La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) informó que la Resolución ASFI/493/2015, que modifica el reglamento para la transacción de cupones de bonos, busca evitar distorsiones en los precios de negociación de estos valores desprendidos. Además, los ajustes rigen para las operaciones a futuro.
La disposición limita la renegociación de estos instrumentos si están colocados a más de cinco años y según analistas hará perder interés en aquellos bonos que se emitan a largo plazo.
La resolución expresa en el artículo 1 de la Sección 4 que "Se prohíbe la negociación de cupones y/o bonos sin cupones, cuyo plazo de vencimiento sea superior a cinco años”.
"Esta disposición tiene un carácter prudencial y busca evitar distorsiones en los precios de los cupones desprendidos y bonos sin cupones con plazo de vencimiento superior a cinco años, las cuales se generan como consecuencia de la operación de desprendimiento de cupones”, indicó la ASFI en una nota de prensa enviada ayer.
La reguladora recordó que la normativa establece que el precio del bono con cupones se determine sobre la base del interés compuesto; mientras que para el precio de los cupones desprendidos y el bono sin cupones, a base del interés simple.
Según la ASFI la citada modificación alcanza exclusivamente a las nuevas operaciones de desprendimiento de cupones que se realicen a partir del 29 de junio de 2015. Esto significa que si al 1 de julio de 2015 se cuenta con un bono a 10 años con pagos semestrales, sólo se podrán desprender cupones para efectuar la negociación de los mismos, cuyo vencimiento no sea en una fecha posterior al 1 de julio de 2020.
El resto de los cupones debe mantenerse junto al bono, no pudiendo ser negociados en forma separada al mismo.
"Los cupones y/o bonos sin cupones vigentes en el mercado, que se hayan originado en operaciones de desprendimiento realizadas con anterioridad a la modificación de la norma, pueden ser libremente negociados, al haber adquirido la condición de nuevos valores, independientemente del plazo de los mismos”, añade la nota de la ASFI
En el marco de lo señalado, "la normativa emitida no restringe la libre negociación de valores con plazos de vida superior a los cinco años”, complementa.
Arnold Saldías, analista del mercado de valores, explicó que a partir de la vigencia de esta disposición no se podrá negociar cupones de bonos cuando tengan más de cinco años. "Eso significa que los inversionistas que tengan esos valores en su cartera no los podrán negociar en bolsa, tendrán que hacerlos en el mercado extrabursátil”, indicó.
Armando Álvarez, exgerente de la Bolsa Boliviana de Valores, advirtió que la resolución vulnera el mercado de valores y limita la libre negociabilidad y la gestión de cartera.
En su criterio, afectará a quienes emiten bonos de largo plazo como fondos de pensiones, compañías de seguros.
La disposición
Consideración La ASFI, en la justificación de la Resolución 493/2015, sostiene que para la emisión de valores del Tesoro a largo plazo, es un factor que no se consideró al momento de la emisión de la normativa vigente, ya que las emisiones de bonos del TGN no excedían plazos superiores a 20 años. Sin embargo, en la actualidad el TGN realiza emisiones de bonos a plazos de 50 y 100 años. Además, agrega que estos bonos de largo plazo transados en el mercado de valores, han dado lugar a que se generen vacíos en la norma.
Cupones Un bono es un valor puesto a la venta por empresas y el Estado para captar dinero en efectivo. El bono puede llevar cupones adheridos. En cada uno se indicará el título, número, valor y otros.
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