05 mayo 2014

Gobierno ultima detalles del decreto de regulación de tasas de interés para el sector productivo y ahorro



El ministro de Economía Luis Arce, informó que el gabinete económico aprobó la anterior semana el borrador de Decreto Supremo que regulará las tasas de interés de créditos para el sector productivo y ahorro. Este martes sostendrá una reunión con los representantes de las entidades financieras para socializar el documento.

Arce explicó que este trabajo es en cumplimiento al compromiso que asumió el presidente Evo Morales para que este tipo de medidas sea discutido con este sector antes de su presentación al Consejo Nacional de Política Económica Social y al Gabinete de Ministros para su aprobación.

"Ya habíamos hecho un borrador del Decreto Reglamentario sobre el tema de la tasa de interés productiva y de la tasa de interés pasiva, es el segundo decreto, la anterior semana ha sido aprobado esto en gabinete económico", afirmó Arce.

La tasa de interés para el crédito productivo en el sistema financiero oscilará entre 5,5% y 6,5%, para lo que en próximos días el Gobierno aprobará el decreto reglamentario de la Ley de Servicios Financieros 393 que viabilizará la medida, adelantó en febrero la ministra de Desarrollo Rural y Tierras, Nemesia Achacollo.

El 29 de diciembre, el Ministro de Economía prometió que en la primera quincena de enero se aprobaría el segundo reglamento de la nueva norma financiera que regulará las tasas de interés para el crédito productivo y para el ahorro.

"En este nuevo decreto se aborda el crédito productivo y la tasa de interés pasiva (que es) las tasas de interés que las entidades financieras van a pagarle a la ahorristas, por tanto, son tasas de intereses diferentes que van a ser abordados por los representantes del sistema financiero", dijo Arce.

El artículo 59, parágrafo I, de la Ley 393 señala que "las tasas de interés activas serán reguladas por el Órgano Ejecutivo del nivel central del Estado mediante Decreto Supremo, estableciendo para los financiamientos destinados al sector productivo y vivienda de interés social, límites máximos dentro de los cuales las entidades financieras podrán pactar con sus clientes en el marco de lo establecido en la presente ley".

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