30 octubre 2012

Norma dispone pago límite de facturas por servicios en 30 días



Una norma establece que la fecha “límite” para el pago de los servicios de telefonía fija, celular, Tv cable e internet es de 30 días, tras la emisión de la factura de cobro. Una vez terminado el plazo, los operadores procederán a cortar el servicio.

El artículo 157 del Reglamento General de la Ley General de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación, aprobado el 24 de octubre de 2012, señala “como fecha límite de pago de cualquier servicio de telecomunicaciones el correspondiente a 30 días calendario a partir de la fecha de disposición de las facturas en los puntos de cobranza”.

La normativa ordena que concluido ese plazo se procederá al corte del servicio por incumplimiento de pago. El gerente general de la Cooperativa de Teléfonos Automáticos La Paz (Cotel), Víctor Estrada, informó ayer a La Razón que la empresa aplicará la norma emitida por el Ejecutivo.

Afirmó que Cotel efectúa un análisis sobre la norma emitida y sobre la nueva modalidad de cobro que se aplicará por los servicios que oferta, el cual se socializará por los medios de comunicación y Cotel Tv. Para ello, dijo que la telefónica emitirá una reglamentación interna.

El ejecutivo explicó que en la actualidad el periodo máximo de pago por los servicios de telefonía fija, Cotel Tv e internet es de dos meses y luego se realiza el corte del servicio, previa notificación al usuario. “Nosotros somos flexibles en el plazo de pago de nuestros servicios, pero con la norma se tendrá que cortar el servicio concluidos los 30 días”.

En ese marco, indicó que se pedirá a la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes (ATT) que emita ”una resolución” para que Cotel mantenga el plazo de pago para sus usuarios. “Ahora, si no nos permite la ATT, tendremos que ajustarnos a la norma”. Este medio envió cuestionarios a las telefónicas Entel, Viva y Tigo para conocer su opinión sobre el tema, pero hasta el cierre de esta edición las solicitudes no fueron respondidas.

La disposición indica que una vez que el usuario cancele el monto adeudado por el servicio, la compañía de telecomunicaciones rehabilitará el servicio “restringido o cortado” dentro de 24 horas o a partir de la fecha pactada “mediante arreglo entre partes para el pago de la deuda”. Estrada dijo que ahora la rehabilitación por el servicio de telefonía fija es de Bs 9, televisión por cable Bs 35 y por la conexión a internet $us 10.

Más datos sobre la disposición

Fraude

La norma señala que si el operador considera que hay “indicios suficientes de fraude o de conexiones ilegales, podrá proceder inmediatamente con el corte de servicio”.

Informe

La disposición indica que “los proveedores de telecomunicaciones podrán remitir a otros del mismo servicio la nómina de usuarios que tengan cortado el servicio por deuda por al menos tres meses continuos con fines informativos”.

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