Mediante la aprobación de un Decreto Supremo, el Gobierno estableció las condiciones y actuaciones previas a la elaboración del balance final de cierre de los procesos de liquidación forzosa de los bancos que quebraron: Banco Sur S.A., Banco Cochabamba S.A. y Banco Internacional de Desarrollo S.A. (BIDESA).
Con la norma se conseguirá la conclusión de los procesos de liquidación de las mencionadas entidades financieras que quebraron en la década de los años 80 y 90.
Estas entidades deberán transferir, en calidad de pago, a favor del Banco Central de Bolivia (BCB) los activos registrados en sus respectivos balances generales que incluye los saldos de la “cartera castigada y aquellos que no fueron entregados al Tesoro General del Estado”.
El Ministerio de Economía dispondrá auditorías a la tarea de los intendentes liquidadores.
La ASFI (Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero) continuará los procesos penales contra los accionistas, ex directivos y ex ejecutivos de los bancos en liquidación hasta llegar a su ejecución y sentencia.
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