Las utilidades que genere la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo una vez que comience a operar, podrán ser transferidas al Fondo Solidario, aquel destinado a compensar las rentas bajas de jubilación en el sistema individual de pensiones. Así lo establece el Decreto Supremo 2802, aprobado el 15 de junio pasado y que modifica algunos artículos del Decreto 2248, mediante el cual se creo la Gestora.
Inicialmente se dispuso que la distribución de las utilidades generadas por las actividades de administración de la Gestora se haría conforme a reglamentación del Directorio e implicaría la transferencia de recursos al Tesoro General de la Nación (TGN).
El reciente decreto establece que además de cumplir obligaciones con el TGN, dichas utilidades “podrán ser transferidas al Fondo Solidario” y serán destinadas a constituir la Reserva Legal, equivalente al 5 por ciento de las utilidades líquidas y efectivas obtenidas cada año.
La norma aprobada en junio menciona además que la distribución de utilidades de la Gestora deberá considerar previamente las inversiones y reinversiones necesarias en infraestructura, operación administrativa, sistemas y otras necesidades para su desenvolvimiento.
POSITIVO Alberto Bonadona, analista económico, califica como positiva la posibilidad de transferir las utilidades de la Gestora al Fondo Solidario porque de ese modo esas ganancias “se quedan dentro del propio manejo de la seguridad social” y contribuyen a la sostenibilidad del Fondo, cuyos recursos provienen actualmente del 0,5 por ciento del total ganado, de los trabajadores dependientes.
En agosto de 2015, el Ministerio de Economía entregó ayer a la Central Obrera Boliviana (COB) los resultados de un estudio del sistema de pensiones, realizado por una empresa argentina, en el que se garantiza la sostenibilidad del Fondo Solidario de pensiones para 33 años. “El Fondo Solidario ha crecido de una forma superior a todas las otras cuentas que manejan las AFP (Administradoras de Fondos de Pensiones)”, señaló Bonadona.
La Gestora Pública reemplazará a las AFP Futuro de Bolivia y Previsión BBVA en el manejo de los aportes de los trabajadores para su jubilación.
Otro de los cambios establecidos por el Decreto 2802 se refiere al régimen laboral del personal de la entidad estatal. La norma dispone que el personal técnico y todos los dependientes de la Gestora estarán amparados por la Ley General del Trabajo “a excepción del Directorio y Plantel Gerencial (Presidente de Directorio, Gerente General, Gerentes Nacionales, Auditor Interno Principal, Gerentes Regionales y Subgerentes Nacionales)”.
El 30 de junio pasado, el viceministro de Pensiones, Mario Guillén, anunció, según ANF, que en los siguientes seis meses la Gestora adquirirá un nuevo software y realizará la migración de base de datos de las AFP. Se prevé, añadió, que la entidad comience a operar en septiembre de 2017. Sin embargo, el Decreto 2802 señala que “la Gestora iniciará sus actividades en un periodo no mayor a quince meses” a partir de la publicación del decreto que la creó (2248), fechado el 14 de enero de 2015. Ello quiere decir que la entidad debió iniciar operaciones en abril de este año.
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