24 diciembre 2014

AFP desaparecen en 18 meses

El costo del software para la Gestora de Pensiones aún no está definido y cuya implementación estará a cargo de una empresa internacional, ya que en Bolivia no hay una firma que pueda instalarlo. Según el Gobierno esa es la razón de la demora en el funcionamiento de la Gestora Pública que administrará alrededor de $us 9.000 millones que es el ahorro de los trabajadores del país para su jubilación. El viceministro de Pensiones y Servicios Financieros, Mario Guillén, hizo el anuncio en torno a la nueva entidad que reemplazará a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), las mismas que desaparecerán en 18 meses, se prevé que la gestora ingrese en operaciones en 2016.

DECRETO

Las autoridades del sector han elaborado un decreto que presentaron a consideración del Comité Nacional de Políticas Públicas, luego esa instancia derivó el documento al Comité Ejecutivo, entidad que habría realizado algunas observaciones a su contenido y que serán ajustadas por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Viceministerio de Pensiones y Servicios Financieros.

PROGRAMA

El Gobierno se da un plazo de 18 meses para que la Gestora Pública de la Seguridad Social ingrese en operación plena, una vez que se instale el programa de software para que migre al mismo toda la información de las dos Administradoras de Fondos de Pensiones, Previsión y Futuro.

CRÍTICAS

En su momento, la críticas llovieron sobre la propuesta gubernamental de administrar esos multimillonarios fondos , a pesar de ello se aprobó la ley; y pese que se promulgó en oficinas de la Central Obrera Boliviana (COB), la entidad matriz de los trabajadores luego hizo algunas observaciones, y solicitaron, en su momento modificaciones a la norma. Ahora el proceso se encuentra en etapa final y el proyecto propuesto por el Gobierno se mantiene vigente.

OBSERVACIONES

La Fundación Milenio, en su informe Nº 172 del 16 de noviembre de 2012, señalaba que la Ley de pensiones 065 afecta el ahorro previsional, ya que se dispone la transferencia de los recursos a un Fondo de Vejez.

Según el documento, en la nueva ley se dispone que el saldo acumulado del ahorro obligatorio de los trabajadores en sus cuentas individuales de propiedad privada, se transfiera a un Fondo de Vejez”.

TRANSFERENCIA

El artículo 63 de la ley de Pensiones, establece que el saldo acumulado en la Cuenta Personal Previsional del Asegurado que accede a la Prestación de Vejez o Prestación Solidaria de Vejez, será transferido al mencionado Fondo de Vejez.

Asimismo, el artículo 175 de ese mismo cuerpo legal, establece que Las obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales y otras cuentas a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones, serán -asimismo - transferidas a los fondos administrados por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, según corresponda, en los plazos, modalidades y procedimiento a ser determinado en reglamento.

COSTO

Por el momento, la puesta en marcha de la Gestora de Pensiones no tiene monto definido, en especial el destinado al costo del software y se dijo que su adquisición será a través de convocatoria internacional.

“La inversión estará en función del costo que demande el software”, dijo Guillén en conferencia de prensa este martes. Recordó que la nueva entidad de pensiones cambiará su visión de entidad privada con fines de lucro a una con fines sociales.

El objetivo de la nueva Gestora Pública de la Seguridad Social será captar a más trabajadores independientes, anunció escuetamente.

INVERSIÓN

De acuerdo a la Ley 1732, las inversiones de los fondos de capitalización individual efectuadas por las AFP estaban sujetas a límites, mientras ahora la Ley N° 065 otorga a la Gestora de Seguridad Social, facultades discrecionales para administrar el portafolio de inversiones. “La Gestora definirá políticas de inversión en el marco de los límites de inversión previstos en la presente ley y sus reglamentos”. (Art. 141), según el documento de la Fundación Milenio.

La ley transfiere los ahorros previsionales y establece que los Valores emitidos por el TGN o el BCB no estarán sujetos a los límites establecidos en la Ley. Existe el peligro de que la inversión de los aportes sea destinada a proyectos ajenos al interés previsional.

DATOS SELECCIONADOS

- AFP continuarán operando una vez que entre en operaciones la Gestora de Pensiones hasta resolver asuntos jurídicos abiertos contra empresas deudoras de los aportes laborales.

- El acumulado previsional hasta la fecha suma aproximadamente $us 9.000 millones.

- El número de asegurados alcanza a 1.700.000.

- La Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo ofrecerá una jubilación a los trabajadores independientes que viven en poblaciones o ciudades intermedias.

- El Presupuesto General del Estado (PGE) 2015 establece la asignación de Bs 120 millones, como un fideicomiso proveniente del Tesoro General de la Nación para financiar la conformación de la Gestora Pública.

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