Las empresas aseguradoras que administren el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT), deberán indemnizar por muerte o incapacidad con 22.000 bolivianos adicionales a los 24.000 (3.500 dólares) actuales, según el proyecto de ley que modifica el artículo 37 de la Ley 1883.
El documento al que tuvo acceso Página Siete fue remitido por el Órgano Ejecutivo y aprobado por la Comisión de Planificación de la Cámara Baja.
Ayer, el director General de Servicios Financieros, Ciro Sardán, expuso los alcances de la propuesta de la norma y anticipó que la medida no afectará al precio final de la prima o seguro.
"Con respecto al monto en conjunto, el beneficio significaría para el accidentado o por fallecimiento, 46.000 bolivianos, que resultan de la suma de 24.000 bolivianos para cobertura de gastos médicos y en caso de fallecimiento o invalidez se agregan 22.000 bolivianos, lo cual nos da 46.000 bolivianos frente a los que hoy en día son 24.000 bolivianos”, explicó a los diputados.
Actualmente, la empresa Alianza Compañía de Seguros y Reaseguros, comercializa el SOAT. La Ley dispone el pago de 3.500 dólares (24.000 bolivianos) para cubrir gastos por accidentes de tránsito y/o defunción del accidentado, es un único desembolso que se hace.
En el proyecto de ley se sugiere modificar la parte que señala que "(...) el capital asegurado para las eventualidades de muerte y/o incapacidad total permanente será de 22.000 bolivianos por persona afectada por evento y sin que exista límite de personas cubiertas por el mismo, y para gastos médicos será hasta la suma de 24.000 bolivianos por persona afectada por cada evento y sin que exista límite de personas cubiertas por el mismo”.
En el documento se precisa que estos montos serán revisados cada tres años por el Órgano Ejecutivo, éste tendrá la potestad de modificar los mismos mediante Decreto Supremo.
En la exposición de motivos del proyecto de ley, también se destaca que la modificación se propone en busca de una mejora de los servicios a los cuales permite acceder el SOAT, en beneficio de la población.
Los argumentos
Sardán mencionó que cuando un accidentado de tránsito es trasladado a una clínica, por el SOAT se le reconoce hasta un equivalente de 24.000 bolivianos por todos los gastos que implican su atención.
Sin embargo, en el caso de que se presenten gastos extras por su deceso, los familiares ya no tienen nada que cobrar del SOAT y si el afectado queda con una invalidez permanente, tampoco recibe nada para futuras curaciones.
"Nosotros proponemos que si llegara a muerte o a invalidez permanente, el SOAT además le tiene que dar 22.000 bolivianos, por tanto es un alivio para la familia que tiene que cubrir gastos de sepelio y otros. Esto significa una duplicidad de la cobertura del capital asegurado. Es decir que la compañía de seguros, además de cubrir los gastos médicos tiene que indemnizar por fallecimiento o invalidez, que es la propuesta de modificación de la ley”, puntualizó.
Durante la explicación los legisladores consultaron sobre la incidencia que tendrá esto en el precio final del costo del SOAT.
Sardán respondió que esto también fue evaluado con las compañías y la prima no sufrirá un gran incremento. "Cuando se evaluaba este proyecto en el Ministerio (de Economía), una primera preocupación ciertamente fue ésa, porque no cabe duda que está íntimamente ligado al valor de la prima, en ese sentido se coordinó con las compañías de seguro para asegurarnos de que no tenga incremento la prima o que sea mínimo, en todo caso ya existe un acuerdo entre la Asociación Boliviana de Aseguradoras (ABA) y el Ministerio de Economía”, agregó.
Este medio intentó comunicarse con esa entidad para conocer su posición sobre el proyecto de modificación de la Ley del SOAT y el acuerdo con el Ministerio de Economía, pero no se pudo obtener una respuesta.
Precios del SOAT
Categorías De acuerdo con la Autoridad de Pensiones y Seguros (APS), para este año los precios de comercialización del SOAT para vehículos particulares son: motocicleta 190 bolivianos; automóvil 79 bolivianos; jeep 99 bolivianos; camioneta (Bs 125); vagoneta (Bs 80); camión, 18 ocupantes, 975 bolivianos.
Servicio Para el servicio de transporte público: motocicleta 120 bolivianos; automóvil 120 bolivianos; vagoneta (Bs 110); minibús ocho ocupantes (Bs 126); minibús 11 ocupantes (Bs 189); minibús 15 ocupantes (Bs 245); microbús (Bs 315); colectivo (Bs 335), flota, más de 39 ocupantes, 3.700 bolivianos. El SOAT tiene los colores rojo, amarillo y verde, medidas de seguridad con hologramas bidi-tridimensionales; símbolos patrios como la kantuta, la wiphala y otros.
A junio, siniestros cubiertos suman $us 6,2 millones
La empresa Alianza Compañía de Seguros y Reaseguros, recaudó alrededor de 18 millones de dólares por el Seguro Obligatorio contra Accidentes de Tránsito (SOAT) comercializado. Hasta junio los siniestros cubiertos suman 6,2 millones de dólares.
"En lo que vamos del año se han recaudado 18 millones de dólares por primas comercializadas, de ese monto hasta junio los siniestros que se han cubierto son de 6,2 millones de dólares”, informó ayer el director de Servicios Financieros, dependiente del Ministerio de Economía, Ciro Sardán.
El funcionario explicó ante los diputados de la Comisión de Planificación de la Cámara Baja, los alcances del proyecto de Ley de modificación al artículo 37 de la Ley 1883, del SOAT.
También mencionó que el valor de los 18 millones de dólares que es el ingreso bruto de la compañía que comercializa el SOAT, a ese monto se le deben restar los costos administrativos, de comercialización y otros.
El parque automotor en 2014 sumó un total de 1,45 millones de vehículos y registró un crecimiento. En 2013 sumaban 1,3 millones de unidades, según los datos del Registro Único para la Administración Tributaria Municipal (RUAT). En la comisión uno de los diputados, representante de los transportistas, dijo que al primer semestre suman 1,5 millones.
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