Los ahorristas con depósitos de más de Bs 700 durante más de dos años en la mutuales del sistema financiero deben pedir a la entidad su certificado de socios o propietario, según la Ley 393 de Servicios Financieros promulgada el 21 de agosto de 2013.
“Ese certificado le dará la posibilidad, y eso es bien importante, de participar en la primera junta (de accionistas de la mutual) que se realizará, porque ahora, los que tenían ese depósito son propietarios de las mutuales que se van a llamar Entidades Financieras de Vivienda”, explicó el lunes la directora de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), Ivette Espinoza.
La Ley 393 establece que las mutuales de ahorro y préstamo deben convertirse en Entidades Financieras de Vivienda en un plazo de dos años a partir de la emisión de la norma.
En este marco, la ASFI indicó que se instruyó a las mutuales que deben hacer conocer cuándo se realizarán las juntas, con la finalidad de que los ahorristas cononozcan el manejo de los gastos, ingresos y otros referidos al proceso de transformación de las entidades.
Asimismo, las juntas también servirán para elegir a los nuevos directores de las mutuales, además del comité electoral, precisó Espinoza.
“Es importante porque está en manos de estos ahorristas el poder decidir quienes van a llevar adelante a las Entidades Financieras de Vivienda, manifestó el regulador.
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