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03 marzo 2013
Retención de fondos bancarios debe sustentarse en sentencia ejecutoriada
LA RETENCIÓN DE FONDOS BANCARIOS DE CUENTAS PARTICULARES ES UNA MEDIDA PARA PRECAUTELAR EL PAGO DE ADEUDOS TRIBUTARIOS.
Tres abogados coincidieron en señalar que el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) sólo tiene la potestad de efectuar la retención de fondos bancarios cuando existe una determinación judicial ejecutoriada, y no en otros casos como detectó la Cámara Nacional de Industrias y otras instancias organizativas de los empresarios privados.
El expresidente del Colegio de Abogados de La Paz y actual presidente del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara Nacional de Comercio, Bernardo Wayar, explicó que cuando hay una resolución determinativa ejecutoriada, recién corresponde la retención de fondos, caso contrario se está inmovilizando los fondos sobre determinados “supuestos” que no tienen ninguna certeza violando el principio de presunción de inocencia y el debido proceso.
“Lamentablemente con Impuestos Nacionales esto no ocurre, las decisiones que se han estado dando en materia impositiva no tienen razonamiento, son inmotivadas, les falta una fundamentación, en las causas que yo he conocido que no puedo mencionar por un principio de confidencialidad, son determinaciones que no podrían dar lugar a la retención de fondos", explicó.
VULNERACIÓN DE DERECHOS
Por su parte, el abogado Jimmy Ortiz agregó que la implementación de nuevos sistemas más rápidos para retener fondos por adeudos tributarios revela la intención del Estado de vulnerar los derechos básicos de las personas.
"El Gobierno tiene una mentalidad totalitaria, debe comenzar a respetar el Estado de Derecho y uno de sus pilares aceptado universalmente es la presunción de inocencia, lamentablemente estamos viendo la vulneración de estos derechos hasta en los asuntos bancarios, el Gobierno ha visto que a la banca le está yendo muy bien, y como los considera de derecha capitalista a los banqueros, es un tema añadido, este va a ser un factor que va a afectar al crecimiento y desarrollo del sistema financiero", acotó.
La abogada y diputada opositora Norma Piérola va más allá y asegura que lo que pretende el Gobierno es atentar contra la propiedad privada de las personas, violando el principio de presunción de inocencia.
“Lo que se pretende es afectar a la propiedad privada, es una nueva arbitrariedad, una retención debe aplicarse cuando hay una sentencia ejecutoriada que determine específicamente el monto que debe pagar la empresa, porque pueden haber muchas instancias dentro de esa controversia, por las cuales las empresas no han podido cumplir son sus deudas tributarias, la Constitución Política del Estado garantiza el debido proceso, pero el Gobierno no", aseguró.
NUEVO SISTEMA
El SIN y la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) pusieron en marcha un convenio interinstitucional para modernizar y tornar más seguros los mecanismos que contribuyan a retener fondos de las cuentas bancarias y recuperar los adeudos tributarios para el Estado.
Según establece este convenio de 10 puntos, la retención de fondos en las cuentas bancarias de los contribuyentes que adeuden al Estado será solicitada por Impuestos Nacionales mediante un sistema informático especialmente desarrollado para este propósito, según una nota de prensa de esta institución.
Con este nuevo procedimiento se pretende que las solicitudes de retención de fondos y de otras medidas sobre las cuentas bancarias garanticen una segura y oportuna acción de parte del sistema financiero, a fin de precautelar los intereses del Estado.
“Existe la necesidad de establecer con ayuda de la tecnología un procedimiento que permita atender con mayor seguridad los requerimientos efectuados por el Servicio de Impuestos Nacionales, con el fin de recuperar adeudos tributarios para el Estado Plurinacional de Bolivia", asegura impuestos.
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