Con esta nueva disposición, las pequeñas y medianas empresas (PyMEs) pueden “seguir accediendo a los créditos de la misma manera que lo han venido haciendo hasta ahora”, dijo en entrevista telefónica con La Razón la directora ejecutiva de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (Asfi), Lenny Valdivia Bautista.
“Hasta que empiecen a correr los plazos (para la formalización de la unidades productivas), estamos hablando de más de un año y medio (para la mediana empresa), no hay ningún tipo de modificación” respecto a los requisitos que pide la banca para otorgar créditos, explicó la ejecutiva.
Respecto a la microempresa, ratificó que este sector ha sido excluido “momentáneamente” de la aplicación de esta disposición hasta que se realice una evaluación sobre el impacto de la misma. “Este tema de pasar de la informalidad a la formalidad es una temática socioeconómica y estructural muy fuerte en nuestro país, y entendemos que debe ser de manera progresiva, gradual y debe ir acompañada de otro tipo de políticas” que las trabaja actualmente el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), explicó Valdivia Bautista.
NORMA. En el caso de la gran empresa, la ejecutiva indicó que no hubo ninguna modificación respecto a la Resolución 693/2011 aprobada el 27 de septiembre. Por lo tanto, manifestó, las grandes empresas que soliciten un crédito a la banca deben presentar sus estados financieros auditados por una firma de auditoría externa. Esta información debe ser la misma que presentan a Impuestos Nacionales, añadió.
El viernes 21, la Asfi emitió la Resolución 734/2011 que modifica el Anexo I “Evaluación y calificación de la cartera de créditos”, Título V de la Recopilación de Normas para Bancos y Entidades Financieras.
Valdivia Bautista explicó que el artículo 4 de esta disposición, relativa a la información tributaria, indica que “la determinación de la capacidad de pago del prestatario deberá ser realizada utilizando la información presentada al SIN en función al tamaño de la actividad del prestatario”.
En consecuencia, para la evaluación y aceptación de un crédito a una mediana empresa, la entidad financiera deberá considerar información financiera presentada al SIN correspondiente a la gestión fiscal 2012.
En otras palabras, “si la resolución dice que van a tener la obligación de entregar información presentada al SIN a partir del vencimiento de la gestión fiscal 2012, estamos hablando que para la mediana empresa recién se empieza a aplicar, dependiendo del sector, el 1 de mayo del 2013”, explicó la directora ejecutiva de la Asfi.
A modo de ejemplo, Valdivia expresó que el sector del comercio presenta sus estados financieros al SIN el 30 de abril de cada año, mientras que para la agroindustria el plazo vence el 31 de octubre. Como la evaluación para otorgar un crédito toma en cuenta una gestión anterior, “entonces la mediana empresa empieza a procesar esta información recién el 2013”.
Igual metodología se aplica para la pequeña empresa, cuyo plazo corre a partir del 2014 y bajo los mismos parámetros que para la mediana empresa. “Tomando esos parámetros que hemos hecho para la mediana empresa (...), significa que para la pequeña empresa del sector comercio va a entrar en vigencia el 1 de mayo del 2014. Y, dependiendo del rubro, se va modificando”, declaró la ejecutiva.
Norma fue socializada con sectores
La directora ejecutiva de la Asfi, Lenny Valdivia Bautista, expresó que el ente regulador se reunió con los empresarios privados y los gremiales para explicarles los alcances de la Resolución 693/2011. Con base en esas reuniones, la Asfi introdujo modificaciones a la normativa.
No hay comentarios:
Publicar un comentario