El proyecto de Ley Financial o de Presupuesto General del Estado para 2013, que está en debate en la Cámara de Diputados, autoriza al Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) que inicie, de oficio, el proceso de recategorización de los negocios y también da vía libre a que clausure el establecimiento que esté registrado o permanezca inscrito en un régimen tributario distinto al que le correspondería.
La facultad otorgada al Servicio de Impuestos Nacionales se fundamenta en la disposición adicional cuarta de la Ley Financial o presupuestaria 2013.
El SIN, en aplicación de esta norma, podrá -por ejemplo- trasladar a un contribuyente del régimen simplificado, que tributa menos, al régimen general, que aporta más, si es que se comprueba, tras la respectiva inspección, que tal negocio tiene un capital mayor a 37.000 bolivianos y ventas superiores a los 137 bolivianos. Un comercio inscrito en el régimen simplificado no puede rebasar estos límites o “techos” establecidos por ley.
La medida se inscribe en el propósito del Gobierno de lograr una meta de recaudación mayor en 28% a lo que ingresó en 2012.
El SIN, en general, tiene la meta de incluir a más contribuyentes en el régimen general, que creció en 14% en lo que va de este año.
“Tenemos que ampliar la base de contribuyentes, lo que significa atacar a aquellos sectores que todavía están en regímenes especiales o no están inscritos, agarrarlos e incorporarlos al régimen general”, explicó el presidente del SIN, Roberto Ugarte.
Con ese fin, Impuestos iniciará un proceso agresivo de fiscalización para detectar negocios que no estén inscritos en el régimen que les corresponde.
Actualmente están inscritos en el Padrón de Contribuyentes 339.680 personas naturales y jurídicas.
Ugarte destacó el incremento de 12,4% con relación a diciembre del pasado año, cuando había sólo 302.213.
Del total de aportantes, la mayor parte está en el régimen general, en el que se encuentran registrados 294.475, es decir, 14% más con relación a los 258.289 de diciembre de 2011.
Le sigue en importancia el régimen simplificado, con comercios que tributan menos, en el que están inscritas 37.922 personas naturales y jurídicas, es decir, 2,6% más con respecto a las 36.952 de 2011.
Se endurecen las sanciones
El proyecto de Ley Financial, que está en debate en la Cámara de Diputados, penaliza y prevé la cárcel para las personas naturales o jurídicas que emitan o presenten facturas falsas o notas sin que se haya concretado la compraventa de un bien o un servicio.
La disposición adicional séptima incorpora en el artículo 177 del Código Tributario la pena privativa de libertad de dos a seis años para quienes incurran en el delito de emisión de facturas, notas fiscales y documentos equivalentes sin que se haya consolidado una transacción efectiva.
En Servicio de Impuestos Nacionales detectó una evasión de al menos 50 millones de bolivianos.
La futura norma también penaliza la alteración de facturas, notas fiscales y documentos equivalentes.
“El que insertare o hiciere insertar en una factura, nota fiscal o documento equivalente verdadero declaraciones falsas concernientes al hecho generador que el documento deba probar, será sancionado con privación de libertad de tres a seis años. La sanción será agravada en un tercio en caso de reincidencia”, señala.
No hay comentarios:
Publicar un comentario