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12 junio 2013
Gobierno busca crear fondo para proteger a los ahorristas
El proyecto de Ley de Servicios Financieros contempla la creación del Fondo de Protección al Ahorrista, con el objeto de proteger los ahorros de las personas naturales y jurídicas depositados en las entidades de intermediación financiera. Para ello, los bancos, las mutuales, las cooperativas y los fondos financieros están obligados a realizar aportes trimestrales al fondo. La tasa trimestral de contribución será igual a 1,25% por 1.000, según establece el artículo 518 de la norma.
La tasa de contribución podrá ser incrementada, pero no disminuida, por el órgano ejecutivo mediante decreto supremo, lo que es observado por los banqueros. El Banco Central de Bolivia (BCB) debitará automáticamente los aportes de las entidades financieras de las cuentas abiertas por dichas entidades en el ente emisor.
Lo que llama la atención de la creación del nuevo fondo es que para su funcionamiento se prevé al ministro de Economía y Finanzas Públicas como presidente, el cual podrá delegar su representación en caso excepcional a la viceministra o viceministro de Pensiones y Servicios Financieros; al presidente del BCB o la directora de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI).
El directorio tendrá facultades para exigir a las entidades de intermediación financiera que realicen aportes adelantados, no pudiendo estos exceder en un año el 50% de la tasa de contribución correspondiente a los aportes de cada entidad.
Los recursos del fondo no serán objeto de fiscalización por parte de la Contraloría General del Estado. Si se toma en cuenta el 1,25%, el Gobierno manejaría más de $us 150 millones en unos dos meses.
Asoban
La Asociación de Bancos privados de Bolivia (Asoban) pidió que al ser una tasa/aporte o impuesto, sea modificada solo por ley.
El justificativo de los banqueros es que la seguridad jurídica se ve reflejada en la estabilidad y claridad de las reglas. Señalan que a efectos de seguridad jurídica, la ley debería normar todos aquellos temas sustantivos dejando a decretos supremos solo temas específicos que requieran ser reglamentados.
La Asociación de Entidades microfinancieras (Asofin) optó por no emitir comentarios.
Al respecto, el máster en economía Carlos Schlink observa que la legislación propuesta establece la devolución de recursos solo hasta el 30% de las obligaciones y no el 100% existente hasta el presente.
Asimismo, ve un incremento de los costos para el sistema financiero, que será traspasado a los usuarios finales, es decir, tanto a los depositantes como a los prestatarios de recursos del banco. EL DEBER envió un cuestionario al Ministerio de Economía, pero no obtuvo respuesta
No hay control sobre el controlador
José Luis Parada / Economista
Este fondo centraliza la responsabilidad en funcionarios elegidos con méritos políticos antes que méritos profesionales y considerando lo delicado de la custodia de recursos privados, no es el mejor modelo institucional y dadas las condiciones actuales de discrecionalidad en el manejo de la Hacienda Pública, donde no existe fiscalización por parte de ningún organismo independiente ni imparcial, nuevamente se torna en una situación de indefección por parte de las entidades financieras.
Esta es una previsión anticipada y tiene su costo, ya que se inmoviliza fondos. Son menos recursos que se destinan al mercado de créditos y los gastos del fondo pueden sumarse sin control. Quién controla al controlador, si el ministro de Economía es juez y parte
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