El pasado miércoles la plenaria de la Cámara de Senadores sancionó la Ley que modifica cinco artículos del Código Tributario y la remitió al Órgano Ejecutivo para su promulgación, dicha acción es rechazada por los diferentes sectores afectados como los gremialistas, transportistas y pequeños empresarios quienes anuncian movilizaciones para que el Gobierno analice la normativa antes de su promulgación.
Transporte se reunirá con el Gobierno. Juan Yujra, representante del transporte pesado, indicó que el sector ha sido convocado a una reunión el próximo 5 de julio, donde exigirán que no se promulgue la ley hasta que hayan atendido todos sus pedidos. "La aprobación en Senadores nos ha caído como un balde de agua fría, vamos a revisar la normativa y si no se analizan nuestros pedidos inmediatamente salimos nuevamente a las calles", dijo el transportista.
Movilización a nivel nacional. Por su parte, el secretario ejecutivo de la Confederación de Trabajadores Gremiales de Bolivia, Francisco Figueroa, confirmó que a partir de este lunes se iniciará una serie de movilizaciones exigiendo al Gobierno una reforma tributario que permita beneficiar con un “perdonazo” a sus afiliados. Dijo que el sector no pide una “rebajita”, sino una liberación impositiva. Sostuvo que el nuevo Código Tributario “no puede castigar al padre, al hijo y al nieto”, tampoco se puede sancionar de acuerdo a la cotización de las Unidades de Fomento a la Vivienda (UFVs) o mantener la retroactividad de las multas, así sea a ocho años. "En Santa Cruz se están uniendo diferentes mercados como la feria de Barrio Lindo, La Ramada y otros mercados y la movilización será simultánea en todo el país", confirmó el gremialista.
Cambios en la nueva ley del Código Tributario. El presidente de la Cámara de Senadores, José Alberto Gonzales, indicó que la norma aprobada beneficia a todos los contribuyentes que están dispuestos a regularizar su situación con el fisco, poniéndose al día con la disminución de multas e intereses. Entre los cambios que se incorporó es el de la prescripción, que en el actual Código Tributario establecía en 10 años, y se redujo a ocho años.
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