25 mayo 2011

SIN dispone requisitos y sanciones a espectáculos

El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) determinó modificar las condiciones, requisitos y procedimientos que deben cumplir los contribuyentes que organizan espectáculos públicos en el país.

Los ajustes, que entre otros aspectos se relacionan a la correspondiente dosificación de facturas, independientemente de la periodicidad con la que se realice el evento, están incluidos en la Resolución Normativa de Directorio N° 10-0012-11.

El presidente ejecutivo del SIN, Roberto Ugarte, justificó la emisión de la nueva disposición debido a que “organizadores de espectáculos públicos del país y que trajeron a renombrados artistas internacionales incumplieron con las disposiciones vigentes anteriormente”.

A partir de esta resolución, que rige desde el 22 de mayo, los organizadores de espectáculos públicos deberán presentar al ente recaudador una boleta de garantía bancaria por un monto equivalente al 35% del valor total de las entradas habilitadas (notas fiscales).

En la categoría de espectáculo público están incluidas las obras de teatro o actuaciones de compañías teatrales, conciertos, recitales o presentaciones de música, presentaciones de ballet y baile artístico o coreográfico, óperas, operetas o zarzuelas, desfiles de moda, verbenas, peñas folklóricas, fiestas, presentaciones circenses, presentaciones de magia o ilusionismo, presentaciones humorísticas, deportivas, entre otras.

Ugarte señaló, además, que las imprentas habilitadas sólo deberán imprimir facturas dosificadas para el evento y en ningún caso tickets de preventa; en tanto que los puntos de venta sólo deben vender tickets con sus correspondientes facturas y en ningún caso pueden suministrar tickets por concepto de prefactura para estos espectáculos público.

El Presidente del SIN explicó que si los organizadores de espectáculos públicos incumplen con las condiciones, requisitos y procedimientos dispuestos por el fisco, los lugares donde se realicen también serán clausurados durante el día programado para realizar el espectáculo público. Igualmente, el SIN procederá a la ejecución de la boleta de garantía bancaria de los organizadores.

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