En todo el país existen 200 casas de cambio que están registradas en Fundempresa, estando solo la mitad en el proceso de adecuación de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI). Sin embargo, la Asociación de Casas de Cambio de Santa Cruz señala que existe una competencia desleal de las "casas" del sector informal, que duplican en número a las formales, porque no tributan, ni realizan los tipos de cambio de acuerdo a las normas vigentes.
La ASFI y el SIN no hacen nada con los 'ilegales'. Brenda Pacheco, presidente de la Asociación de Casas de Cambio, indicó que tanto la ASFI como el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) han dicho que no es competencia suya sancionar a las casas de cambio informales que cada día aumentan más, ya que es más fácil saltarse las exigencias que establece la ley.
También comentó que las casas que no ingresen al proceso de adecuación van a tener que cerrar, por lo que instó enviar las solicitudes para incorporarse al ámbito de regulación antes de junio.
"Muchos se están desanimando a formalizarse por las exigencias para adecuarse, los reportes, el impuesto a la moneda extranjera, entonces todo eso desanima a continuar. Es más fácil trabajar en el sector informal y no cumplir con los impuestos, ya que la ASFI no tiene competencia para cerrar las casas informales", manifestó Pacheco, además de mencionar que dentro del proceso de adecuación existen entidades que han tenido observaciones en sus documentos, pero que estas pueden ser subsanadas en el plazo establecido.
Control vendrá después del plazo. A partir de la vigencia de la normativa en junio, toda empresa que quiera realizar una actividad de cambio de moneda debe requerir autorización previa de la ASFI, caso contrario estará incurriendo en una "actividad financiera ilegal". Por ello, en el futuro inmediato, estas casas de cambio están obligadas a cumplir con la normativa contenida en la recopilación para bancos y entidades financieras, así como la exigida por la Unidad de Investigaciones Financieras (UIF), que ordena reportar cualquier operación sospechosa por encima de los $us 10.000.
El proceso de adecuación de la ASFI tiene dos categorías, una para las casas de cambio constituidas como empresas unipersonales y otra para las casas de cambio constituidas como Sociedades Anónimas (SA) o Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL).
Siendo el capital mínimo exigido a las casas de cambio constituidas como personas jurídicas de 100.000 derechos especiales de giro (DEG); es decir, un monto aproximado de $us 160.000, mientras que para las empresas unipersonales 10.000 derechos especiales de giro, lo que significa $us 16.000.
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