El Banco Central de Bolivia (BCB) comprará a las cooperativas mineras oro fundido en barras con un peso de entre cinco y diez kilos y un porcentaje de pureza mínima del 90%, que deberá ser analizado en un laboratorio acreditado, según lo establece el artículo 3 del Decreto Supremo 1327, aprobado el 15 de agosto de este año.
La normativa reglamenta la Ley N° 175, de 11 de octubre de 2011, para la compra del oro a la Central Integral de Comercialización de Minerales de las Cooperativas Mineras Ltda. (Comermin), la que será destinada a a aumentar las Reservas Internacionales Netas (RIN).
Según esa normativa, las barras de oro deberán tener el sello de identificación de Comermin.
Se establece también que el BCB entregará en calidad de garantía un monto equivalente al 80% sobre el porcentaje mínimo de pureza de cada barra, sobre la base de la cotización internacional del precio del oro.
La cotización internacional de ese metal es una de las que aumentó a nivel externo. De acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), su precio aumentó en 4,58% entre junio de 2011 y junio de 2012. Es decir, la onza troy subió de 1.528,7 dólares a 1.598,8.
El decreto define que el BCB establecerá un cronograma de compras y señala que los volúmenes que se comprará a Comermin serán al menos iguales a los adquiridos a las empresas estatales.
La norma precisa que Comermin asumirá los costos de fundición, transporte, seguridad y los que correspondan, hasta el momento de la entrega del oro al Banco Central y éste se hará cargo de la contratación de los servicios de muestreo, pruebas de laboratorio, transporte y refinación del oro desde su entrega.
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