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31 diciembre 2013
Prestatarios deben solicitar por escrito renegociación de crédito
Para evitar demoras y hacer un mejor seguimiento sobre los trámites de renegociación de los créditos de vivienda y pactarlos a las nuevas tasas de interés que rigen en el mercado, los prestatarios deben presentar a la entidad financiera una solicitud por escrito.
Así lo hizo conocer ayer la directora Ejecutiva de Autoridad de Supervisión del Sistema Financiera (Asfi), Lenny Valdivia, quien explicó que “muchos ciudadanos” se apersonaron a las entidades financieras para “repactar” su crédito de vivienda, pero que no existe “evidencia” alguna del trámite porque lo hicieron de forma verbal.
Entonces, para “evitar que los prestatarios puedan sufrir algún tipo de demora en sus trámites” y para que exista “constancia” del mismo, los “clientes deben presentar su solicitud por escrito para que inicie su trámite”, añadió y sostuvo que “es una simple carta”.
El 21 de diciembre, el Gobierno aprobó el primer decreto reglamentario de la Ley de Servicios Financieros sobre los topes máximos de tasas de interés fijas para la vivienda social que no están sujetas a la variación de la Tasa de Referencia (TRe) que elevaba el interés inicial ofrecido al prestatario en varios puntos porcentuales.
Esa norma fija las tasas de interés en tres rangos máximos: 5,5%, 6% y 6,5% de acuerdo con el valor de un departamento o casa y también sirve para la refacción y remodelación de una vivienda. La autoridad aclaró que desde el momento en que se aprobó el decreto supremo, todas las entidades financieras han comenzado a atender bajo el nuevo esquema.
De acuerdo con un monitoreo que hizo la Asfi, constató que los trámites de crédito de vivienda duran de 30 a 60 días, y “no precisamente por la demora en el banco, sino por los trámites en Derechos Reales”. Los clientes sufren demoras para sacar un certificado que demuestre que el solicitante no es propietario de ninguna vivienda, como requisito principal.
En consecuencia, manifestó Valdivia, es necesario que los clientes “formalicen” sus trámites para un mejor seguimiento y, en caso de incumplimiento de las entidades financieras, las quejas se pueden hacer llegar a la Asfi.
Recordó que el valor comercial de las viviendas de interés social que establece el decreto supremo es el siguiente: igual o menor a 255.000 UFV, la tasa es de 5,5%; de 255.000 a 380.000 UFV, el interés es de 6%; y de 380.000 a 460.000 UFV, la tasa máxima se fijó en 6,5%.
La norma precisa que las tasas de interés reguladas no incluyen el costo del seguro de desgravamen, formularios, ni ningún otro recargo, los cuales estarán sujetos a reglamentación de la Asfi. Para los casos en que se establezcan tasas de interés variables, éstas no podrán superar la tasa máxima regulada.
Préstamos sirven para refacción
La Asfi recordó ayer que el Decreto Supremo 1842 otorga créditos destinados a la refacción, remodelación, ampliación y cualquier obra de mejoramiento de una vivienda unifamiliar porque constituye un “crédito de vivienda de interés social”. Lenny Valdivia, directora de la Asfi, aclaró esta situación ante las constantes preguntas de si la norma era solo para compra de vivienda. La autoridad también dijo que está en plena elaboración el reglamento que fijará el porcentaje del sueldo que una persona puede destinar para el crédito.
No existe la reevaluación
“Las entidades financieras no necesitan hacer una reevaluación del precio de la vivienda” para “los créditos de vivienda que han sido otorgados antes del Decreto 1842”, manifestó ayer la directora Ejecutiva de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (Asfi), Lenny Valdivia.
La autoridad hizo la aclaración en sentido de que al momento de “repactar” o renegociar sus créditos a las nuevas tasas de interés que fijó el Gobierno (5,5%, 6% y 6,5%), las entidades financieras debe respetar la norma. Todos los clientes que han sacado un crédito de vivienda antes de la aprobación de la nueva norma y a otras tasas de interés, ahora tienen la opción de renegociar sus créditos, reiteró la Directora Ejecutiva de Asfi.
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