22 enero 2014

CLAUSURA DE NEGOCIOS POR NO FACTURAR ES ILEGAL

Cuatro magistrados podrían ser procesados, porque además dejaron sin efecto los seis años de prisión por falsedad ideológica, que establecía la ley del PGE.

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) falló a favor de los comerciantes y declaró ilegal el cierre de un negocio que reincidió en la no emisión de facturas por quinta vez. El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) expresó su precoupación por esta determinación y otra que sancionaba con seis años de prisión a quien emitiera facturas falsas.

La presidenta de la Confederación Nacional de Microempresarios, que además representa a los dueños de comercios, Martha Gómez, confirmó que con esta determinación, Impuestos Nacionales no podrá clausurar de manera definitiva el negocio de algunos de sus afiliados que hubieran cometido alguna falta en la emisión de facturas.

PROCESO CONTRA LOS MAGISTRADOS. En conferencia de prensa, el presidente del SIN, Erik Ariñez Bazán, anunció la posibilidad de iniciar un proceso contra cuatro de los magistrados del TCP que emitieron el fallo a favor de los comerciantes. La norma declara ilegal la disposición quinta de la Ley del Presupuesto General del Estado (PGE) 2013, que autoriza la clausura definitiva de aquellos negocios que hubieran reincidido en la no emisión de facturas por quinta vez. Explicó que la primera clausura es por seis días, 12 días por la segunda, 24 por la tercera, 48 días por una cuarta infracción y finalmente la quinta clausura era definitiva, pero con esta disposición la parte final del procedimiento contra los infractores quedaría sin efecto.

El TCP también declaró inconstitucional la disposición sexta de la Ley del PGE 2013, que establecía una sanción de hasta seis años de prisión por la emisión de facturas falsas, es decir, falsedad ideológica. Ariñez dijo que esta disposición dificultará el trabajo de la institución recaudadora, por lo que anunció el proceso contra cuatro magistrados, "nosotros estamos pensando de manera muy seria iniciar procesos penales contra este tipo de magistrados. Lo vamos a hacer, porque no se puede atentar contra los derechos de todos los bolivianos".

Los posibles magistrados procesados serían Efren Choque Capuma, Mirtha Camacho Quiroga, Soraida Rosario Chánez Chiré y Ligia Mónica Velázquez Castaños. Aclararon que en el falló intervinieron seis magistrados; cuatro que fallaron a favor de los comerciantes y dos disidentes , se trata de los magistrados Ruddy Flores Monterrey, presidente del TCP, y Neldy Andrade Martínez.

LA LEY DEL PGE DE 2013 ESTABLECE EN LAS DISPOSICIONES ADICIONALES QUE EN CASO DE QUE UN NEGOCIO NO EMITA FACTURA "Los funcionarios de la Administración Tributaria actuante deberán elaborar un acta donde se identifique la misma, se especifiquen los datos del sujeto pasivo o tercero responsable, los funcionarios actuantes y un testigo de actuación, quienes deberán firmar el acta, caso contrario se dejará expresa constancia de la negativa a esta actuación".

Cierre definitivo. "Concluida la misma, procederá la clausura inmediata del negocio de acuerdo a las sanciones establecidas en el Parágrafo II del Artículo 164 de este Código. En caso de reincidencia, después de la máxima aplicada, se procederá a la clausura definitiva del local intervenido". Además, quien de manera directa o indirecta, adquiera facturas sin el hecho generador será sancionado con dos a seis años de cárcel.

No hay comentarios:

Publicar un comentario