra las entidades financieras, esto será para transparentar”, informó la directora de la ASFI, Lenny Valdivia.
El reglamento de Protección de Derecho del Consumidor Financiero entró en vigencia el 5 de diciembre mediante la Resolución 804/2013.
La ASFI desarrolló una base de datos que permitirá que los consumidores puedan efectuar reclamos no sólo en la ventanilla para tal propósito, sino que también lo podrán hacer en línea, mediante las páginas web de las entidades financieras, explicó la autoridad.
Para ello, la banca y las microfinancieras deben poner a disposición de los consumidores los mecanismos de reclamos (en sus páginas web) hasta el 31 de diciembre de este año.
También está vigente la Defensoría del Consumidor Financiero, dependiente de la Dirección de la ASFI, cuya misión es defender y proteger los derechos e intereses de los consumidores financieros frente a los actos, hechos u omisiones de las entidades financieras, expresa el artículo 1 de la Defensoría del Consumidor.
En el punto de reclamo, la entidad financiera debe mantener en archivo, por un periodo no menor a 10 años, toda la documentación relativa a cada caso; si dicha documentación se constituye en prueba en un proceso administrativo o judicial, entre otros, pendiente de resolución, la misma deberá permanecer en archivos de la entidad.

Las tarjetas con banda no servirán desde el 2 de enero

Desde el 2 de enero de 2014, los titulares de tarjetas de crédito y débito que aún no migraron del sistema de banda magnética al de microchip no podrán efectuar transacciones en los cajeros automáticos ni en puntos de venta en negocios, advirtió ayer la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI).
En la renovación de tarjetas hay un avance de más del 80%; los usuarios que no tramitaron el cambio tienen plazo hasta el 31 de diciembre.
"A partir del 2 de enero, las personas que no hayan efectuado la renovación de su tarjeta no podrán efectuar transacciones en todos los cajeros y terminales de punto de venta”, dijo ayer la directora de la ASFI, Lenny Valdivia.
El cambio de tarjetas magnéticas, tanto de crédito como de débito, al sistema de microchip se efectuará gratuitamente hasta el próximo 31 de diciembre.
Aunque la entidad reguladora no analizó un cobro para el próximo año, dijo que se trata de un tema que debe ser evaluado por las entidades financieras.
Hasta el 31 de octubre se registraron 99.878 titulares de tarjetas de crédito y 2.463.726 de tarjetas de débito, lo que significa que en el país hay 2.563.604 usuarios del servicio, según datos de la ASFI.
El sistema de microchip es más seguro que el de banda magnética. "En todas las entidades financieras que han migrado al sistema de microchip las denuncias o reclamos por clonación de tarjetas prácticamente han caído a cero”, dijo Valdivia.
En julio de 2012, la ASFI dispuso la migración a tarjetas con chip por las clonaciones en Santa Cruz y Cochabamba.

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